Disponen la publicación del proyecto de Ordenanza que modifica la Ordenanza N° 2682, Ordenanza que regula la ubicación de Elementos de Publicidad Exterior en la provincia de Lima, y la Ordenanza N° 2200, Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Metropolitana de Lima
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 354
Lima, 20 de agosto de 2026
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
VISTOS; el Informe N° D000127-2026-MML-GPIP-SPPIP de la Subgerencia de Promoción de la Participación de la Inversión Privada, el Memorando N° D000902-2026-MML-GPIP de la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, el Memorando N° D001548-2026-MML-GFC de la Gerencia de Fiscalización y Control, el Informe N° D000145-2026-MML-GDU-SAU de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas, el Informe N° D000694-2026-MML-OGPF-OPMGF de la Oficina de Planificación, Modernización y Gestión Financiera, el Informe N° D000726-2026-MML-OGAJ de la Oficina General de Asuntos Jurídicos, el Memorando N° D001611-2026-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, publicado el 30 de agosto de 2024, se aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos;
Que, el numeral 4.10 del artículo 4 del referido Reglamento, define a la publicación de proyectos normativos como la puesta en conocimiento de proyectos normativos a la ciudadanía, con el objeto de recabar sus comentarios, aportes u opiniones, garantizando el principio de transparencia y máxima divulgación, así como el principio de participación ciudadana y/o de los administrados, antes que, en ejercicio de la potestad normativa, se aprueben normas de carácter general que puedan afectar derechos, obligaciones e intereses;
Que, el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del referido Reglamento establece que el plazo para recibir comentarios, aportes u opiniones no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario. Aunado a ello el numeral 20.2 establece que las entidades de la administración pública deben propiciar tanto canales virtuales como físicos para la recepción de comentarios, aportes u opiniones y propiciar la adopción de mecanismos inclusivos, en formatos accesibles, de conformidad con la normativa aplicable;
Que, el numeral 21.1 del artículo 21 del citado Reglamento establece que la publicación de un proyecto normativo se aprueba mediante resolución del titular de la entidad de la administración pública, la cual se publica en el diario oficial. El proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la entidad de la administración pública;
Que, bajo dicho marco normativo, mediante Memorando N° D000902-2026-MML-GPIP, la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada traslada el Informe N° D000127-2026-MML-GPIP-SPPIP que contiene el Informe N° 041-2026-MML-GPIP-SPPIP-ESPECIALISTAS-PUBLICIDAD de la Subgerencia de Promoción de la Participación de la Inversión Privada, mediante el cual se propone y sustenta el proyecto de “Ordenanza que modifica la Ordenanza N° 2682, Ordenanza que regula la ubicación de Elementos de Publicidad Exterior en la provincia de Lima, y la Ordenanza N° 2200, Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Metropolitana de Lima”, solicitando su publicación para recibir comentarios, opiniones y/o aportes de la ciudadanía;
Que, mediante Memorando N° D001548-2026-MML-GFC de la Gerencia de Fiscalización y Control e Informe N° D000145-2026-MML-GDU-SAU de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, dichas áreas otorgan opinión favorable para la publicación del mencionado proyecto de Ordenanza y su exposición de motivos;
Que, a través del Informe N° D000694-2026-MML-OGPF-OPMGF, la Oficina de Planificación, Modernización y Gestión Financiera, otorga opinión favorable para la publicación del proyecto de Ordenanza, en el marco de la Política Nacional de Modernización al 2030 la cual contempla como Objetivo Prioritario N° 1: Garantizar que las políticas públicas se sustenten en la información confiable y que respondan a las necesidades y expectativas de las personas según sus características socioeconómicas, geográficas y culturales; y, Objetivo Prioritario N° 4: Garantizar un gobierno abierto que genere confianza en las intervenciones públicas, a través de una comunicación con el Estado y participación ciudadana;
Que, mediante Informe N° D000726-2026-MML-OGAJ, la Oficina General de Asuntos Jurídicos concluye, entre otros, que resulta conforme a la normativa vigente aprobar mediante resolución de alcaldía la publicación del proyecto de Ordenanza que modifica la Ordenanza N° 2682, Ordenanza que regula la ubicación de Elementos de Publicidad Exterior en la provincia de Lima, y la Ordenanza N° 2200, Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Metropolitana de Lima y su exposición de motivos;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Publicación del proyecto normativo
DISPONER la publicación del proyecto de Ordenanza que modifica la Ordenanza N° 2682, Ordenanza que regula la ubicación de Elementos de Publicidad Exterior en la provincia de Lima, y la Ordenanza N° 2200, Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como de su exposición de motivos, por el plazo de quince (15) días calendario, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe, así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano: www.gob.pe, a efectos de recibir comentarios, opiniones y/o aportes, a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución de alcaldía en el diario oficial El Peruano.
Artículo Segundo.- Remisión de comentarios, opiniones y/o aportes
Los comentarios, opiniones y/o aportes sobre el proyecto de Ordenanza y su exposición de motivos, a que se refiere el artículo precedente, deben ser remitidos a través de la Mesa de Partes Virtual de la Municipalidad Metropolitana de Lima: https://apps-e.munlima.gob.pe/sao001/integración o de manera Física: Pasaje Acisclo Villarán N° 288-294 - Cercado de Lima, altura de la Plaza Francia, con atención a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, y/o al correo electrónico: paola.armas_0@munlima.gob.pe con el Asunto: Remisión de comentarios, opiniones y/o aportes a la Ordenanza que modifica la Ordenanza N° 2682, Ordenanza que regula la ubicación de Elementos de Publicidad Exterior en la provincia de Lima, y la Ordenanza N° 2200, Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Artículo Tercero.- Sistematización de comentarios, opiniones y/o aportes
ENCARGAR a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada para que, a través de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, en coordinación con la Oficina de Gobierno Digital, reciba, procese y sistematice los comentarios, opiniones y/o aportes de la ciudadanía sobre el proyecto de ordenanza y exposición de motivos, a que se refiere el artículo primero de la presente resolución.
Artículo Cuarto.- Difusión
ENCARGAR a la Oficina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente resolución de alcaldía en el diario oficial El Peruano; a la Oficina de Gobierno Digital, la publicación de la resolución en el Portal de Transparencia Estándar: www.transparencia.gob.pe y a la Oficina General de Comunicaciones y Relaciones Interinstitucionales, la publicación de la resolución, el proyecto de ordenanza y su exposición de motivos, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO
Alcalde
2545857-1