Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional José María Arguedas a Argentina, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL
JOSÉ MARÍA ARGUEDAS
RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO
N° 229-2026-UNAJMA/CU
Andahuaylas, 12 de agosto de 2026
VISTOS: La Carta N° 0219-2026-UNAJMA-OCRI/J de fecha 06 de julio de 2026; el Informe N° 004-2026-EA-OPP-UNAJMA de fecha 14 de julio de 2026; la Carta N° 253-2026-UNAJMA-FCE-DACE/D de fecha 07 de agosto de 2026; el Acuerdo N° 02-2026-CU-UNAJMA de fecha 12 de agosto de 2026, de la Décima Octava Sesión Extraordinaria del Consejo Universitario de la UNAJMA, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 28372 del 29 de octubre de 2004, se crea la Universidad Nacional José María Arguedas con sede en la Provincia de Andahuaylas, Región Apurímac; y por Resolución N° 035-2017-SUNEDU/CD del 02 de octubre de 2017, el Consejo Directivo de la SUNEDU, otorga la Licencia Institucional a la Universidad Nacional José María Arguedas;
Que, la Ley Universitaria, Ley N° 30220, en su artículo 8, respecto a la autonomía universitaria, establece que “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: Normativo, De gobierno, Académico, Administrativo y Económico”;
Que, en el artículo 58 de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, respecto al Consejo Universitario, establece: “El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad”;
Que, mediante Resolución N° 007-2023-CEU-UNAJMA, de fecha 26 de junio de 2023, el Comité Electoral Universitario de la UNAJMA, reconoce al Dr. Edgar Luis Martínez Huamán, como Rector, Dra. Cecilia Edith García Rivas Plata, Vicerrectora Académica y Dra. Mery Luz Masco Arriola, Vicerrectora de Investigación, de la Universidad Nacional José María Arguedas;
Que, mediante Resolución N° 0357-2018-CO-UNAJMA, de fecha 05 de diciembre de 2018, la Comisión Organizadora de la Unajma, aprobó la incorporación de la Universidad Nacional José María Arguedas al Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica - CRISCOS;
Que, mediante Resolución de Consejo Universitario N° 334-2025-UNAJMA/CU de fecha 17 de octubre de 2025, se aprobó el Plan de Movilidad Académico y Administrativo 2026-I, de la 14° Convocatoria Internacional del Programa de Movilidad Académica Administrativa de CRISCOS;
Que, mediante Resolución de Consejo Universitario N° 089-2026-UNAJMA/CU de fecha 10 de abril de 2026, se aprobó los resultados de ganadores del Programa de Movilidad Académica y Administrativa del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS) 2026-I, entre los que se encuentra el Mg. Carlos Huamanquispe Apaza;
Que, mediante Carta N° 0219-2026-UNAJMA-OCRI/J de fecha 06 de julio de 2026, el Mag. Cesar Sulca Vega, jefe de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales solicita al rector de la UNAJMA, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán, la autorización de viaje al exterior del Mg. Carlos Huamanquispe Apaza, docente ordinario ganador del PMAA CRISCOS 2026-I, declarado en la Resolución de Consejo Universitario N° 089-2026-UNAJMA/CU;
Que, mediante Informe N° 004-2026-EA-OPP-UNAJMA de fecha 14 de julio de 2026, la CPC. Hamilet Altamirano Ascue, especialista administrativo informa al jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, CPC. Jimmy Gidier Lopez Pacheco, respecto de la disponibilidad presupuestal favorable del Plan de Movilidad Académico y Administrativo CRISCOS 2026-I, aprobado con Resolución de Consejo Universitario N° 334-2025-UNAJMA/CU, por el importe total de S/ 36,000.00 (Treinta y seis mil con 00/100 Soles), con cargo a la Meta 0061: Unidades de Enseñanza y Producción, fuente de financiamiento 1-00 Recursos Ordinarios y/o 2-09 Recursos Directamente Recaudados, en la Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios;
Que, mediante Carta N° 253-2026-UNAJMA-FCE-DACE/D de fecha 07 de agosto de 2026, el Dr. Juan Cielo Ramírez Cajamarca, en su condición de director del Departamento Académico de Ciencias Empresariales remite a la secretaria general de la UNAJMA, Abog. Yessica Magaly Pérez Altamirano, el Plan de Recuperación de Clases actualizado correspondiente al semestre académico 2026-II del Mag. Carlos Huamanquispe Apaza;
Que, por Acuerdo N° 02-2026-CU-UNAJMA de fecha 12 de agosto de 2026, de la Décima Octava Sesión Extraordinaria, el Consejo Universitario de la UNAJMA por UNANIMIDAD AUTORIZÓ el viaje al exterior a favor del Mg. Carlos Huamanquispe Apaza, docente ordinario, para realizar la movilidad internacional a través del Programa de Movilidad Académica y Administrativa (PMAA) del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS), en el semestre académico 2026-II, cuyos gastos serán cubiertos con la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios y/o Recursos Directamente Recaudados, conforme se indica en la parte resolutiva;
Por estos considerandos y en uso de las atribuciones, facultades y autonomía universitaria que le confiere el artículo 18 de la Constitución Política del Estado, la Ley N° 30220, Ley Universitaria, al rector de la Universidad Nacional José María Arguedas, en calidad de presidente del Consejo Universitario;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior a favor del Mg. Carlos Huamanquispe Apaza, docente ordinario, para realizar la movilidad internacional a través del Programa de Movilidad Académica y Administrativa (PMAA) del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS), en el semestre académico 2026-II, cuyos gastos serán cubiertos con la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios y/o Recursos Directamente Recaudados; de acuerdo al siguiente detalle:
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N° |
NOMBRES Y APELLIDOS |
MODALIDAD |
UNIVERSIDAD DE DESTINO |
PAÍS DE DESTINO |
FECHA DE MOVILIDAD |
PRESUPUESTO |
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01 |
Carlos Huamanquispe Apaza |
Docente |
Universidad Nacional de Catamarca |
Argentina |
06/09/2026 al 18/09/2026 |
Pasaje internac. S/ 2,900.00 Pasaje nacional S/ 300.00 Seguro internac. S/ 200.00 Bolsa de viaje S/ 2,600.00 |
Artículo Segundo.- DISPONER que el docente mencionado en el artículo precedente, deberá efectuar la rendición de cuenta y presentar un informe al Rectorado y Dirección General de Administración, dentro del plazo de quince (15) días calendario una vez culminado la comisión de servicio y con sujeción a la normatividad de la materia.
Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente resolución de autorización de viaje, en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Dirección General de Administración, Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, Unidad de Recursos Humanos y Unidad de Abastecimiento de la Universidad Nacional José María Arguedas, adoptar las acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
EDGAR LUIS MARTÍNEZ HUAMÁN
Rector
YESSICA MAGALY PÉREZ ALTAMIRANO
Secretaria General
2544795-1