Designan miembro del CONAFOVICER, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
Resolución Ministerial
N° 314-2026-VIVIENDA
Lima, 17 de agosto de 2026
VISTOS:
El Oficio N° 000222-2026-MTPE/1 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Informe N° 684-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Estatuto del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú (CONAFOVICER), aprobado por la Resolución Suprema N° 266-77/VC-1100, el CONAFOVICER está conformado por siete miembros, entre ellos, un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, nombrado por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 243-2026-VIVIENDA, se designa al señor Dante Delgado Polo como miembro del CONAFOVICER, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 y en el literal e) del artículo 8 del Estatuto del CONAFOVICER, los integrantes del CONAFOVICER que representan al Poder Ejecutivo son de libre designación y remoción, y ejercen dicha representación en tanto se mantenga su designación, siendo una causal de vacancia en el cargo de los representantes del Poder Ejecutivo, la remoción de su representación;
Que, con el documento del visto, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo comunica al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la decisión de remover a su representante ante el CONAFOVICER; y, solicita se designe en su reemplazo al señor Guillermo Julio Miranda Hurtado;
Que, a través del Informe N° 684-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, desde el punto de vista legal, opina que es viable la emisión de la Resolución Ministerial que dé por concluida la designación del señor Dante Delgado Polo como miembro del CONAFOVICER, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, se designe como nuevo representante al señor Guillermo Julio Miranda Hurtado;
De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; y, la Resolución Suprema N° 266-77/VC-1100, que aprueba el Estatuto del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Dante Delgado Polo como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú (CONAFOVICER), efectuada por la Resolución Ministerial N° 243-2026-VIVIENDA; dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Designar al señor Guillermo Julio Miranda Hurtado como miembro del CONAFOVICER, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Artículo 3.- Publicar la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Mauricio Fernando Arnillas González
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
2544388-1