Aprueban la Directiva General
N° 000003-2026-PRODUCE-DM denominada “Disposiciones que regulan la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción y el otorgamiento de medidas de protección al denunciante en el Ministerio de la Producción”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 000275-2026-PRODUCE
Lima, 18 de agosto de 2026
VISTOS: El Informe Nº 00000065-2026-PRODUCE/OPLCC, los Memorandos Nos. 00000176-2026-PRODUCE/OPLCC, 00000181-2026-PRODUCE/OPLCC y 00000236-2026-PRODUCE/OPLCC de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción; el Memorando Nº 00000408-2026-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 00001073-2026-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1327, Decreto Legislativo que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, se establecen los procedimientos y mecanismos para facilitar e incentivar las denuncias realizadas de buena fe de actos de corrupción y sancionar las denuncias efectuadas de mala fe; con la finalidad de fomentar y facilitar que cualquier persona que conoce de la ocurrencia de un hecho de corrupción en la Administración Pública pueda denunciarlo;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por los subnumerales 1 y 3 del numeral 2.1 del artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1327, Decreto Legislativo que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2017-JUS, son funciones generales de la Oficina de Integridad Institucional o la que haga sus veces: (i) recibir, trasladar, realizar el seguimiento y sistematización de las denuncias por actos de corrupción, y de las solicitudes de medidas de protección al denunciante de actos de corrupción, según corresponda; y, (ii) evaluar si la denuncia presentada es maliciosa y disponer las medidas correspondientes;
Que, el numeral 3.5 del artículo 3 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1327, establece que las entidades públicas deben disponer, mediante directivas internas, las formas procedimentales para que las solicitudes de protección al denunciante y las denuncias formuladas, sean presentadas directamente a la Oficina de Integridad Institucional o la máxima autoridad administrativa de la entidad, a efectos de garantizar el principio de reserva;
Que, por el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, que tiene como objetivo general, contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; así como garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía;
Que, mediante la Resolución de Secretaría de Integridad Pública Nº 005-2023-PCM/SIP, se aprueba la Directiva Nº 002-2023-PCM-SIP “Directiva para la gestión de denuncias y solicitudes de medidas de protección al denunciante de actos de corrupción recibidas a través de la plataforma digital única de denuncias del ciudadano”, con el objeto de establecer directrices para la habilitación de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano y los procedimientos para el registro, revisión, derivación y seguimiento de las denuncias y las solicitudes de medidas de protección al denunciante de actos de corrupción que ingresan a través de dicha plataforma;
Que, a través de la Resolución de Secretaría de Integridad Pública Nº 002-2026-PCM/SIP, se aprueba la Directiva Nº 001-2026-PCM/SIP “Directiva para la implementación del Modelo de Integridad en las entidades del sector público”, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de normas, la incorporación de herramientas y la adopción de buenas prácticas para el fortalecimiento de la cultura de integridad en las entidades públicas; la cual prevé en el numeral 7.2 que el referido Modelo se implementa, entre otros, mediante el “Proceso de desarrollo de los componentes del Modelo de Integridad”, que comprende nueve (9) actividades, siendo la Actividad 7: Desarrollar el componente “Canal de Denuncia”, componente que, a su vez, se desarrolla a través de la ejecución de las siguientes tareas: (i) identificar los casos que reúnen elementos de corrupción o inconducta funcional; (ii) evaluar y otorgar medidas de protección al denunciante; y, (iii) efectuar el seguimiento a las denuncias;
Que, de conformidad con lo regulado por los literales d), e) y h) del artículo 22 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción tiene como funciones: (i) realizar investigaciones y análisis para detectar presuntos actos de corrupción, así como evaluar las denuncias presentadas al Ministerio; (ii) requerir información sobre denuncias o posibles actos de corrupción a los órganos y programas del Ministerio y sus organismos públicos adscritos; y, (iii) sistematizar, realizar el seguimiento y mantener actualizado el registro de las denuncias vinculadas a presuntos actos de corrupción formuladas al Ministerio;
