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Fecha de publicación: 14/08/2026
Autorizan transferencia financiera de la Autoridad Nacional de Infraestructura a favor de la Municipalidad Provincial de Piura

Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a EE.UU., en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 00977-2026-DE

Lima, 13 de agosto del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 131 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio N° 02050-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01541-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento del 4 de marzo de 2026, el Presidente del Comité Asesor de la Unión Panamericana de Oficiales de Reserva de las Fuerzas Armadas (UPORFA) invita al Comandante General del Comando de Reemplazos y Movilización del Ejército del Perú, para visitar las instalaciones del 1er Comando de Apoyo a Misión (1st MSC) de la Reserva del Ejército de los Estados Unidos, de la Guardia Nacional de Puerto Rico y otras instituciones, a realizarse en el Fuerte Buchanan, ubicado en la ciudad de San Juan, Estado Libre Asociado de Puerto Rico, del 15 al 22 de agosto de 2026;

Que, con Oficio N° 131 SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel de Infantería GILMAR HECTOR DELGADO HOLGUIN, identificado con CIP N° 117982900 y DNI N° 29600696, para visitar las instalaciones del 1er Comando de Apoyo a Misión (1st MSC) de la Reserva del Ejército de los Estados Unidos, de la Guardia Nacional de Puerto Rico y otras instituciones, a realizarse en el Fuerte Buchanan, ubicado en la ciudad de San Juan, Estado Libre Asociado de Puerto Rico, del 15 al 22 de agosto de 2026; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar su salida del país el 15 de agosto y su retorno el 23 de agosto de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, a través del citado documento y del correo electrónico del 13 de agosto de 2026, la institución armada remite el Dictamen Legal N° 1508-2026/OAJE; la exposición de motivos; el documento de Gastos y Declaración de que ningún organismo internacional cubre los costos del viaje; así como la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000006698 que garantiza el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la exposición de motivos, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal militar, por cuanto permitirá el intercambio de experiencias y buenas prácticas en materia de organización, apoyo logístico, gestión de recursos, cooperación en situaciones de emergencia y desastres, entre otros; asimismo, permitirá contribuir al fortalecimiento de las capacidades institucionales mediante la incorporación de conocimientos y experiencias obtenidas durante la visita, redundado en beneficio del Ejército del Perú;

Que, conforme a lo indicado en el documento del 11 de agosto de 2026, el Presidente del Comité Asesor de la Unión Panamericana de Oficiales de Reserva de las Fuerzas Armadas (UPORFA), señala que los gastos de pasajes aéreos de ida y retorno serán asumidos por la Unión Panamericana de Oficiales de Reserva de las Fuerzas Armadas (UPORFA); razón por la cual los gastos por concepto de viáticos se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del año fiscal 2026, de la Unidad Ejecutora N° 003: Ejército Peruano, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004- DE/SG;

Que, a través del Oficio N° 02050-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 513-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior del mencionado personal militar;

Que, mediante el Informe Legal N° 01541-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución, el citado viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel de Infantería GILMAR HECTOR DELGADO HOLGUIN, para visitar las instalaciones del 1er Comando de Apoyo a Misión (1st MSC) de la Reserva del Ejército de los Estados Unidos, de la Guardia Nacional de Puerto Rico y otras instituciones, a realizarse en el Fuerte Buchanan, ubicado en la ciudad de San Juan, Estado Libre Asociado de Puerto Rico, del 15 al 22 de agosto de 2026; así como autorizar su salida del país el 15 de agosto y su retorno el 23 de agosto de 2026.

Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo a su presupuesto institucional del año fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Viáticos

US$ 430.00 x 8 días x 1 persona US$ 3,440.00

Total a pagar en dólares americanos: US$ 3,440.00

Artículo 3.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 4.- El personal militar autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 5.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal militar cuyo viaje se autoriza.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

2543477-1