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Fecha de publicación: 16/08/2026
Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a EE.UU. y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros

Incorporan servicio de alquiler de campo de césped natural y modifican e incorporan tarifas por uso de pista atlética del Estadio Municipal Luis Gálvez Chipoco en el TUSNE de la Municipalidad Distrital de Barranco

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 247-2026-MDB

Barranco, 14 de agosto de 2026

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO;

VISTO:

El Memorándum Nº 1278-2026-GM-MDB, de fecha 14 de agosto de 2026, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 0351-2026-OGAJ-MDB, de fecha 13 de agosto de 2026, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 0172-2026-OGPPM-MDB, de fecha 10 de agosto de 2026, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; los Memorándums Nº 1127-2026-GDS-MDB y Nº 1128-2026-GDS-MDB, de fecha 7 de agosto de 2026, emitidos por la Gerencia de Desarrollo Social; el Memorándum Nº 1378-2026-OGPPM-MDB, de fecha 7 de agosto de 2026, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de fecha 7 de agosto de 2026; y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº30305, establece que, las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local; tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 32º de la Ley Nº 27972 establece que los servicios públicos locales pueden ser de gestión directa o indirecta, siempre que sea permitido por ley y se asegure el interés de los vecinos, la eficiencia y eficacia del servicio y el adecuado control municipal; asimismo, el artículo 43º de la citada ley dispone que las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo. A su vez, el numeral 43.4) del artículo 43º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece que, para los servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, mediante resolución del titular, fijan su denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para conocimiento público;

Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 125-2026-MDB, de fecha 27 de abril de 2026, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Barranco;

Que, mediante Memorándum Nº 1078-2026-GDS-MDB, la Gerencia de Desarrollo Social remitió la propuesta y la documentación técnica que la sustenta para la incorporación, en el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Barranco, del servicio denominado “ALQUILER DE CAMPO DE CÉSPED NATURAL (por hora)” del Estadio Municipal Luis Gálvez Chipoco, a efectos de que las unidades orgánicas competentes continúen con las acciones y evaluaciones necesarias para su aprobación;

Que, mediante Memorándum Nº 1378-2026-OGPPM-MDB, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización devolvió a la Gerencia de Desarrollo Social la propuesta referida a las tarifas del servicio denominado “USO DE PISTA ATLÉTICA - ESTADIO LUIS GÁLVEZ CHIPOCO”, al advertir que debía precisarse que el trámite comprendía tanto la modificación de las tarifas correspondientes a los adultos barranquinos y no barranquinos como la incorporación de nuevas categorías tarifarias para el personal de las Fuerzas Armadas y Policiales, miembros del Cuerpo General de Bomberos, menores de diecisiete años y alumnos de instituciones educativas estatales y privadas; asimismo, observó que el área usuaria no había adjuntado el respectivo proyecto de Resolución de Alcaldía;

Que, mediante Memorándum Nº 1128-2026-GDS-MDB, la Gerencia de Desarrollo Social, sobre la base del Informe Técnico Nº 002-2026-JLAP-GDS-MDB, remitió la propuesta reformulada de incorporación y modificación de tarifas correspondientes al servicio denominado “USO DE PISTA ATLÉTICA - ESTADIO LUIS GÁLVEZ CHIPOCO”, previsto en el ítem 1 de los servicios a su cargo en el TUSNE aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 125-2026-MDB, solicitando continuar con la evaluación para emisión del acto administrativo correspondiente;

Que, mediante Memorándum Nº 1145-2026-GDS-MDB, la Gerencia de Desarrollo Social remitió el formato final del Anexo TUSNE, que comprende la incorporación del servicio denominado “ALQUILER DE CAMPO DE CÉSPED NATURAL (por hora)” y la modificación e incorporación de tarifas del servicio denominado “USO DE PISTA ATLÉTICA - ESTADIO LUIS GÁLVEZ CHIPOCO”;

Que, mediante Informe Nº 0172-2026-OGPPM-MDB, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión favorable para incorporar en el TUSNE el servicio de alquiler del campo de césped natural y modificar e incorporar las tarifas por el uso de la pista atlética del Estadio Municipal Luis Gálvez Chipoco; asimismo, señaló que la propuesta se encuentra alineada con el PEI 2025-2030, remitió el proyecto de Resolución de Alcaldía y recomendó solicitar la opinión legal correspondiente;

Que, mediante Informe Nº 0351-2026-OGAJ-MDB, la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión legal favorable respecto de la incorporación al TUSNE de la Municipalidad Distrital de Barranco del servicio denominado “ALQUILER DE CAMPO DE CÉSPED NATURAL (por hora)” y de la modificación e incorporación de las tarifas correspondientes al servicio denominado “USO DE PISTA ATLÉTICA - ESTADIO LUIS GÁLVEZ CHIPOCO”; asimismo, determinó que la resolución de alcaldía constituye el instrumento jurídico idóneo para su aprobación;

Que, mediante Memorándum Nº 1278-2026-GM-MDB, la Gerencia Municipal, contando con opiniones técnica y legal favorables, remitió los actuados a la Oficina General de la Secretaría del Concejo Municipal para la emisión de la resolución de alcaldía correspondiente;

De acuerdo a lo expuesto, y de conformidad con las facultades establecidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- INCORPORAR al Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Barranco, aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 125-2026-MDB, el servicio denominado “ALQUILER DE CAMPO DE CESPED NATURAL (por hora)”, a cargo de la Gerencia de Desarrollo Social, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- MODIFICAR E INCORPORAR las tarifas correspondientes al servicio denominado “USO DE PISTA ATLÉTICA - ESTADIO LUIS GÁLVEZ CHIPOCO”, comprendido en el ítem 1 de los servicios a cargo de la Gerencia de Desarrollo Social del citado TUSNE, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Tercero.- DISPONER que la presente resolución de alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, conjuntamente con su Anexo, el cual será publicado en el Portal Institucional del Estado Peruano.

Artículo Cuarto.- RATIFICAR la vigencia de la Resolución de Alcaldía Nº 125-2026-MDB en todos los extremos que no hayan sido modificados por la presente resolución.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social el cumplimiento de la presente resolución.

Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina General de la Secretaría del Concejo Municipal la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano; asimismo, a la Oficina General de Gobierno Digital y Gestión de Datos la publicación de la presente resolución y su Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Barranco: www.munibarranco.gob.pe; y a la Oficina de Imagen Institucional su publicación en la página web institucional y debida difusión.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JESSICA ARMIDA VARGAS GÓMEZ

Alcaldesa.

ANDRÉS AUGUSTO PALOMINO MÁRQUEZ

Jefe de la Oficina General de Secretaría

del Concejo Municipal

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