Ordenanza que establece el régimen de la tasa de estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas del distrito de Villa El Salvador
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 182
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; en uso de sus facultades normativas y lo indicado en los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen Nº 066-2026-MML/CMAEO; por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución;
Ha adoptado el acuerdo siguiente:
ACUERDO DE CONCEJO QUE RATIFICA
LA ORDENANZA Nº 547-MVES QUE APRUEBA LA TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN ZONAS URBANAS
PARA EL EJERCICIO 2026 EN EL
DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR.
VISTOS: el Oficio Nº D000162-2026-SAT-GGE del 30 de junio de 2026 de la Gerencia General del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), que remite el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 547-MVES que aprueba la tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas para el ejercicio 2026 en el distrito de Villa El Salvador, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, así como el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N.º 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 40 de la acotada ley orgánica dispone que las ordenanzas en materia tributaria, expedidas por las municipalidades distritales, deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 2799 que aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobó la ordenanza objeto de ratificación, remitiéndola conjuntamente con el expediente de ratificación digitalizado, que incluye los respectivos informes y documentos que la sustentan, al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, con carácter de Declaración Jurada, sujetos a revisión por las entidades competentes, y el citado organismo en uso de sus competencias.
Que, a través del Informe Nº D000256-2026-SAT-OAJ del 26 de junio de 2026, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) emitió pronunciamiento favorable respecto de la ratificación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos en las normas aplicables y en la Directiva Nº 001-006-00000035-SAT, publicada el 26 de julio de 2024; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el diario oficial “El Peruano” y en el portal institucional;
Que, la Ordenanza Nº 547-MVES, materia de ratificación, establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas del distrito de Villa El Salvador, que asciende a S/ 0.60 por 30 minutos; el servicio se prestará en un total de 477 espacios, de lunes a domingo, en el horario establecido en el artículo 9 de la referida ordenanza. Los ingresos que la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador prevé percibir, producto de la aplicación de la tasa, financiarán el 93.94% del costo total del servicio.
ACORDÓ:
Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 547-MVES de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas en dicho distrito, cuyo servicio se prestará en 477 espacios, de lunes a domingo, en el horario establecido en el artículo 9 de la Ordenanza Nº 547-MVES, con la tasa de S/ 0.60 por 30 minutos del servicio.
Artículo Segundo.- El presente acuerdo ratificatorio, para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación, así como del texto íntegro de la ordenanza ratificada, en especial de los anexos que contienen los cuadros de estructura de costos, de estimación de ingresos y la cantidad de espacios habilitados. La aplicación de la ordenanza, materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha municipalidad distrital.
Artículo Tercero.- ENCARGAR al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT que, posterior al cumplimiento del citado requisito de publicación, efectúe la publicación del presente acuerdo a través de su página web: www.sat.gob.pe, así como el Informe Nº D000256-2026-SAT-OAJ.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Gobierno Digital la publicación del presente acuerdo en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: https://transparencia.munlima.gob.pe.
POR TANTO:
Al promulgarlo, mando se registre, publique, comunique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los dieciséis días de julio de dos mil veintiséis.
RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO
Alcalde
MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
ORDENANZA Nº 547-MVES
Villa El Salvador, 10 de junio del 2026
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del distrito de Villa el Salvador, en Sesión Extraordinaria de la fecha; y;
VISTOS: El Dictamen Nº004-2026-GRAT/MVES de la Comisión de Rentas y Administración Tributaria, el Memorando Nº 711-2026-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 201-2026-OAJ-MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 107-2026-GRAT/MVES de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, sobre “Ordenanza que Establece el Régimen de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en zonas urbanas del distrito de Villa El Salvador”, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.”;
Que, el numeral 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece como atribuciones del Concejo Municipal la de: “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.” y “Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley.”, respectivamente, y el artículo 40º establece que: ¨Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal (…). Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia (…).”;
Que, el literal c) del artículo II del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario establece: “Este Código rige las relaciones jurídicas originadas por los tributos. Para estos efectos, el termino genérico tributo comprende: (…) c) Tasa: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente”;
Que, el artículo 66º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala respecto de las tasas que: “Las tasas municipales son los tributos creados por los Concejos Municipales cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por la Municipalidad de un servicio público o administrativo, reservado a las Municipalidades de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades”; asimismo, el inciso d) del artículo 68º de la referida norma establece que: “Las Municipalidades podrán imponer las siguientes tasas: (…) d) Tasas por estacionamiento de vehículos (…)”;
Que, el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 739-MML, que aprueba el Marco de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de Lima señala que: “La presente Ordenanza tiene por objeto establecer los aspectos legales, técnicos y administrativos que deben observar las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima para la determinación de la tasa de Estacionamiento Vehicular en su respectiva circunscripción. La finalidad de la Ordenanza es uniformar criterios legales y técnicos para el establecimiento del servicio y la tasa de estacionamiento vehicular en la Provincia de Lima y procurar el uso racional de la vía pública, en el marco de las normas establecidas en la Ley de Tributación Municipal y la Ley Orgánica de Municipalidades”.;
