Logo El Peruano
Fecha de publicación: 14/08/2026
Autorizan transferencia financiera de la Autoridad Nacional de Infraestructura a favor de la Municipalidad Provincial de Piura

Expiden duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Ciencias - Agronomía de la Universidad Nacional Agraria La Molina

UNIVERSIDAD NACIONAL

AGRARIA LA MOLINA

CONSEJO UNIVERSITARIO

RESOLUCIÓN N° 0029-2026-CU-UNALM

La Molina, 26 de febrero de 2026

CONSIDERANDO:

Que, mediante Formulario Único de Trámite (FUT), de fecha 19 de enero de 2026, presentado por Amelia Wite Huaringa Joaquin, egresada de la Facultad de Agronomía, solicita el Duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias - Agronomía, por motivo de deterioro;

Que, la egresada Amelia Wite Huaringa Joaquin, obtuvo el Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias - Agronomía, mediante Resolución N° 38650/UNA, de fecha 21 de abril de 1981, encontrándose inscrito en el Libro N° 10, Folio N° 234 del Registro N° 4074 de esta Casa de Estudios;

Que, revisada la solicitud, ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 6° del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades, aprobado con Resolución N° 1503-2011-ANR y sus modificatorias, por lo que resulta procedente lo solicitado, debiendo expedirse el duplicado correspondiente;

Por lo expuesto, estando a las normas legales glosadas, Ley 28626 y artículo 310 literal p) del Reglamento General de la UNALM; artículo 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos (SUNEDU) aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 009-2015-SUNEDU/CD, y estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión extraordinaria de la fecha;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Anular el Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias - Agronomía de la egresada Amelia Wite Huaringa Joaquin, expedido 21 de abril de 1981.

Artículo 2.- Expedir el duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias - Agronomía a favor de la egresada Amelia Wite Huaringa Joaquin, por motivo de deterioro del original e inscribir en el libro oficial de registro.

Artículo 3.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).

Artículo 4.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y archívese.

JOSÉ ALBERTO BARRÓN LÓPEZ

Rector

ROCÍO CONSUELO DELGADO AGUILAR

Secretario General

2543079-1