Aprueban modificación del Manual de Clasificador de Cargos del SENCICO
RESOLUCIóN N° 000136-2026-03.00/SENCICO
San Borja, 2 de julio del 2026
VISTOS:
El Informe N° 000891-2026-07.04/SENCICO, de fecha 30 de junio de 2026, del Jefe del Departamento de Recursos Humanos, el Informe N° 000142-2026-07.00/SENCICO, de fecha 01 de julio de 2026, del Gerente de la Oficina de Administración y Finanzas, el Informe N° 000120-2026.05.00/SENCICO, de fecha 01 de julio de 2026, del Gerente de la Oficina de Planificación y Presupuesto, y el Informe N° 00421-2026-03.01/SENCICO, de fecha 02 de julio de 2026, de la Asesora Legal;
CONSIDERANDO:
Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO es un organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que funciona con autonomía técnica, administrativa y económica, cuenta con patrimonio propio y es el encargado de la formación, capacitación integral, calificación y certificación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos sus niveles, y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fines, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30156, el Decreto Legislativo N° 147 y el Decreto Supremo N° 097-2021-PCM;
Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; y sus modificatorias, dispone en el artículo 4 que el proceso de modernización tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, siendo para ello uno de los objetivos del Estado, contar con servidores públicos calificados;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, dispone que las Oficinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción;
Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la misma que contiene, entre otras, las reglas que permitan a las entidades públicas, elaborar, aprobar, modificar y actualizar su Manual de Clasificador de Cargos;
Que, el literal c) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la Directiva define al Manual de Clasificador de Cargos (en adelante, MCC) como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad;
Que, asimismo, el sub numeral 6.1.10, del numeral 6.1 de la Directiva, dispone que las modificaciones que se den en el MCC, motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de dicho documento de gestión, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la Directiva; asimismo, de otro lado, el numeral 6.1.11 de la Directiva, dispone que las modificaciones realizadas al MCC en el transcurso del año fiscal deben ser compendiadas y formalizadas anualmente, como máximo, el 31 de diciembre de cada año fiscal mediante resolución del titular de la entidad, bajo responsabilidad, y ser publicadas en los portales institucionales y de transparencia;
Que, mediante Resolución N° 000227-2024-02.00/SENCICO, de fecha 20 de diciembre de 2024, modificada por Resolución N° 000114-2026-03.00/SENCICO; de fecha 12 de junio de 2026, se aprueba la modificación del Manual de Clasificador de Cargos del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO;
Que, por Resolución N° 074-2025-02.00, de fecha 23 de abril de 2026, la Presidencia Ejecutiva aprobó la Directiva DI/PE/OPP-AL/N°001-2025; “GESTION DE DOCUMENTOS NORMATIVOS DEL SENCICO”, en cuyo numeral 7.1.1, establece que todas las unidades de organización del SENCICO, que en mérito a sus competencias formulan documentos normativos, tienen la calidad de proponente, siempre que se elaboren en el marco de sus atribuciones y en concordancia con los documentos de gestión institucional vigentes;
Que, mediante Informe N° 000142-2026-07.00/SENCICO, de fecha 01 de julio de 2026, la Oficina de Administración y Finanzas, informa sobre la propuesta de modificación del Manual de Clasificador de Cargos, presentada por el Departamento de Recursos Humanos, a través del Informe N° 000891-2026-07.04/SENCICO, de fecha 30 de junio de 2026, en lo referente a la actualización del perfil de los cargos de Asesor en Sistemas e Informática, Gerente y Director de la Escuela Superior Técnica en cuanto al concepto de experiencia, así como, a la actualización del cargo de Ejecutivo Técnico, con relación a los requisitos adicionales;
Que, a través del Informe N° 000120-2026-05.00/SENCICO, de fecha 01 de julio de 2026, la Oficina de Planificación y Presupuesto, emite opinión favorable respecto a la aprobación de la modificación del Manual de Clasificador de Cargos del SENCICO, conforme a la propuesta del Departamento de Recursos Humanos, con la conformidad de la Oficina de Administración y Finanzas;
Que, mediante Informe N° 00421-2026-03.01/SENCICO, de fecha 02 de julio de 2026, la Asesora Legal, habiendo tenido a la vista las opiniones favorables tanto de la Oficina de Administración y Finanzas como de la Oficina de Planificación y Presupuesto, opina que resulta viable legalmente, que se emita el acto resolutivo de aprobación de la modificación del Manual de Clasificador de Cargos del SENCICO, aprobación que corresponde ser efectuada por la Gerencia General, por ser el órgano competente para dicho efecto, en su calidad de máxima autoridad administrativa, conforme lo precisa la Resolución N° 000215-2023-02.00/SENCICO, de fecha 09 de noviembre de 2023 y en cumplimiento de la citada Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE;