Que, la Ordenanza Nº 2799-MML, Ordenanza que aprueba el trámite del procedimiento de ratificación de las ordenanzas tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, señala en su artículo 3º que: “La presente ordenanza es de alcance metropolitano, siendo de aplicación obligatoria por parte de las municipalidades distritales de la provincia de Lima.”; asimismo, en el numeral 6.1 de su artículo 6º menciona: “6.1 Las solicitudes de ratificación se presentan con la debida anticipación a la ejecución del cobro de la tasa o contribución, conforme a los plazos máximos establecidos en el cronograma del artículo 7”; toda vez que, el inciso a) del numeral 6.2 del artículo 6º refiere: “Las solicitudes de ratificación se presentarán ante el SAT a través de los siguientes canales de atención virtual: 6.2.a El REVISAT, para las solicitudes sobre ordenanzas de estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas, arbitrios municipales, emisión mecanizada de valores, estacionamiento vehicular en zonas de playas y contribución especial por obras públicas. (…)”.;
Que, la precitada norma legal, para las ordenanzas que establezcan la tasa por el servicio de estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas señala en su artículo 11º los requisitos generales y en los artículos 18º y 19º del Subcapítulo 4 los requisitos específicos para la presentación del mismo; así también el artículo 28º refiere sobre los documentos emitidos por el SAT durante el procedimiento de ratificación precisando que cuando se efectúa la devolución de una ordenanza materia de ratificación por vencimiento de plazo del requerimiento de información, la municipalidad cuenta con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles para reingresar la solicitud corregida; finalmente, la Única Disposición Complementaria Modificatoria que modifica el artículo 28º de la Ordenanza Nº739 menciona: “(…) En caso de ordenanzas distritales que regulen la tasa de estacionamiento en zonas urbanas, estas deben ser necesariamente presentadas para su ratificación cuando varíen los costos, se incrementen las tasas y/o se modifique el número de espacios habilitados para estacionamiento de vehículos. El acuerdo de concejo ratificatorio tendrá una vigencia máxima de tres (3) años, en la medida que la ordenanza distrital mantenga invariables los aspectos esenciales del tributo. Antes del transcurso del plazo mencionado, la municipalidad distrital deberá dar inicio al procedimiento de ratificación respectivo conforme el plazo previsto para tal efecto.”;
Que, con Informe Nº 107-2026-GRAT/MVES, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, conforme a sus funciones establecidas en la Ordenanza Nº 519-MVES, modificada con Ordenanza Nº 538-MVES, que modifica la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), con enfoque de Gestión de Resultados, propone y eleva el proyecto de “Ordenanza que Establece el Régimen de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en zonas urbanas del distrito de Villa El Salvador”, así como su Anexo Nº1: Informe Técnico Financiero que sustenta la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito de Villa El Salvador, Anexo Nº2: Cuadro de Estructura de Costo Total por Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito de Villa El Salvador, Anexo Nº3: Cuadro de Estimación de Ingresos Total por Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito de Villa El Salvador y Anexo Nº4: Relación de vías y/o zonas en donde se Prestará el Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal, señalando que el citado proyecto y anexos han sido elaborados de acuerdo a los lineamientos técnicos y legales establecidos en la Ordenanza Nº 2799-MML, que aprueba el trámite del procedimiento de ratificación de las ordenanzas tributarias en el ámbito de la provincia de Lima; la Directiva Nº001-006-00000035, “Directiva sobre determinación de los costos de los servicios aprobados en ordenanzas tributarias distritales de la provincia de Lima” y la Directiva Nº001-006-00000028, “Directiva que establece criterios y metodología para la estimación de ingresos y determinación de la tasa a cobrar por el servicio de estacionamiento vehicular temporal aplicados a las municipalidades distritales de la provincia de Lima”; y a su vez, se cuenta con los Informes Técnicos que sustentan la Estructura de Costos y otros respecto a la prestación del servicio, así como con el Informe Técnico Nº043-2026-MS de la Subgerencia de Estudios y Regulación, perteneciente a la Gerencia de Movilidad Urbana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que emite opinión técnica respecto de los espacios para la zona de parqueo vehicular en el distrito de Villa El Salvador, siendo así, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria precisa a su vez que corresponde derogar la Ordenanza Nº 487-MVES y Nº545-MVES y toda disposición que se contraponga a la presente Ordenanza, por lo que, solicita se continúe con el trámite para su aprobación y posterior ratificación por la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Que, con Informe Nº 201-2026-OAJ-MVES, la Oficina de Asesoría Jurídica teniendo en consideración lo señalado por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria mediante Informe Nº 107-2026-GRAT/MVES, la cual señala que adjuntan los informes técnicos sustentatorios contemplados en el artículo 11º, 18º y 19º de la Ordenanza Nº 2799-MML, para la ratificación de Ordenanzas tributarias, emite opinión legal favorable la aprobación del proyecto “Ordenanza que Establece el Régimen de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en zonas urbanas del distrito de Villa El Salvador” y anexos, al encontrarse acorde con el ordenamiento jurídico vigente como es el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario, el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, la Ordenanza Nº 739-MML que aprueba el Marco de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de Lima y la Ordenanza Nº 2799-MML, Ordenanza que aprueba el trámite del procedimiento de ratificación de las ordenanzas tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, asimismo precisa que en la misma deberá señalarse que se derogue la Ordenanza Nº 545-MVES; posteriormente deberá ponerse en consideración del Concejo Municipal para su aprobación, al amparo de lo establecido en el numeral 8) y 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para que posteriormente sea remitido a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratificación en cumplimiento de la Ordenanza Nº 2799-MML;
Que, con Memorando Nº 711-2026-GM/MVES la Gerencia Municipal, de conformidad con lo establecido en el numeral 14.20 del artículo 14º de la Ordenanza Nº 519-MVES, modificado con Ordenanza Nº 538-MVES, que modifica la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados, que establece como función administrativa y ejecutora de la Gerencia Municipal, entre otras la de “Proponer al/la alcalde/sa, aquellos temas que requieran ser incluidos en la agenda de las sesiones del Concejo Municipal”; remite a la Oficina Secretaría General, el proyecto de “Ordenanza que Establece el Régimen de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en zonas urbanas del distrito de Villa El Salvador”, a fin de ponerlo a consideración del Concejo Municipal para su aprobación;
Estando a lo expuesto, y al Dictamen Nº 004-2026-GRAT-MVES de la Comisión de Rentas y Administración Tributaria, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) y 9) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE
EL RÉGIMEN DE LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN ZONAS URBANAS DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR
Artículo Primero.- OBJETO
La presente Ordenanza tiene por objeto otorgar a los usuarios las facilidades necesarias para el estacionamiento de sus vehículos en zonas urbanas, así como mantener el orden vial en el distrito de Villa El Salvador.
