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Fecha de publicación: 22/08/2026
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Ordenanza Municipal que modifica el Artículo 18 de la Ordenanza Municipal
N° 006-2025/MDS

ORDENANZA MUNICIPAL

N° 001-2026/MDS

Supe, 26 de enero de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUPE;

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 26 de Enero de 2026, el informe N° 0139-2025-OPR/OGPPR-MDS emitido por la Oficina de Planeamiento y Racionalización, el Informe N° 1661-2025-OGPPR-MDS de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el Informe N° 01080-2025/GDUR/MDS de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, el Informe N° 94-2025-MDS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Informe Legal N° 83-2025-MDS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Informe N° 01142-2025/GDUR/MDS de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, el Informe N° 001869-2025-OGPPR/MDS de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el Informe N° 0161-2025-OPR/OGPPR/MDS, de fecha 16 de diciembre de 2025, de la Oficina de Planeamiento y Racionalización, el Informe N° 1911-2025-OGPPR/MDS, de fecha 18 de diciembre de 2025, de la Oficina de General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el Memorándum N° 1027-2025-GM/MDS, de fecha 18 de diciembre de 2025, de la Gerencia Municipal; respecto a la Aprobación del Proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL que Modifica el artículo 18 de la Ordenanza Municipal N° 006-2025/MDS, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en armonía con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, las municipalidades como órganos de gobierno local, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y promueven la adecuada prestación de servicios públicos, así como el desarrollo integral de su jurisdicción;

Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, dispone que las ordenanzas son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 03 de setiembre de 2025, se aprobó la Ordenanza Municipal N° 006-2025/MDS, “Ordenanza Municipal que establece procedimientos administrativos para la formalización y titulación de lotes en posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares en el Distrito de Supe”;

Que, en el Artículo 18° de la Ordenanza Municipal N° 006-2025/MDS, se incluyó y aprobó los derechos de tramitación de los nueve (9) procedimientos administrativos relativos a la formalización y titulación de lotes en posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares en el Distrito de Supe, siendo materia de observación mediante Oficio N° 0434-2025-AL/LEUS-MPB e Informe N° 0121-2025-OPR/OGPPR-MDS, por estar calculados fuera del Sistema Único de Trámite (SUT);

Que, a través del Informe N° 0139-2025-OPR/OGPPR-MDS de fecha 31 de octubre de 2025, la Oficina de Planeamiento y Racionalización, da cuenta que ha subsanado el registro correcto del formato TUPA, sustento legal-técnica, TABLA-ASME, el cálculo de los derechos de tramitación y, el resumen de costos en el Sistema Único de Trámite (SUT) como corresponde, de los nueve (9) procedimientos administrativos;

Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, en el último párrafo del término segundo del Informe N° 01080-2025/GDUR/MDS, y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el punto VII del Informe Legal N° 83-2025-MDS/OGAJ, han opinado favorablemente respecto a la viabilidad técnica y legal de modificar la Ordenanza Municipal N° 006-2025/MDS, respectivamente;

Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al Proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL que Modifica el artículo 18 de la Ordenanza Municipal N° 006-2025/MDS, con el voto por MAYORIA de los Señores Regidores presentes (Presencial y Virtual)y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó la siguiente:

“ORDENANZA MUNICIPAL

QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 18 DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 006-2025/MDS”

Artículo Primero.- MODIFICASE, el artículo 18° de la Ordenanza Municipal N° 006-2025/MDS, cuyo tenor de su redacción, es el siguiente:

“Artículo 18°.- APROBAR.

Los derechos de tramitación de los nueve (9) procedimientos administrativos de formalización y titulación de acuerdo al siguiente cuadro:

Código SUT

Procedimiento Administrativo

Derechos de Trámite calculados en el SUT (S/.)

PA15022122

Titulación individual por adjudicación o saneamiento de propiedad.

205.50

PA15020122

Procedimiento por transferencia de propiedad en favor del Estado con fines de formalización. Formalización individual por lote.

197.10

PA1502B3FF

Procedimiento integral y simplificado de declaración de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio. Titulación individual por lote.

205.40

PA15026CB5

Procedimiento integral de declaración de propiedad por regularización del tracto sucesivo. Titulación individual por lote.

205.00

PA150242D6

Procedimiento individual de declaración de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio o regularización de tracto sucesivo.

205.10

PA150270CD

Constancia de posesión con fines de formalización.

76.80

PA150285E9

Duplicado de título de propiedad o instrumento de formalización.

47.90

PA15029C71

Rectificación y/o modificación de título de propiedad o de instrumento de formalización.

100.70

PA1502576F

Constancia de empadronamiento

28.70

Artículo Segundo.- DISPONER, a la Oficina General de Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo Tercero.- DISPONER, al Jefe de la Oficina de Sistemas e Informática y Gobierno Electrónico, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Supe https://www.gob.pe/munisupe, la presente ordenanza.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, y demás órganos y unidades orgánicas que conforman la estructura orgánica de la Municipalidad, el cumplimiento de la presente ordenanza según sus funciones y competencias.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

CARLOS MIGUEL BRAGAYRAC SIMS

Alcalde

ELENA TAHINA RODAS CHÁVEZ

(e) Oficina General de Secretaria General

2545250-1