Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a la ciudad de Machala, República del Ecuador, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 511-2026-RE
Lima, 21 de agosto de 2026
VISTOS:
El Memorándum N° DDF008212026 de la Dirección General de Desarrollo e Integración Fronteriza, de 17 de agosto de 2026; la Hoja de Trámite (GAB) N° 1308 del Despacho Ministerial, de 21 de agosto de 2026; el Memorándum N° OPP019342026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 21 de agosto de 2026, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP024322026 de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 21 de agosto de 2026;
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección General de Desarrollo e Integración Fronteriza armoniza las acciones de las Secciones Nacionales de los mecanismos de integración fronteriza con los lineamientos contenidos en la Ley Nº 29778, Ley Marco para el Desarrollo e Integración Fronterizos, realizando el seguimiento y coordinación de dichos mecanismos, lo que permite contar con los insumos necesarios para implementar acciones en el marco de la Política Nacional de Desarrollo e Integración Fronterizos;
Que, en el Plan de Acción de Lima 2025, acordado el 9 de octubre de 2025, se incorporó un compromiso específico para “Continuar con los trabajos de la Comisión Binacional Permanente para la Administración del Canal de Zarumilla y la Utilización de sus Aguas: Celebrar la XVI reunión ordinaria de este mecanismo binacional”;
Que, en la Resolución Ministerial N° 1109-2009/RE, de fecha 20 de julio de 2009, se actualiza la Sección Nacional Peruana de la Comisión Binacional Permanente para la Administración del Canal de Zarumilla y la Utilización de sus Aguas, y se designa al Director General de Desarrollo e Integración Fronteriza, como representante titular y presidente de la mencionada comisión;
Que, además, la República del Ecuador ha formalizado una invitación para sostener la XVI reunión de la Comisión Binacional Permanente para la Administración del Canal de Zarumilla y la Utilización de sus Aguas en la ciudad de Machala, República del Ecuador, el 24 y 25 de agosto de 2026;
Que, además, en el Plan de Acción de Quito 2025, acordado el 9 de octubre de 2025, se incorporó el compromiso específico de “realizar visitas a los Centros Binacionales de Atención en Frontera (CEBAF) de Aguas Verdes – Huaquillas y Macará - La Tina para dar seguimiento a la implementación de las recomendaciones hechas por el Control Técnico Binacional (CTB) para el eficiente funcionamiento de dichos Centros Binacionales”;
Que, en virtud de coordinaciones bilaterales, la República del Ecuador ha formalizado una invitación para realizar una visita binacional al CEBAF en Aguas Verdes-Huaquillas, el 26 de agosto de 2026, a fin de dar cumplimiento del compromiso 10 del Eje de Asuntos Fronterizos, Infraestructura, Conectividad y Derechos de las Personas del Plan de Acción de Quito 2025;
Que, dicha visita permitirá el intercambio de información y la coordinación de acciones con las autoridades ecuatorianas orientadas al fortalecimiento de la gestión del CEBAF en Aguas Verdes-Huaquillas;
Que, con la finalidad de realizar un seguimiento integral a los temas de desarrollo e integración fronteriza de la cancillería en la ciudad de Tumbes, se pactó desarrollar una reunión de coordinación con la Gobernadora de Tumbes y el Director de la Dirección Desconcentrada de Tumbes, el día 27 de agosto de 2026;
Que, se estima necesaria la participación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Genaro Del Campo Rodríguez, Director General de Desarrollo e Integración Fronteriza; y del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Gian Carlos Caballero Chávez, Asesor de la Dirección General de Desarrollo e Integración Fronteriza, en los mencionados eventos;
Que, por razones de itinerario y desplazamiento, los citados funcionarios diplomáticos, viajarán a la ciudad de Tumbes, departamento de Tumbes, donde pernoctarán del 23 al 24 de agosto de 2026, para desplazarse a la ciudad de Machala, República del Ecuador, del 24 al 26 de agosto de 2026, retornando a la ciudad de Tumbes, departamento de Tumbes, el 26 de agosto de 2026, para su retorno a la ciudad de Lima el 27 de agosto de 2026;
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización
Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos a la ciudad de Machala, República del Ecuador, del 24 al 26 de agosto de 2026, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución:
- Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Genaro Del Campo Rodríguez, Director General de Desarrollo e Integración Fronteriza; y,
- Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Gian Carlos Caballero Chávez, Asesor de la Dirección General de Desarrollo e Integración Fronteriza.
Artículo 2.- Gastos
Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (384) 0000917 ‘‘Implementación de los planes de desarrollo fronterizo - Dirección de Integración Fronteriza’’, y Código POI AOI00004502115 “Fortalecimiento de la integración fronteriza con el Ecuador”; debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
|
N° |
Nombres y Apellidos |
Viáticos por día (USD) |
Número de días |
Total viáticos (USD) |
|
1 |
Juan Genaro Del Campo Rodríguez |
370.00 |
2 |
740.00 |
|
+1 (370.00 x 50% = 185.00) |
||||
|
2 |
Gian Carlos Caballero Chavez |
370.00 |
2 |
740.00 |
|
+1 (370.00 x 50% = 185.00) |
Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se ha adicionado un día de viáticos, al 50%, por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda.
Artículo 3.- Informe
Dentro de los quince días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- No liberación ni exoneración de impuestos
La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ESPÁ
Ministro de Relaciones Exteriores
2546505-1