Artículo Segundo.- SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL
El servicio municipal de estacionamiento vehicular en zonas urbanas consiste en un conjunto de actividades orientadas a propiciar el uso ordenado de las zonas habilitadas para el estacionamiento temporal de vehículos en el distrito y a la reducción de su impacto negativo en el colectivo.
Artículo Tercero.- DEFINICIÓN DE TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR
La tasa de estacionamiento vehicular es el tributo que se origina por el uso o aprovechamiento de los espacios de la vía pública señalados por la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador para el estacionamiento temporal de un vehículo en zona urbana.
Artículo Cuarto.- DEUDOR TRIBUTARIO
Es deudor tributario, en calidad de contribuyente, el conductor del vehículo estacionado en las zonas habilitadas para el cobro de la tasa de estacionamiento vehicular temporal del distrito conforme a lo señalado en la presente Ordenanza; asimismo, es deudor tributario, en calidad de responsable solidario, el propietario del vehículo.
Artículo Quinto.- NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
La obligación tributaria nace en el momento en que el conductor estaciona el vehículo en los espacios habilitados para la prestación del servicio de estacionamiento vehicular temporal y excede el tiempo de tolerancia establecido.
Artículo Sexto.- DETERMINACIÓN DEL MONTO DE LA TASA, TIEMPO DE ESTACIONAMIENTO Y TOLERANCIA
El monto de la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en zonas urbanas del distrito de Villa El Salvador asciende a la suma de S/ 0.60 por cada treinta (30) minutos o fracción que permanezca estacionado el vehículo en la zona habilitada para el estacionamiento vehicular temporal.
El tiempo de tolerancia establecido por el estacionamiento de vehículos en la zona habilitada para el estacionamiento vehicular temporal, encontrándose exento al pago del tributo, es de diez (10) minutos. Transcurrido este tiempo, se procederá al cobro del monto mínimo, aun cuando no se haya utilizado el total del tiempo establecido de (30) minutos para el estacionamiento vehicular temporal, el cual incluye los diez minutos de tolerancia.
Artículo Séptimo.- ZONAS, PERIODOS Y HORARIOS
Las zonas de estacionamiento vehicular temporal sujetas al cobro de la tasa, comprende a los espacios físicos determinados en zona urbana del Distrito de Villa el Salvador, determinadas por temporadas, siendo:
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Artículo Octavo.- FORMA DE PAGO
La Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal es un tributo de realización inmediata, por lo que, el pago debe realizarse de forma inmediata en el momento en que el conductor se disponga a retirar el vehículo de la zona de estacionamiento vehicular temporal. El ticket extendido al conductor solo es válido por el día de su emisión, y por el tiempo de fracción de permanencia del vehículo; en caso de incumplimiento parcial o total del pago de la tasa, la administración tributaria municipal podrá ejercer todas las atribuciones que correspondan para hacer efectivo su cobro.
Artículo Noveno.- HORARIO
El servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en zonas urbanas del distrito de Villa El Salvador será prestado de Lunes a Domingos en el horario comprendido entre las 08:00am hasta las 20:00pm.
Artículo Décimo.- INAFECTACIONES
Se encuentran inafectos del pago de la Tasa de Estacionamiento Temporal Vehicular en zonas urbanas del distrito de Villa El Salvador, los conductores de los vehículos oficiales que se encuentren realizando, en el fiel cumplimiento de sus funciones asignadas por Ley, las labores propias de su actividad o que sean de propiedad de:
a. El Cuerpo General de Bomberos del Perú
b. Las Fuerzas Armadas
c. La Policía Nacional del Perú
d. Ambulancias en General
e. Vehículos oficiales del Gobierno Nacional, Regional o Local
f. Vehículos estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad pública, según autorización municipal.
g. Vecinos directos afectados por la zona de estacionamiento ubicado en zonas comerciales y recreacionales de la alta circulación vehicular, debidamente identificados y empadronados.
Artículo Décimo Primero.- DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN BÁSICA
Para el cobro de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito de Villa El Salvador, la Municipalidad publicará en lugares visibles de la zona de estacionamiento, la siguiente información:
1. La Ordenanza Municipal Distrital que crea las tasas de estacionamiento vehicular temporal.
2. El Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que ratifica la Ordenanza Distrital.
3. El Monto de las Tasas aprobadas.
4. El Tiempo de Tolerancia.
5. La Unidad de Medida.
6. El horario de Cobro para el Uso de los Estacionamientos.
7. El número de espacios habilitados en las zonas de Estacionamiento.
8. El significado del color de las zonas señalizadas.
9. Otros aspectos relevantes.
Artículo Décimo Segundo.- TRANSPARENCIA DE LA INFORMACIÓN
Sin perjuicio de la publicidad de la presente Ordenanza y del Acuerdo de Concejo ratificatorio, las referidas normas estarán publicadas en la página del SAT (www.sat.gob.pe) a fin de facilitar la toma de conocimiento de la información acotada. Además, la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador consignará en los boletos o comprobantes de pago de la tasa, los datos relevantes consignados en el artículo anterior.
