Prorrogan plazo de vigencia de los beneficios tributarios establecidos
en la Ordenanza Municipal N° 537-MDSJL
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 011-2026-MDSJL
San Juan de Lurigancho, 17 de agosto de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
VISTOS: el Informe N° D000732-2026-MDSJL/GAT-SROFT de la Subgerencia de Registro, Orientación y Fiscalización Tributaria; el Informe N° D000073-2026-MDSJL/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Legal N° D000239-2026-MDSJL/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Proveído N° D002365-2026-MDSJL/GM de la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza N° 537-MDSJL, Ordenanza que fomenta la regularización de obligaciones tributarias en el distrito de San Juan de Lurigancho, tiene como objeto fomentar la regularización de obligaciones tributarias en el distrito de San Juan de Lurigancho y como finalidad ampliar la base tributaria de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 537-MDSJL faculta al Alcalde para dictar disposiciones reglamentarias y complementarias para su debida aplicación, incluyendo la prórroga del plazo previsto en su Primera Disposición Complementaria Final;
Que, a través del Informe N° D000732-2026-MDSJL/GAT-SROFT la Subgerencia de Registro, Orientación y Fiscalización Tributaria propone y sustenta la prórroga de la vigencia de la citada ordenanza hasta el 31 de octubre de 2026;
Que, mediante el Informe N° D000073-2026-MDSJL/GAT la Gerencia de Administración Tributaria recomienda a la Gerencia Municipal disponer la prosecución del trámite correspondiente para la emisión del Decreto de Alcaldía que disponga la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 537-MDSJL hasta el 31 de octubre de 2026;
Que, por medio del Informe Legal N° D000239-2026-MDSJL/OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto del proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga la Vigencia de la Ordenanza N° 537-MDSJL hasta el 31 de octubre de 2026, a fin de permitir la culminación de los procedimientos tributarios actualmente en trámite y promover el acogimiento de un mayor número de contribuyentes a los beneficios tributarios establecidos;
Con los vistos de la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Administración Tributaria y la Subgerencia de Registro, Orientación y Fiscalización Tributaria, y con la conformidad de la Gerencia Municipal, en uso de las facultades conferidas por el artículo 20.6 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo 1.- PRORROGAR el plazo de vigencia de los beneficios tributarios establecidos en la Ordenanza Municipal N° 537-MDSJL hasta el 31 de octubre de 2026.
Artículo 2.- ENCARGAR el cumplimento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina General de Gobierno Digital e Innovación su publicación en el Portal Institucional de la entidad (web.munisjl.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JESÚS MALDONADO AMAO
Alcalde
EDGAR MOISÉS MENDOZA VELARDE
Jefe de la Oficina General de Secretaría General