Modifican el Articulo Primero en la Ordenanza Regional N° 017-2025-GRA/CR, en el sentido de aprobar la propuesta de Cuadro para Asignación del Personal Provisional (CAP) de (02) Unidades Ejecutoras: U.E 402 - Hospital Regional Virgen de Fátima y U.E 405 - Red de Salud Condorcanqui
ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2026
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR
“MODIFICAR EL ARTÍCULO PRIMERO DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2025-GRA/CR”
EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE
AMAZONAS
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias y, demás normas complementarias.
VISTO:
El ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 102-2026-GRA/CR-SO, de fecha 09 de junio de 2026, OFICIO 000224-2026-G.R. AMAZONAS/GG de fecha 13 de marzo de 2026, INFORME 000034-2026-G.R. AMAZONAS/OARAJ de fecha 11 de marzo de 026, OFICIO 000479-2026-G.R. AMAZONAS/DIRESA-DG de fecha 27 de febrero de 2026; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; en tal sentido, el literal f) del Artículo 9º de la Ley Nº 27867, establece como atribuciones de los Gobiernos Regionales, dictar las normas inherentes a la gestión regional, las cuales deben adecuarse al ordenamiento jurídico nacional, de conformidad con el Artículo 36º de la misma ley;
Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (…). Y dentro de las normas que dicta el Consejo Regional, se tiene las Ordenanzas Regionales, de igual forma, el Artículo 15º literal a) de la norma, señala como una de las atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, en esa línea, el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional, y reglamentan materias de su competencia;
Que, el Artículo 8 inciso a) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Amazonas, aprobado con Ordenanza Regional Nº 452-2019-GRA/CR-SE, establece; Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional de Amazonas;
Que, al respecto, el Numeral 212.1 del Artículo 212º del Texto Único Ordenado de la Ley Nro. 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nro. 004-2019-JUS prevé tal situación y dispone que: “Los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”.
Que, con ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0102-2026-GRA/CR-SO, de fecha 09 de Junio de 2026, suscrito por el Consejero Delegado, mediante el cual el Pleno del Consejo Regional ACUERDA APROBAR la RECTIFICACIÓN de ERROR MATERIAL del ARTICULO PRIMERO en la Ordenanza Regional Nº 017-2025-GRA/CR de fecha 15 de diciembre de 2025, mediante Ordenanza Regional, debiendo decir: ARTICULO RIMERO.- APROBAR la propuesta de Cuadro para Asignación del Personal Provisional (CAP) de (02) Unidades Ejecutoras: U.E 402 - Hospital Regional Virgen de Fátima y U.E 405-Red de Salud Condorcanqui, conforme a lo probado con el Informe Tecnico Nº 000280-2023-SERVIR-GDSRH de fecha 04 de Diciembre de 2025, cuyos anexos forman parte integra de la presente Ordenanza Regional.
Que, con Oficio 000224-2026-G.R.AMAZONAAS/GG de fecha 13 de marzo de 2026, el Gerente General del Gobierno Regional de Amazonas, eleva Informe respecto a Modificación de Ordenanza Regional que aprueba el CAP-PROVISIONAL 2025, la misma que indica en su Artículo Primero: “Aprobar la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP) de la Dirección Regional de Salud Amazonas y sus dos (02) Unidades Ejecutoras, U.E 402 - Hospital Regional Virgen de Fátima y U.E 405 - Red de Salud Condorcanqui (…);
Que, con Informe 000034-2026-G.R.AMAZONAS/OARAJ de fecha 11 de marzo de 2026, el Asesor Jurídico del Gobierno Regional de Amazonas, RECOMIENDA elevar actuados al Consejo Regional a efectos de evaluar la rectificación en vía administrativa de considerarse;
Que, con Oficio 000479-2026-G.R.AMAZONAS/DIRESA-DG de fecha 27 de febrero de 2026, el Director Regional de la Dirección Regional de Salud Amazonas, SOLICITA MODIFICAR Ordenanza Regional que aprueba del CAP-PROVISIONAL 2025, la misma que indica en su Artículo Primero: “Aprobar la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP) de la Dirección Regional de Salud Amazonas y sus dos (02) Unidades Ejecutoras, U.E 402 - Hospital Regional Virgen de Fátima y U.E 405 - Red de Salud Condorcanqui (…); al respecto debiendo decir Artículo Primero: “Aprobar la propuesta de Cuadro para Asignación del Personal Provisional (CAP) de (02) Unidades Ejecutoras: U.E 402-Hospital Regional Virgen de Fátima y U.E 405 - Red de Salud Condorcanqui (…);
Que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatorias, y demás normas conexas; el Consejo Regional de Amazonas con el voto unánime de sus miembros hábiles, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta de Sesión Ordinaria Nº 007 llevada a cabo el viernes 26 de junio de 2026, aprobaron la siguiente;
HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA
REGIONAL:
Artículo Primero.- MODIFICAR el ARTÍCULO PRIMERO en la Ordenanza Regional Nº 017-2025-GRA/CR de fecha 15 de diciembre de 2025, conforme a lo siguiente:
DICE:
Artículo Primero: APROBAR la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP) de la Dirección Regional de Salud Amazonas y sus dos (02) Unidades Ejecutoras, U.E 402 - Hospital Regional Virgen de Fátima y U.E 405 - Red de Salud Condorcanqui, conforme a lo aprobado con el Informe Tecnico Nº 000280 -2023-SERVIR-GDSRH de fecha 04 de diciembre de 2025, cuyos Anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
DEBE DECIR:
Artículo Primero: APROBAR la propuesta de Cuadro para Asignación del Personal Provisional (CAP) de (02) Unidades Ejecutoras: U.E 402 - Hospital Regional Virgen de Fátima y U.E 405 - Red de Salud Condorcanqui, conforme a lo aprobado con el Informe Tecnico Nº 000280 -2023-SERVIR-GDSRH de fecha 04 de diciembre de 2025, cuyos Anexos forman parte integra de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, toda norma que se oponga a la presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- NOTIFICAR, al Gobernador Regional Amazonas, Sr. Gilmer Wilson Horna Corrales, para la suscripción de la Ordenanza Regional, en cumplimiento al Artículo 38º segundo párrafo de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales.
Artículo Cuarto.- DISPONER, que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”, para lo cual ENCÁRGUESE al funcionario responsable de la oficina de la secretaria del Consejo Regional Amazonas, realizar los trámites administrativos necesarios para su publicación en el diario oficial “El Peruano” y disponer su inclusión en la página web del Gobierno Regional de Amazonas (www.gob.pe/regionamazonas), previa promulgación y será difundida en su integralidad a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Amazonas.
En Chachapoyas, a los 9 días del mes de julio del año 2026
VIDAL GÓMEZ VARGAS
Consejero Delegado
Gobierno Regional de Amazonas
POR TANTO:
Mando se registre, publíque y cúmpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, 17 de julio de 2026
GILMER WILSON HORNA CORRALES
Gobernador Regional
Gobierno Regional de Amazonas
2546110-1