DISPOSICIONES FINALES
Artículo Primero.- FIJAR la Tasa de Estacionamiento Vehicular en zonas urbanas del distrito de Villa El Salvador en la suma ascendente de S/ 0.60 (Sesenta Céntimos de Sol) por cada treinta (30) minutos o fracción que permanezca estacionado el vehículo en la zona señalada por la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador para el servicio de estacionamiento temporal.
Artículo Segundo.- APROBAR el Informe Técnico Financiero que sustenta la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en la zona urbana del distrito de Villa El Salvador, que forma parte de la presente Ordenanza como Anexo Nº1; Anexo Nº2: Cuadro de Estructura del Costo Total por la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito de Villa El Salvador, Anexo Nº3: Estimación de Ingresos Totales por la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito de Villa El Salvador y Anexo Nº4: Relación de Vías y/o Zonas en donde se Prestará el Servicio, los cuales forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Nº487-MVES, Ordenanza Nº545-MVES y toda disposición que se contraponga a la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoría Coactiva, y otras Unidades Orgánicas competentes, el estricto cumplimiento y la difusión de la presente Ordenanza.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, la presentación de la solicitud de ratificación de la presente Ordenanza ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT mediante el canal de atención virtual REVISAT.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Unidad de Desarrollo Tecnológico, conjuntamente con la Oficina de Secretaria General, la publicación de la presente ordenanza, sus anexos y el Acuerdo de Concejo ratificatorio, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe), y en el diario Oficial El Peruano respectivamente; sin perjuicio de su publicación en la página web del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Municipalidad de Lima (www.sat.gob.pe).
Artículo Séptimo.- FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo Octavo.- DISPONER que la presente Ordenanza entre en vigencia a partir de la publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que apruebe su ratificación, así como del íntegro de la presente Ordenanza en el diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GUIDO IÑIGO PERALTA
Alcalde
Villa el Salvador, 10 de junio del 2026
ANEXO Nº 01
INFORME TÉCNICO FINANCIERO SOBRE COSTOS DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO
VEHICULAR TEMPORAL EN EL DISTRITO
DE VILLA EL SALVADOR
1. INTRODUCCIÓN
Las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
El presente Informe Técnico Financiero tiene por objetivo sustentar adecuadamente el costo global del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, el mismo que sigue los lineamientos establecidos por la Ordenanza Nº2799-MML, Ordenanza que aprueba el trámite del procedimiento de ratificación de las ordenanzas tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, así como la Directiva Nº001-006-00000035, Directiva sobre determinación de los costos de los servicios aprobados en ordenanzas tributarias distritales de la provincia de Lima.
Asimismo, mediante Oficio NºD000393-2026-MML-GMU-SER de fecha 25 de marzo de 2026, la Subgerencia de Estudios y Regulaciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima remite el Informe Técnico Nº043-2026-MS de fecha 24 de marzo de 2026, el mismo que concluye aprobar el 97% de las áreas propuestas para la implementación del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en Zonas Urbanas del distrito de Villa El Salvador conforme al Expediente Técnico presentado por esta corporación edil para el ejercicio 2026.
En ese sentido, en consideración de la determinación del porcentaje de uso de los espacios habilitados para el Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal durante el año, la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador ha determinado que el desarrollo del referido servicio se implementará en el horario de Lunes a Domingos desde las 08:00am hasta las 20:00pm horas, cumpliendo con prestar el servicio un total de 12 horas al día.
2. DESCRIPCIÓN DE LOS COMPONENTES DE LA ESTRUCTURA DE COSTO
2.1. COSTOS DIRECTOS:
Comprende los Costos de Mano de Obra, Costos de Materiales, Otros Costos y Gastos Variables que participan directamente en la ejecución del servicio de estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas prestado por la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, representando un gasto total de S/ 1,378,865.71 (UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 71/100 SOLES)
2.1.1. COSTO DE MANO DE OBRA
Constituye el costo por el pago de la retribución económica del personal que ejecutará el Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal; en ese sentido, hacemos mención que la modalidad de contratación del referido personal que ejecutará el Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal será bajo el régimen de Contrato Administrativo de Servicio - CAS a plazo determinado conforme al artículo 5º del Decreto Legislativo Nº1057 modificado por la Única Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 31131, Ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del sector público donde se estable que: “El contrato administrativo de servicios es de tiempo indeterminado, salvo que se utilice para labores de necesidad transitoria o de suplencia”.
En consecuencia, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador remite el Informe Nº0811-2026-UGRH-OGA/MVES de fecha 29 de mayo de 2026 mediante el cual realiza el cálculo del costo del personal que ejecutará el Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en Zonas Urbanas del distrito de Villa El Salvador, representando un total de S/ 1,131,382.08 (UN MILLON CIENTO TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 08/100 SOLES) conforme al siguiente detalle:
• Cobradores (100% dedicación): Personal que cumple con la actividad del cobro de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal, considerando un total de 41 cobradores para le ejecución del servicio de acuerdo a la afluencia de vehículos en la zona urbana, teniendo un Costo Unitario de S/ 2,034.72 y representando un total de S/ 1,001,082.24 por periodo.
