Designan miembros del Tribunal de Solución de Controversias del Osiptel
RESOLUCIÓN N° 000103-2026-CD/OSIPTEL
San Borja, 14 de agosto del 2026
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MATERIA: |
DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEL OSIPTEL |
VISTO el Memorando N° 240-2026-STSCA/OSIPTEL de la Secretaria Técnica de Solución de Controversias y Apelaciones, quien preside el Comité de Selección encargado de conducir el concurso público para la selección y designación de dos (2) miembros del Tribunal de Solución de Controversias, designado con Memorando N° 005-2026-PE/OSIPTEL; y el Informe adjunto del citado Comité N° 001-2-2026-CS-TSC/OSIPTEL; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC; el inciso e) del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos (en adelante, Ley Marco); y los artículos 26 y 36 de la Ley N° 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del Osiptel, este Organismo es competente para resolver en la vía administrativa las controversias que se presenten entre empresas, dentro de su ámbito de competencia, incluyendo la sanción de infracciones a las normas de libre y leal competencia;
Que, el artículo 9 de la citada Ley Marco, modificado por Decreto Legislativo N° 1555, establece que los Organismos Reguladores cuentan con Tribunales Administrativos que forman parte de su estructura orgánica y constituyen órganos resolutivos de última instancia administrativa, siendo sus resoluciones de obligatorio cumplimiento y precedente vinculante, cuando corresponda; asimismo, dispone que los miembros de los Tribunales Administrativos se eligen por concurso público y son designados mediante Resolución del Consejo Directivo del Organismo Regulador; precisando que el Tribunal de Solución de Controversias se conforma por cinco (5) miembros;
Que, los artículos 20 y 21 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Osiptel, aprobado por Decreto Supremo N° 160-2020-PCM y modificado por Decreto Supremo N° 140-2023-PCM, regulan las funciones del Tribunal de Solución de Controversias, como el Órgano Resolutivo competente para resolver, en segunda y última instancia administrativa, los recursos de apelación que se interpongan contra las resoluciones que emitan en primera instancia los Cuerpos Colegiados; precisando que el período de designación de sus miembros es de cinco (05) años, renovable por un período adicional;
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 00009-2024-CD/OSIPTEL se aprobó el “Procedimiento para la selección y designación de miembros del Tribunal de Apelaciones y Tribunal de Solución de Controversias del Osiptel” (en adelante, la Norma de Selección), cuyo numeral 3.8 dispone que el Comité de Selección presenta al Consejo Directivo la relación de candidatos finalistas, incluyendo hasta tres (3) candidatos por cada puesto vacante, con el orden de mérito alcanzado;
Que, se requiere designar a dos (2) miembros del Tribunal de Solución de Controversias del Osiptel, dado el vencimiento del periodo de designación de dos de sus miembros;
Que, mediante el Informe N° 001-2-2026-CS-TSC/OSIPTEL del Comité de Selección, presentado con el Memorando de VISTO, se da cuenta del concurso público efectuado para la selección de postulantes al cargo de miembros del Tribunal de Solución de Controversias, y se presenta a los seis (6) candidatos finalistas, teniendo en cuenta lo previsto en el precitado numeral 3.8 de la Norma de Selección, y según el orden de mérito alcanzado, entre los cuales el Consejo Directivo puede designar a dos (2) miembros de dicho Tribunal, por un periodo de cinco (05) años;
De acuerdo con las funciones señaladas en el inciso b) del artículo 8, Sección Primera, del Reglamento de Organización y Funciones del Osiptel; y, estando al Acuerdo N° 1084/5208/2026 adoptado por el Consejo Directivo en la Sesión de fecha 13 de agosto de 2026;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar como miembros del Tribunal de Solución de Controversias del Osiptel, por un período de cinco (5) años, a los siguientes profesionales:
- Señora PATRICIA CRISTINA CARREÑO FERRE;
- Señor JUAN ANTONIO TREGEAR MALDONADO.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Administración y Finanzas la notificación de la presente resolución a las personas designadas en el artículo 1, para conocimiento y fines correspondientes.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones y Relaciones Institucionales publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en la sede digital del Osiptel (https://www.gob.pe/osiptel).
JESUS EDUARDO GUILLEN MARROQUIN
Presidente Ejecutivo (e)
Consejo Directivo
2544098-1