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Fecha de publicación: 28/08/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en el distrito de Encañada de la provincia de Cajamarca; en el distrito de Cachachi de la provincia de Cajabamba; en los distritos de Sorochuco y Huasmín de la provincia de Celendín; en los distritos de Hualgayoc y Bambamarca de la provincia de Hualgayoc; en los distritos de San Ignacio, San José de Lourdes y Namballe de la provincia de San Ignacio y en el distrito de Bellavista de la provincia de Jaén del departamento de Cajamarca

Autorizan misión en el exterior de funcionario para participar en evento que se realizará en México

RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO

Nº 0039-2026-BCRP-N

Lima, 13 de agosto de 2026

CONSIDERANDO QUE:

Se ha recibido invitación del Bank for International Settlements (BIS) Representative Office for the Americas, para participar en el Meeting of the Consultative Group of Directors of Operations in the Americas Region (CGDO), que se realizará los días 31 de agosto y 1 de setiembre de 2026, en Ciudad de México, México;

Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con su finalidad y funciones;

La Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera tiene entre sus objetivos coadyuvar a la consecución de la estabilidad monetaria mediante la ejecución de los instrumentos de política monetaria, la evaluación de la estabilidad financiera, la regulación y vigilancia del Sistema Nacional de Pagos, la promoción de los pagos digitales y la administración de infraestructuras financieras;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N°047-2002-PCM, y sus normas modificatorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión 16 de julio de 2026;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Jorge Alberto Cerna Morán, Gerente de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, los días 31 de agosto y 1 de setiembre de 2026 a Ciudad de México, México y el pago de los gastos, a fin de que participe en el evento indicado en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue:

Pasaje US$ 1197,66

Viáticos US$ 570,00

TOTAL US$ 1767,66

Artículo 3°.- Esta resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.

Publíquese.

Julio Velarde

Presidente

2544274-1