• Ayudantes (100% dedicación): Personal encargado de apoyar en la guía de los vehículos que ingresan a los espacios habilitados y mantienen la limpieza integral de los mismos, considerando un total de 06 ayudantes para le ejecución del servicio de acuerdo a la afluencia de vehículos en la zona, teniendo un Costo Unitario de S/ 1,809.72 y representando un total de S/ 130,299.84 por periodo.
2.1.2. COSTOS DE MATERIALES
Representa el costo de materiales utilizados directamente para la ejecución del cobro del servicio conforme al Informe Nº 0912-2026-UA-OGA/MVES de fecha 25 de marzo de 2026 emitido por la Unidad de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, representando un total de S/ 207,998.83 (DOSCIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 83/100 SOLES) conforme al siguiente detalle:
CUADRO Nº 1
COSTO DE MATERIALES
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• Tickets (100% dedicación): Comprobantes de Pago emitidos para llevar el orden y control de los usuarios del servicio de estacionamiento vehicular temporal, el mismo que contendrá datos mínimos como la fecha y la placa del vehículo, así como la hora de entrada y la hora de salida del usuario, proyectándose el uso de un total de 2,232,360 espacios por periodo para la ejecución del servicio conforme a la estimación de espacios a ser utilizados por cada 30 minutos durante la totalidad del periodo, teniendo un Costo Unitario de S/ 0.055 por ticket y representando un total S/ 122,779.80 por periodo. ((2,232 millares x 55 soles = 122,760.00 soles) + (360 unidades x 0.055 soles = 19.80 soles) = 122,779.80 soles)) (Orden de Servicio Nº0001984-20206 de fecha 30 de enero de 2026 remitida por la Unidad de Abastecimiento)
• Tableros Oficio con Sujetador de Metal (100% dedicación): Base firme donde se colocarán los tickets de cobranza para efectuar el llenado correspondiente, considerando la compra de 96 unidades repartidas de forma unitaria entre todo el personal (48), teniendo en stock el restante (48) para reposición por el desgaste de su uso diario y/o pérdida, con un Costo Unitario de S/ 10.14 y representando un total de S/ 973.06 por periodo.
• Bolígrafo de Tinta Seca Punta Fina color Azul (100% dedicación): Sirve para anotar el tiempo utilizado por los espacios habilitados, considerando la compra de 1,728 unidades, repartiendo tres lapiceros de forma mensual entre el personal que presta el servicio (48 trabajadores x 3 unidades = 144 x 12 meses del año = 1728 unidades), con un Costo Unitario de S/ 1.06 y representando un total de S/ 1,853.13 por periodo.
• Cuadernos (100% dedicación): Sirve para el registro y control del tiempo utilizado por los espacios habilitados, considerando la compra de 144 unidades, repartiendo tres cuadernos de forma anual entre todo el personal (48), teniendo un Costo Unitario de S/ 5.81 y representando un total de S/ 836.06 por periodo.
• Silbatos (100% dedicación): Instrumento de sonido que será utilizado por los cobradores y ayudantes para el control y guía de los vehículos dentro del ámbito de la competencia del servicio, considerando la compra de 50 unidades repartidas de forma unitaria entre el personal que presta el servicio (47), y teniendo en stock el restante (03) para reposición por el desgaste de su uso diario y/o pérdida, con un Costo Unitario de S/ 5.00 y representando un total de S/ 250.00 por periodo.
• Pintura Tráfico de Colores Amarillo, Blanco y Azul (100% dedicación): Empleados para el pintado de las señalizaciones que sirven de referencia para los conductores y el personal que presta el servicio en función de las dimensiones de los 477 cajones habilitados (2,424.47 m2 aproximadamente), teniendo un costo unitario de S/ 75.52 por galón de pintura, proyectando la compra de un total de 6 galones de pintura amarilla (considerando 2 en stock) que son utilizadas para el pintado de gibas y sardineles, líneas continuas y zonas rígidas, lo que representa un total de S/ 453.12 por periodo; 152 galones de pintura blanca (considerando 10 en stock) que son utilizados para el pintado de símbolos, leyendas y líneas de retención, representando un total de S/ 11,479.04 por periodo; y 110 galones de pintura azul (considerando 10 en stock) para el pintado de cajones para discapacitados, representando un total de S/ 8,307.20 por periodo.
• Disolvente para Pintura Tráfico (100% dedicación): Utilizados para diluir las pinturas y optimizar su uso, proyectando realizar la compra de 72 galones de disolvente (considerando 10 en stock), toda vez que, el galón de disolvente rinde hasta cuatro galones de pintura, teniendo un Costo Unitario de S/ 25.50 y representando un total de S/ 1,836.00 por periodo.
• Rodillos (100% dedicación): Empleados para el pintado de las señalizaciones que sirven de referencia para los conductores y el personal que presta el servicio, considerando la compra de 20 unidades para el pintado de dichas señalizaciones, con un Costo Unitario de S/ 20.00 y representando un total de S/ 400.00 por periodo.
• Conos de Seguridad Reflectivos (100% dedicación): Indicador visual para los conductores en las zonas del parqueo y de delimitación para el personal que presta el servicio, los cuales serán utilizados conforme a la necesidad de los mismos de acuerdo a la afluencia de vehículos en la zona, considerando la compra de 50 unidades, repartiendo 10 a cada una de las cuatros vías habilitadas y teniendo en stock el restante (10) para reposición por el desgaste de su uso diario y/o pérdida, con un Costo Unitario de S/ 56.00 y representando un total de S/ 2,800.00 por periodo.
