Autorizan viaje de funcionario diplomático a la República Popular China, en comisión de servicios
resolución ministerial
N° 498-2026-RE
Lima, 14 de agosto de 2026
VISTOS:
El Memorándum N° DAO006462026 de la Dirección General de Asia y Oceanía, de 13 de agosto de 2026; la Hoja de Trámite (GAC) N° 2942 del Despacho Viceministerial, de 30 de julio de 2026 y sus proveídos de 11 y 13 de agosto de 2026; el Memorándum N° OPP018252026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 14 de agosto de 2026, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP023532026 de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 14 de agosto de 2026;
CONSIDERANDO:
Que, la Tercera Reunión de Altos Funcionarios (SOM3, por sus siglas en inglés) y eventos conexos del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) se llevará a cabo del 17 al 28 de agosto de 2026, en la ciudad de Dalian, República Popular China, conforme a lo señalado por la economía anfitriona y el Presidente de las Reuniones de Altos Funcionarios de APEC 2026;
Que, las reuniones de los Altos Funcionarios de las economías miembros de APEC y sus eventos conexos constituyen una de las principales instancias anuales de reuniones de trabajo técnico y operativo del Foro APEC, en la que se desarrollan encuentros de los comités, subcomités, grupos de trabajo, subforos y órganos de apoyo, así como la reunión plenaria de los Altos Funcionarios, todas ellas orientadas a dar seguimiento a los mandatos vigentes y coordinar la ejecución de los programas de trabajo anuales;
Que, la participación del Perú en el SOM3 y sus eventos conexos es necesaria para asegurar una adecuada representación nacional en los distintos subforos y comités de APEC, realizar gestiones sustantivas con las economías miembro, la Secretaría de APEC y otros actores relevantes, así como para sostener reuniones bilaterales con las otras economías miembro, en función de los intereses peruanos;
Que, asimismo, la participación de funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores permitirá dar continuidad y velar por el cumplimiento de los compromisos, iniciativas y entregables adoptados durante la presidencia APEC Perú 2024, en el marco de las distintas reuniones ministeriales, de comités y de grupos de trabajo del Foro;
Que, en virtud de lo expuesto, se estima necesaria la participación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Marco Vinicio Balarezo Lizarzaburu, Director General de Asia y Oceanía y Alto Funcionario del Perú ante APEC (SOM Perú), en la Tercera Reunión de Altos Funcionarios (SOM3) y eventos conexos, del 23 al 28 de agosto de 2026 en la ciudad de Dalian, República Popular China, a fin de asegurar la adecuada coordinación política, interinstitucional, técnica y operativa del Perú en el marco del Foro APEC;
Que, por cuestiones de itinerario, el viaje del citado funcionario diplomático a la ciudad de Dalian, República Popular China, se realizará del 20 al 30 de agosto de 2026; y,
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización
Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Marco Vinicio Balarezo Lizarzaburu, Director General de Asia y Oceanía, y Alto Funcionario del Perú ante el Foro de Cooperación Económica del Asia-Pacífico (APEC), SOM Perú, a la ciudad de Dalian, República Popular China, del 20 al 30 de agosto de 2026, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Gastos
Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (98) 0137175 ‘‘Representación diplomática y defensa de los intereses nacionales en el exterior - Dirección de APEC y Foros Especializados’’; y, Código POI AOI00004500233 “Garantizar la ampliación y profundización de las relaciones con los mecanismos multilaterales del Asia y la Cuenca del Pacífico”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
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Nombres y Apellidos |
Pasaje aéreo clase económica |
Viáticos por día USD |
Número de días |
Total de viáticos USD |
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Marco Vinicio Balarezo Lizarzaburu |
3,330.04 |
500.00 |
6 + 2 |
4 000.00 |
Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se han adicionado dos días de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda.
Artículo 3.- Informe
Dentro de los quince días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- No liberación ni exoneración de impuestos
La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ESPÁ
Ministro de Relaciones Exteriores
2544130-1