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Fecha de publicación: 21/08/2026
Designan Presidente del Directorio del Banco Central de Reserva del Perú

Autorizan viaje de personal militar y civil a Chile, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 00997-2026-DE

Lima, 18 de agosto del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 4282 CCFFAA/OGA/OAI/UOP/LOG de la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; el Oficio N° 01970-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01543-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Documento del 5 de junio de 2026, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Chile (EMCO) invita a representantes del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú (CCFFAA), vinculados a la gestión de Operaciones de Paz, para realizar una visita profesional entre el 25 y el 28 de agosto de 2026, a fin de tratar el intercambio de experiencias y lecciones aprendidas en materia de Operaciones de Paz;

Que, con el Oficio N° 4098 CCFFAA/OGA/OAI/UOP/PER, la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas informa al Agregado de Defensa y Naval en la Embajada de la República de Chile en Lima los integrantes de la delegación del Comando Conjunto que participará en la citada visita profesional;

Que, con Oficio N° 4282 CCFFAA/OGA/OAI/UOP/LOG, la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, de una delegación conformada por personal militar y civil para participar en la visita profesional a la Dirección de Operaciones y Conducción Conjunta (DOPCON) del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Chile, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 25 al 28 de agosto de 2026; asimismo, solicita autorizar su salida del país el 24 de agosto y su retorno el 29 de agosto de 2026, sin que el día adicional de retorno genere gasto alguno al Tesoro Público;

Que, a través del citado documento y del correo institucional del 13 de agosto de 2026, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas remite el Dictamen N° 341-2026/CCFFAA/OAJ; la Declaración de Gastos que no son cubiertos por ningún organismo internacional del 15 de julio de 2026; así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000175 y N° 0000000178 que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la exposición de motivos, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del personal militar y civil designado, por cuanto les permitirá intercambiar experiencias y lecciones aprendidas en materia de Operaciones de Paz;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente;

Que, a través del Oficio N° 01970-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 124-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;

Que, mediante el Informe Legal N° 01543-2026- MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la resolución que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar y civil que se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, para participar en la visita profesional a la Dirección de Operaciones y Conducción Conjunta (DOPCON) del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Chile, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 25 al 28 de agosto de 2026, así como autorizar su salida del país el 24 de agosto y su retorno el 29 de agosto de 2026.

Artículo 2.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos (ida y vuelta)

Lima - Santiago (Chile) - Lima

clase económica

US$ 1,000.00 x 4 personas US$ 4,000.00

Viáticos:

US$ 370.00 x 4 personas x 5 días US$ 7,400.00

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Total a pagar: US$ 11,400.00

Artículo 3.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 4.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

2545506-1