• Paneles (100% dedicación): Elementos que permiten la publicación de avisos de carácter informativo mediante el cual se indicará el monto de la tasa del servicio, tiempo de tolerancia, horarios, número de espacios habilitados, entre otros relevantes. (Medida: 7m x 3m) Considerando la compra de 12 unidades, proyectándose repartir 08 entre las cuatro vías conforme a la distribución asignada, con el residual (04) en stock por pérdida, robo o desgaste propio del mismo que puedan sufrir como consecuencia del clima o en atención al nivel socio-cultural del distrito, con un Costo Unitario de S/ 466.10 y representando un total de S/ 5,593.20 por periodo.
• Banners (100% dedicación): Elementos que permiten la publicación de avisos de carácter informativo mediante el cual se indicarán las señalizaciones de seguridad en los espacios habilitados de parqueo. (Medida: 1.2m x 3m) Considerando la compra de 60 unidades, proyectándose repartir 48 entre las cuatro vías habilitadas conforme a la distribución asignada, con el residual (12) en stock por pérdida, robo o desgaste propio del mismo que puedan sufrir como consecuencia del clima o en atención al nivel socio-cultural del distrito, con un Costo Unitario de S/ 33.898 y representando un total de S/ 2,033.88 por periodo.
• Malla para Señalización de Seguridad color Naranja (100% dedicación): Utilizado para delimitar áreas de riesgo, zonas restringidas o en mantenimiento, protegiendo tanto a los usuarios como al propio personal que presta el servicio, considerando la compra de 15 unidades repartidas entre las cuatro vías habilitadas para la prestación del servicio, contando con 3 unidades por cada vía en atención a los tramos propuestos, pretendiendo su uso constante y simultáneo de acuerdo a la necesidad del mismo, teniendo el residual en stock (03) para reposición por pérdida, daños o desgaste que pueda sufrir durante el periodo, con un Costo Unitario de S/ 34.50 y representando un total de S/ 517.50 por periodo.
• Varas Luminosas (100% dedicación): Elementos portátiles de seguridad vial que permite al personal a cargo dirigir a los vehículos que ingresen a las zonas de parqueo, siendo más viables que los gestos manuales especialmente de noche, así como para alertar sobre peligros, considerando la compra de 60 unidades repartidas de forma unitaria entre el personal que presta el servicio (47), teniendo el residual en stock (13) para reposición por el desgaste de su uso diario y/o pérdida, con un Costo Unitario de S/ 48.50 y representando un total de S/ 2,910.00 por periodo.
• Cinta de Señalización de Seguridad color Amarillo (100% dedicación): Utilizado para delimitar áreas de riesgo, zonas restringidas o en mantenimiento, protegiendo tanto a los usuarios como al propio personal que presta el servicio, considerando la compra de 15 unidades repartidas entre las cuatro vías habilitadas para la prestación del servicio, contando con 3 unidades por cada vía en atención a los tramos propuestos, pretendiendo su uso constante y simultáneo de acuerdo a la necesidad del mismo, considerando el residual en stock (03) para reposición por robo, daños o desgaste que pueda sufrir durante el periodo, con un Costo Unitario de S/ 39.00 y representando un total de S/ 585.00 por periodo.
• Parante de Señalización Vial con Base de Concreto (100% dedicación): Utilizado para delimitar áreas de riesgo, zonas restringidas o en mantenimiento, protegiendo tanto a los usuarios como al propio personal que presta el servicio, considerando la compra de 30 unidades repartidas entre las cuatro vías habilitadas para la prestación del servicio, contando con 6 unidades por cada vía en atención a los tramos propuestos, pretendiendo su uso constante y simultáneo de acuerdo a la necesidad del mismo, considerando el residual en stock (06) para reposición por robo, daños o desgaste que pueda sufrir durante el periodo, con un Costo Unitario de S/ 15.80 y representando un total de S/ 474.00 por periodo.
• Protector Solar (100% dedicación): Sumamente necesario para el personal de campo brindando protección contra rayos UV con el fin de prevenir lesiones en los ojos y la piel por la exposición constante a la luz del día, repartiendo unidades diarias durante el mes al personal que presta el servicio (48 trabajadores x 30 días = 1,440 x 12 meses del año = 17,280 unidades), con un Costo Unitario de S/ 2.40 y representando un total de S/ 41,472.00 por periodo.
• Escobas de Cerdas de Paja (100% dedicación): Destinados a mantener la limpieza integral de los espacios habilitados para el servicio, principalmente por parte de los ayudantes, considerando la compra de 48 unidades repartidas entre las cuatro vías habilitadas para la prestación del servicio, contando con 10 unidades por cada vía en atención a los tramos propuestos, pretendiendo su uso constante y simultáneo de acuerdo a la necesidad del mismo, considerando el residual en stock (08) para reposición por robo, daños o desgaste que pueda sufrir durante el periodo, con un Costo Unitario de S/ 51.33 y representando un total de S/ 2,463.84 por periodo.
2.1.3. OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES
Representado por el uniforme del personal que ejecuta el servicio, el mismo que se encuentra sustentado mediante Informe Nº0912-2026-UA-OGA/MVES de fecha 07 de abril de 2026 emitido por la Unidad de Abastecimiento, representando un total de S/ 39,484.80 (TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 80/100 SOLES) conforme al siguiente detalle:
CUADRO Nº 2
OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES
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• Camisetas Manga Larga (100% dedicación): Forma parte del uniforme que el personal que ejecuta el servicio, utiliza durante el cumplimiento de sus funciones, el mismo que permite su fácil ubicación, considerando la compra de 192 unidades repartidas de forma trimestral entre el personal que presta el servicio (48), considerando el residual en stock (48) para reposición por pérdida, robo o desgaste, con un Costo Unitario de S/ 52.30 y representando un total de S/ 10,041.60 por periodo.