Que, con la finalidad de impulsar el proceso de modernización de la gestión destinada a obtener mayores niveles de eficiencia en el cumplimiento de las funciones asignadas, resulta pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente y modificar el Manual de Clasificador de Cargos del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria para la Construcción SENCICO;
De conformidad con lo establecido en el inciso o) del artículo 37° del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2006-VIVIENDA; la Directiva DI/PE/OPP-AL/001-2021 “Elaboración, Aprobación y Difusión de Documentos Normativos” y Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, por la que se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”;
Con el visto del Jefe del Departamento de Recursos Humanos, del Gerente de la Oficina de Administración y Finanzas, del Gerente de la Oficina de Planificación y Presupuesto, de la Asesora Legal y del Gerente General;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR, la modificación del Manual de Clasificador de Cargos del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO; modificaciones contenidas en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas, a través del Departamento de Recursos Humanos, haga de conocimiento de las áreas competentes, la presente Resolución para su estricto cumplimiento.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO (www.sencico.gob) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR FIDEL ALARCON RAMIREZ
Gerente General
SENCICO
ANEXOS
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CLASIFICACIÓN |
SIGLA |
CARGO ESTRUCTURAL |
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EMPLEADO DE CONFIANZA |
EC |
ASESOR EN SISTEMAS E INFORMÁTICA |
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FUNCIONES DEL CARGO ESTRUCTURAL |
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1. Asesorar en los asuntos administrativos o técnicos que le sean consultados para la consecución de los objetivos de la entidad. 2. Coordinar y ejecutar acciones que aseguren el cumplimiento de los objetivos de la entidad. 3. Analizar y revisar documentación e información sobre diferentes asuntos relacionados a la entidad según se le solicite. 4. Estudiar y proponer recomendaciones, estrategias y acciones a adoptar sobre diferentes asuntos que se le encomiende. 5. Elaborar informes técnicos o emitir opinión técnica respecto de los temas que se le consulten. 6. Coordinar con los diferentes órganos de la entidad, otras entidades públicas nacionales, así como regionales y locales, según corresponda, sobre los asuntos que se le encarguen, efectuando el correspondiente seguimiento y control. 7. Representar a la entidad en comisiones y reuniones de trabajo externas para coadyuvar en los propósitos y funciones de la entidad. 8. Otras funciones asignadas por su Jefe (a) inmediato superior, relacionadas a su puesto. |
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REQUISITOS DEL CARGO ESTRUCTURAL |
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Formación Académica Título Universitario en Ingeniería o como equivalencia Grado de Bachiller. |
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EXPERIENCIA LABORAL |
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1. Experiencia general de ocho (08) años. 2. Experiencia específica de cuatro (04) años en la función o materia en el sector público y/o privado. 3. Experiencia específica de dos (02) años en cargos directivos de igual o similar responsabilidad en el sector público y/o privado. |
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REQUISITOS ADICIONALES |
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Estudios de maestría o especialización o diplomado en temas relacionados con las funciones a desempeñar (mínimo 90 horas académicas) |
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CLASIFICACIÓN |
SIGLA |
CARGO ESTRUCTURAL |
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EMPLEADO DE CONFIANZA |
EC |
DIRECTOR DE LA ESCUELA SUPERIOR TÉCNICA |
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FUNCIONES DEL CARGO ESTRUCTURAL |
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1. Elabora programas y presupuesto de instituto. 2. Propone políticas y sugerencias en relación al establecimiento de objetivos y estrategias para el desarrollo de las actividades que son de su competencia, en concordancia con las políticas institucionales. 3. Planear y/o coordinar, el desarrollo de investigación y estudios necesarios, a fin de determinar la demanda para formación en carreras técnicas. 4. Promover la difusión y promoción de los servicios que brinda, propiciando la participación de las empresas o instituciones públicas y privadas de la localidad. 5. Propiciar y mantener el intercambio tecnológico con entidades e instituciones afines, nacionales e internacionales. 6. Formular, coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento de las actividades académicas. 7. Proporcionar a los órganos pertinentes la información adecuada y oportuna sobre los asuntos de su competencia. 8. Emitir, certificar y titular a los estudiantes, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. 9. Administrar los recursos humanos, económicos, financieros y materiales, necesario para el desarrollo de las actividades educativas que brinda, en concordancia con las normas técnico - pedagógicas, administrativas, financieras, instituciones y legales emitidas por el Ministerio de Educación. 10. Otras actividades inherentes a su competencia, que le asigne la Gerencia General |