Que, por la Resolución Ministerial Nº 00199-2021-PRODUCE, se aprueba la Directiva General Nº 00003-2021-PRODUCE denominada “Disposiciones para la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción y otorgamiento de medidas de protección al/a la denunciante en el Ministerio de la Producción”, con la finalidad de garantizar la efectiva atención de las denuncias presentadas por personas naturales o jurídicas, por presuntos actos de corrupción que involucren a servidores civiles del Ministerio de la Producción;
Que, mediante el Informe Nº 00000065-
2026-PRODUCE/OPLCC, y el Informe Nº 00000029-2026-PRODUCE/OPLCC-mpuga, que hace suyo la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción con el Memorando Nº 00000181-2026-PRODUCE/OPLCC, complementados con el Memorando Nº 00000236-2026-PRODUCE/OPLCC, la referida Oficina presenta y sustenta la propuesta de Directiva General denominada “Disposiciones que regulan la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción y el otorgamiento de medidas de protección al denunciante en el Ministerio de la Producción”, a efectos de optimizar la gestión administrativa y adecuar las disposiciones establecidas por la Entidad a la normatividad emitida con posterioridad a la aprobación de la Directiva Nº 00003-2021-PRODUCE, con la finalidad de contribuir al fortalecimiento de la integridad institucional y la lucha contra la corrupción, asegurando el tratamiento adecuado, oportuno, eficiente y efectivo de las denuncias presentadas por presuntos actos de corrupción en el Ministerio de la Producción, contando con los aportes y comentarios de la Secretaría Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario, la Procuraduría Pública y la Oficina General de Atención al Ciudadano; asimismo, fundamenta la necesidad de dejar sin efecto la citada Resolución Ministerial Nº 00199-2021-PRODUCE;
Que, por el Memorando Nº 00000408-2026-PRODUCE/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe Nº 00000119-2026-PRODUCE/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, que emite opinión técnica favorable respecto al proyecto de Directiva General citado en el considerando precedente, señalando que ha sido elaborada de conformidad con lo establecido en la Directiva General Nº 002-2022-PRODUCE-SG denominada “Disposiciones para la formulación, aprobación y modificación de Directivas en el Ministerio de la Producción”, aprobada con Resolución Secretarial Nº 00026-2022-PRODUCE; por lo que, considera procedente su aprobación y, dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 00199-2021-PRODUCE, que aprobó la Directiva General Nº 00003-2021-PRODUCE;
Que, a través del Informe Nº 00001073-2026-PRODUCE/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que, resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que aprueba la Directiva General denominada “Disposiciones que regulan la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción y el otorgamiento de medidas de protección al denunciante en el Ministerio de la Producción” formulada por la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción; así como, dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 00199-2021-PRODUCE;
Con las visaciones de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción, de la Oficina General de Atención al Ciudadano, de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Legislativo Nº 1327, Decreto Legislativo que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2017-JUS; el Decreto Supremo Nº 092-2017-РСМ, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; la Resolución de Secretaría de Integridad Pública Nº 005-2023-PCM-SIP, que aprueba la Directiva Nº 002-2023-PCM-SIP “Directiva para la gestión de denuncias y solicitudes de medidas de protección al denunciante de actos de corrupción recibidas a través de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano”; y, la Resolución Secretarial Nº 00026-2022-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 002-2022-PRODUCE-SG denominada “Disposiciones para la formulación, aprobación y modificación de Directivas en el Ministerio de la Producción”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de la Directiva General denominada “Disposiciones que regulan la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción y el otorgamiento de medidas de protección al denunciante en el Ministerio de la Producción”
Aprobar la Directiva General Nº 000003 -2026-PRODUCE-DM denominada “Disposiciones que regulan la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción y el otorgamiento de medidas de protección al denunciante en el Ministerio de la Producción”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 00199-2021-PRODUCE
Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 00199-2021-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 00003-2021-PRODUCE denominada “Disposiciones para la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción y otorgamiento de medidas de protección al/a la denunciante en el Ministerio de la Producción”.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS REQUEJO ALEMAN
Ministro de la Producción
2544719-1