• Gorros Tipo Tapa Nuca (100% dedicación): Forma parte del uniforme que el personal que ejecuta el servicio, utiliza durante el cumplimiento de sus funciones, el cual sirve de barrera física contra el sol, considerando la compra de 144 unidades repartidas de forma trimestral entre el personal que presta el servicio (48), con un Costo Unitario de S/ 26.80 y representando un total de S/ 3,859.20 por periodo.
• Canguros (100% dedicación): Forma parte del uniforme que el personal que ejecuta el servicio, utiliza durante el cumplimiento de sus funciones, el cual funciona como bolso para almacenar efectivo, considerando la compra de 144 unidades repartidas de forma trimestral entre el personal que presta el servicio (48), con un Costo Unitario de S/ 36.00 y representando un total de S/ 5,184.00 por periodo.
• Zapato de Seguridad (100% dedicación): Forma parte del uniforme que el personal que ejecuta el servicio, utiliza durante el cumplimiento de sus funciones, el cual funciona como protección de sus pies, considerando la compra de 144 unidades repartidas de forma trimestral entre el personal que presta el servicio (48), con un Costo Unitario de S/ 70.00 y representando un total de S/ 10,080.00 por periodo.
• Chalecos con Cinta Reflectora (100% dedicación): Forma parte del uniforme que el personal que ejecuta el servicio, utiliza durante el cumplimiento de sus funciones, el cual sirve como elemento de seguridad reflejante de las luces de los vehículos de los usuarios, considerando la compra de 144 unidades repartidas de forma trimestral entre el personal que presta el servicio (48), con un Costo Unitario de S/ 64.00 y representando un total de S/ 9,216.00 por periodo.
• Fotocheck Enmicado con Cordón (100% dedicación): Forma parte del uniforme que el personal que ejecuta el servicio, utiliza durante el cumplimiento de sus funciones, el cual sirve como identificación del personal, considerando la compra de 96 unidades repartidas de forma unitaria entre el personal que presta el servicio (48), considerando el residual en stock (48) para reposición por pérdida, robo o desgaste, con un Costo Unitario de S/ 11.50 y representando un total de S/ 1,104.00 por periodo.
2.2. COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS
Estos comprenden los Costos de Mano de Obra Indirecta, así como los Materiales y Útiles de Oficina que participan indirectamente en la ejecución del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en Zonas Urbanas del distrito de Villa El Salvador, representando un gasto total de S/ 33,966.37 (TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS CON 37/100 SOLES).
2.2.1 COSTO DE MANO DE OBRA INDIRECTA
Constituye el costo por el pago de la retribución económica del personal que coordinará el Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal; en ese sentido, hacemos mención que la modalidad de contratación del personal que coordinará el Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal será bajo el régimen de Contrato Administrativo de Servicio - CAS a plazo determinado conforme al artículo 5º del Decreto Legislativo Nº1057 modificado por la Única Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº31131, Ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del sector público donde se estable que: “El contrato administrativo de servicios es de tiempo indeterminado, salvo que se utilice para labores de necesidad transitoria o de suplencia”.
En consecuencia, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador remite el Informe Nº0811-2026-UGRH-OGA/MVES de fecha 29 de mayo de 2026 mediante el cual realiza el cálculo del costo del personal que ejecutará el Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en Zonas Urbanas del distrito de Villa El Salvador, siendo un total de S/ 29,816.64 (VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS CON 64/100 SOLES) conforme al siguiente detalle:
• Coordinador (100% dedicación): Personal encargado de la asignación de las zonas de parqueo vehicular a los cobradores y ayudantes. Lleva el control diario de los ingresos y elabora reportes conforme a los tickets emitidos durante el día, y que son entregados por los cobradores para su liquidación; asimismo, realiza la entrega del dinero recaudado a la Unidad de Tesorería y elabora cuadros estadísticos. Realiza las coordinaciones necesarias para el abastecimiento oportuno de insumos para el cumplimiento del servicio, además de ser el encargado del control del personal que ejecuta el servicio, teniendo un Costo Unitario de S/ 2,484.72 y representando un total de S/ 29,816.64 por periodo.
2.2.2 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA
Representa el costo de materiales utilizados indirectamente para la ejecución del cobro del servicio conforme al Informe Nº0912-2026-UA-OGA/MVES de fecha 07 de abril de 2026 emitido por la Unidad de Abastecimiento, representando un total de S/ 4,149.73 (CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE CON 73/100 SOLES) conforme al siguiente detalle:
CUADRO Nº 3
MATERIALES Y UTILES DE OFICINA
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• Folder Manila (100% dedicación): Necesarios para el archivo y clasificación de documentos, considerando la compra de 48 paquetes a disposición del coordinador, con un Costo Unitario de S/ 8.49 y representando un total de S/ 407.81 por periodo.
• Papel Bond A4 (100% dedicación): Necesarios para anotaciones e impresión de documentos, considerando la compra de 80 paquetes por periodo a disposición del Coordinador y sus colaboradores, con un Costo Unitario de S/ 16.40 y representando un total de S/ 1,312.00 por periodo.
