Ordenanza Municipal que modifica el Artículo 18 de la Ordenanza Municipal
N° 006-2025/MDS
ORDENANZA MUNICIPAL
N° 001-2026/MDS
Supe, 26 de enero de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUPE;
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 26 de Enero de 2026, el informe N° 0139-2025-OPR/OGPPR-MDS emitido por la Oficina de Planeamiento y Racionalización, el Informe N° 1661-2025-OGPPR-MDS de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el Informe N° 01080-2025/GDUR/MDS de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, el Informe N° 94-2025-MDS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Informe Legal N° 83-2025-MDS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Informe N° 01142-2025/GDUR/MDS de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, el Informe N° 001869-2025-OGPPR/MDS de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el Informe N° 0161-2025-OPR/OGPPR/MDS, de fecha 16 de diciembre de 2025, de la Oficina de Planeamiento y Racionalización, el Informe N° 1911-2025-OGPPR/MDS, de fecha 18 de diciembre de 2025, de la Oficina de General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el Memorándum N° 1027-2025-GM/MDS, de fecha 18 de diciembre de 2025, de la Gerencia Municipal; respecto a la Aprobación del Proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL que Modifica el artículo 18 de la Ordenanza Municipal N° 006-2025/MDS, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en armonía con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, las municipalidades como órganos de gobierno local, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y promueven la adecuada prestación de servicios públicos, así como el desarrollo integral de su jurisdicción;
Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, dispone que las ordenanzas son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 03 de setiembre de 2025, se aprobó la Ordenanza Municipal N° 006-2025/MDS, “Ordenanza Municipal que establece procedimientos administrativos para la formalización y titulación de lotes en posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares en el Distrito de Supe”;
Que, en el Artículo 18° de la Ordenanza Municipal N° 006-2025/MDS, se incluyó y aprobó los derechos de tramitación de los nueve (9) procedimientos administrativos relativos a la formalización y titulación de lotes en posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares en el Distrito de Supe, siendo materia de observación mediante Oficio N° 0434-2025-AL/LEUS-MPB e Informe N° 0121-2025-OPR/OGPPR-MDS, por estar calculados fuera del Sistema Único de Trámite (SUT);
Que, a través del Informe N° 0139-2025-OPR/OGPPR-MDS de fecha 31 de octubre de 2025, la Oficina de Planeamiento y Racionalización, da cuenta que ha subsanado el registro correcto del formato TUPA, sustento legal-técnica, TABLA-ASME, el cálculo de los derechos de tramitación y, el resumen de costos en el Sistema Único de Trámite (SUT) como corresponde, de los nueve (9) procedimientos administrativos;
Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, en el último párrafo del término segundo del Informe N° 01080-2025/GDUR/MDS, y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el punto VII del Informe Legal N° 83-2025-MDS/OGAJ, han opinado favorablemente respecto a la viabilidad técnica y legal de modificar la Ordenanza Municipal N° 006-2025/MDS, respectivamente;
Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al Proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL que Modifica el artículo 18 de la Ordenanza Municipal N° 006-2025/MDS, con el voto por MAYORIA de los Señores Regidores presentes (Presencial y Virtual)y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó la siguiente:
“ORDENANZA MUNICIPAL
QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 18 DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 006-2025/MDS”
Artículo Primero.- MODIFICASE, el artículo 18° de la Ordenanza Municipal N° 006-2025/MDS, cuyo tenor de su redacción, es el siguiente:
“Artículo 18°.- APROBAR.
Los derechos de tramitación de los nueve (9) procedimientos administrativos de formalización y titulación de acuerdo al siguiente cuadro:
|
Código SUT |
Procedimiento Administrativo |
Derechos de Trámite calculados en el SUT (S/.) |
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PA15022122 |
Titulación individual por adjudicación o saneamiento de propiedad. |
205.50 |
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PA15020122 |
Procedimiento por transferencia de propiedad en favor del Estado con fines de formalización. Formalización individual por lote. |
197.10 |
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PA1502B3FF |
Procedimiento integral y simplificado de declaración de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio. Titulación individual por lote. |
205.40 |
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PA15026CB5 |
Procedimiento integral de declaración de propiedad por regularización del tracto sucesivo. Titulación individual por lote. |
205.00 |
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PA150242D6 |
Procedimiento individual de declaración de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio o regularización de tracto sucesivo. |
205.10 |
|
PA150270CD |
Constancia de posesión con fines de formalización. |
76.80 |
|
PA150285E9 |
Duplicado de título de propiedad o instrumento de formalización. |
47.90 |
|
PA15029C71 |
Rectificación y/o modificación de título de propiedad o de instrumento de formalización. |
100.70 |
|
PA1502576F |
Constancia de empadronamiento |
28.70 |
Artículo Segundo.- DISPONER, a la Oficina General de Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Tercero.- DISPONER, al Jefe de la Oficina de Sistemas e Informática y Gobierno Electrónico, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Supe https://www.gob.pe/munisupe, la presente ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, y demás órganos y unidades orgánicas que conforman la estructura orgánica de la Municipalidad, el cumplimiento de la presente ordenanza según sus funciones y competencias.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS MIGUEL BRAGAYRAC SIMS
Alcalde
ELENA TAHINA RODAS CHÁVEZ
(e) Oficina General de Secretaria General
2545250-1