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REQUISITOS DEL CARGO ESTRUCTURAL |
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Formación Académica Título Universitario en Administración, y/o Economía, y/o Ciencias Sociales, y/o Educación, y/o Derecho, y/o Ingeniería, y/o Arquitectura o carreras afines. |
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EXPERIENCIA LABORAL |
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1. Experiencia general de ocho (08) años. 2. Experiencia específica de cuatro (04) años en la función o materia en el sector público y/o privado. 3. Experiencia específica de dos (02) años en el desempeño de cargos de nivel Gerencial en el Sector Público y/o Privado en Gestión Educativa. |
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REQUISITOS ADICIONALES |
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Estudios de maestría o especialización o diplomado en temas relacionados con las funciones a desempeñar (mínimo 90 horas académicas) |
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CLASIFICACIÓN |
SIGLA |
CARGO ESTRUCTURAL |
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EJECUTIVO |
SP- EJ |
EJECUTIVO TÉCNICO |
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FUNCIONES DEL CARGO ESTRUCTURAL |
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1. Planificar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades técnicas y administrativas de los elementos orgánicos a su cargo. 2. Organizar políticas de acción y planes de trabajo de carácter general y/o especializado en el ámbito de su competencia. 3. Conducir, supervisar y controlar la generación y manejo de la información y registros estadísticos para la toma de decisiones que son de su competencia. 4. Brindar asesoramiento técnico-especializado a nivel interno del SENCICO, sobre los asuntos propios de la unidad orgánica a su cargo. 5. Participar en comisiones técnicas y eventos a nivel nacional e internacional que estén relacionados con el desarrollo tecnológico en su especialidad y perfil ocupacional. 6. Velar por la adecuada conservación y uso racional de los bienes a su cargo. 7. Asesorar a la Alta Dirección del SENCICO en los asuntos técnicos y administrativos de su competencia. 8. Otras funciones asignadas por su Jefe (a) inmediato superior, relacionadas a su puesto. |
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REQUISITOS DEL CARGO ESTRUCTURAL |
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Formación Académica Título Universitario en Arquitectura o Ingeniería Civil, y/o carreras afines. |
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EXPERIENCIA LABORAL |
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1. Experiencia general de seis (06) años. 2. Experiencia específica de cuatro (04) años en cargos de igual o similar responsabilidad en el sector público y/o privado. 3. Experiencia de un (1) año en la supervisión, seguimiento y control de obra de infraestructura. Experiencia en cargos de responsabilidad y manejo de personal. |
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REQUISITOS ADICIONALES |
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Estudios de maestría o especialización o diplomado. |
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CLASIFICACIÓN |
SIGLA |
CARGO ESTRUCTURAL |
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EMPLEADO DE CONFIANZA |
EC |
GERENTE |
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FUNCIONES DEL CARGO ESTRUCTURAL |
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1. Supervisar que los procesos y actividades al interior del órgano a su cargo se encuentren debidamente articuladas, con las demás instancias de la entidad. 2. Brindar asistencia técnica especializada a los órganos de la entidad en el ámbito de su competencia. 3. Proponer y participar en la elaboración y ejecución de políticas, planes, estrategias e instrumentos propios del órgano a su cargo. 4. Promover y dirigir propuestas innovadoras y de modernización de la gestión pública en el ámbito de su competencia. 5. Gestionar al personal a su cargo. |
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6. Emitir opinión técnica y presentar información en asuntos de su competencia. 7. Rendir cuentas por los recursos a su cargo y los resultados de su gestión. 8. Las demás que disponga el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la entidad, conforme a la naturaleza de su cargo. 9. Administrar con criterios de racionalidad y eficiencia los recursos humanos, materiales y económicos asignados. 10. Representar al SENCICO, por razones propias del cargo o por delegación de la Alta Dirección, ante la instituciones públicas y privadas. 11. Asesorar al Consejo Directivo Nacional y a la Presidencia Ejecutiva en los asuntos del ámbito de su competencia. 12. Gestionar a los servidores civiles bajo su responsabilidad. 13. Rendir cuentas por los recursos a su cargo y los resultados de su gestión. 14. Otras funciones asignadas por su jefe (a) inmediato superior, relacionadas a su puesto. |
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2545087-1