• Engrapadores (100% dedicación): Necesarios para la clasificación y orden de documentos, considerando la compra de 40 unidades por periodo a disposición del Coordinador y sus colaboradores, con un Costo Unitario de S/ 12.44 y representando un total de S/ 497.96 por periodo.
• Grapas (100% dedicación): Necesarios para el uso de los engrapadores, considerando la compra de 80 cajas por periodo a disposición del Coordinador y sus colaboradores, con un Costo Unitario de S/ 0.98 y representando un total de S/ 78.32 por periodo.
• Sujetadores Metálicos Fastener (100% dedicación): Necesarios para el uso de los fólderes, considerando la compra de 40 cajas por periodo a disposición del Coordinador y sus colaboradores, con un Costo Unitario de S/ 5.57 y representando un total de S/ 222.76 por periodo.
• Perforadores (100% dedicación) Necesarios para la clasificación, orden y archivo de documentos, considerando la compra de 40 unidades por periodo a disposición del Coordinador y sus colaboradores, con un Costo Unitario de S/ 25.74 y representando un total de S/ 1,029.44 por periodo.
• Archivadores (100% dedicación): Necesarios para la clasificación y archivo de documentos, considerando la compra de 48 unidades por periodo a disposición del Coordinador y sus colaboradores, con un Costo Unitario de S/ 12.53 y representando un total de S/ 601.44 por periodo.
2.3. COSTOS FIJOS
Estos comprenden únicamente los Costos Fijos en la ejecución del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en Zonas Urbanas del distrito de Villa El Salvador, el mismo que se encuentra sustentado mediante Informe Nº0912-2026-UA-OGA/MVES de fecha 07 de abril de 2026 emitido por la Unidad de Abastecimiento, representando un gasto total de S/ 12,947.18 (DOCE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 18/100 SOLES) conforme al siguiente detalle:
CUADRO Nº 4
COSTO FIJOS
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• Agua de Mesa Sin Gas (100% dedicación) Bebida natural que se repartirá diariamente de forma unitaria entre el personal que ejecuta el servicio (48), considerando la compra de 17,280 unidades con un Costo Unitario de S/ 0.70 y representando un total de S/ 12,096.00 por periodo.
• Servicio de Telefonía Móvil (100% dedicación): Utilizado por el coordinador del servicio con la finalidad de monitorear al personal asignado, con un Costo Unitario de S/ 70.93 y representando un monto total de S/ 851.18 por temporada.
3. ESTIMACIÓN DE INGRESOS Y DETERMINACIÓN DE LA TASA
A continuación, se detalla la estimación de ingresos por la prestación del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal brindado por la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, así como la determinación de la tasa a pagar por cada treinta (30) minutos de ocupación de los espacios o fracción del mismo.
3.1. EXPLICACIÓN DEL CÁLCULO DE LA TASA Y LA ESTIMACION DE INGRESOS
Multiplicando los 477 espacios establecidos para el servicio de estacionamiento vehicular (A) por las 12 horas en que se brinda el servicio diariamente (B) y por el número de dos (02) fracciones por cada hora (C), se tiene un total de 11,448 espacios potenciales en el periodo 2026 (D).
Los 42,930 espacios usados en una semana (H), se multiplican por las 52 semanas que contiene el periodo en un año (I), resultando un total de 2,232,360 espacios estimados a ser utilizados por cada 30 minutos durante la duración del periodo (J).
El monto de la Estructura de Costos establecida para el periodo anual es por la suma ascendente de S/ 1,425,779.26 (UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 26/100 SOLES) (K), el cual se divide entre los 2,232,360 espacios estimados a ser utilizados por cada 30 minutos (J), obteniéndose el costo estimado por cada espacio de 30 minutos que equivale a S/ 0.60 (Sesenta céntimos de sol) (L).
Considerando que la Tasa a Cobrar debe ser menor o igual al costo obtenido por uso del espacio en 30 minutos, se determina que la misma es de S/ 0.60 (SESENTA CENTIMOS DE SOL), MONTO QUE CONSTITUYE LA TASA A PAGAR POR LA OCUPACION DE LOS ESPACIOS PARA CADA 30 MINUTOS (M).
Por otro lado, teniendo en cuenta que la Estructura de Costos para el ejercicio 2026, asciende al total de S/ 1,425,779.26 (UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 26/100 SOLES), y que los 2,232,360 espacios proyectados para el Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal, multiplicados por la suma de S/ 0.60 (SESENTA CENTIMOS DE SOL), resulta en el total de S/ 1,339,416.00 (UN MILLON TRECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS CON 00/100 SOLES) (N), el cual no alcanza a igualar la Estructura de Costos por la prestación del servicio, por cuanto, la Estimación de Ingresos es inferior en S/ 86,363.26 (OCHENTA Y SEIS MIL TRECIENTOS SESENTA Y TRES CON 26/100 SOLES) al costo por temporada, lo cual implica una recuperación del 93.94% (O).
ANEXO Nº 02
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR
ESTRUCTURA DE COSTOS POR EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR PARA EL AÑO 2026
ORDENANZA Nº 547-2026-MDVES
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ANEXO Nº 03
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR
ESTIMACIÓN DE INGRESOS Y DETERMINACIÓN DE LA TASA DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 547-2026-MDVES
HORARIO: 8:00AM A 20:00 PM
PERIODO: 2026
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ANEXO Nº 04
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR
RELACIÓN DE VÍAS Y/O ZONAS EN DONDE SE PRESTARA EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL
ORDENANZA Nº 547-2026-MDVES
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