Autorizan viaje de Coordinador General APEC y de profesional de la Dirección de Asuntos Multilaterales del MINCETUR para participar en evento a realizarse en la República Popular China
Resolución Ministerial
N° 279-2026-MINCETUR
Lima, 12 de agosto del 2026
VISTOS, el Informe N° 0013-2026-MINCETUR/VMCE/DGNCI/DAM-JCS de la Dirección de Asuntos Multilaterales; el Memorándum N° 269-2026-MINCETUR/VMCE/DGNCI de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales; el Memorándum N° 680-2026-MINCETUR/VMCE del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, el Informe N° 1043-2026-MINCETUR/SG/ OGA/OA/CAD de la Coordinación de Adquisiciones de la Oficina de Abastecimiento; el Memorándum N° 1699-2026-MINCETUR/SG/OGA/OA de la Oficina de Abastecimiento; el Informe N° 0193-2026-MINCETUR/SG/OGA/OCCP de la Oficina de Contabilidad y Control Previo y los Memorandos N° 941 y 945-2026-MINCETUR/SG/OGA de la Oficina General de Administración; y el Informe N° 0525-2026-MINCETUR/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es la entidad competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; en tal sentido, negocia, suscribe y pone en ejecución los acuerdos o convenios internacionales, en materia de comercio exterior e integración, y otros en el ámbito de su competencia;
Que, el Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC, por sus siglas en inglés), instituido en 1989, es uno de los mecanismos de concertación intergubernamental más importante y dinámico del mundo, que se orienta a la promoción y facilitación del comercio, las inversiones, la cooperación económica y técnica y el desarrollo económico regional de las veintiún (21) economías de la cuenca del Océano Pacífico que lo integran. El Perú es miembro del APEC desde 1998, y ha presidido dicho foro en los años 2008, 2016 y 2024;
Que, en la ciudad de Dalian, República Popular China, del 17 al 28 de agosto de 2026, se llevará a cabo la Tercera Reunión de Altos Funcionarios (SOM3) del APEC y reuniones plenarias conexas, de los subcomités y grupos de trabajo que forman parte del Comité de Comercio e Inversión (CTI), Subcomité de Estándares y Conformidad (SCSC), Subcomité de Procedimientos Aduaneros (SCCP), Grupo de Servicios (GOS), Grupo de Movilidad Empresarial (BMG), Grupo de Acceso a Mercados (MAG), Grupo de Expertos en Propiedad Intelectual (IPEG), Grupo de Expertos en Inversiones (IEG) y Diálogo Automotriz (AD);
Que, el Perú ejerce la Presidencia del CTI para el período 2026-2027, por lo que, como parte de las funciones inherentes a dicho cargo, le corresponde presidir la Tercera Reunión del CTI (CTI3), presentar el informe del Presidente de CTI ante la SOM3 y conducir las deliberaciones del Comité facilitando el diálogo y promoviendo la construcción de consensos entre las economías miembro en materia de comercio e inversión, entre otras actividades;
Que, a través de la Presidencia del CTI nuestro país impulsa una agenda alineada con temas estratégicos como la liberalización y facilitación del comercio y la digitalización, entre otros asuntos prioritarios de interés para las economías de APEC y del Perú, por lo que resulta de interés institucional que el Perú fortalezca su posicionamiento y liderazgo a nivel internacional como una economía neutral, confiable y proactiva, así como promover la implementación de la “Declaración de Ichma sobre una Nueva Mirada a la Agenda del Área de Libre Comercio del Asia-Pacífico”, aprobada en el año 2024, durante la tercera presidencia peruana de APEC;
Que, en ese sentido, es necesario autorizar el viaje del señor Julio José Chan Sánchez, Coordinador General APEC de la Dirección de Asuntos Multilaterales (DAM) de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, quien ejerce la Presidencia del CTI, y de la señorita Liz Alejandra Pancorvo Dávila, profesional de la DAM que brinda asistencia a la Presidencia del CTI;
Que, de acuerdo a lo previsto por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por resolución ministerial del respectivo sector;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, de la Secretaría General, de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,
De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y la Resolución Ministerial N° 216-2025-MINCETUR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Julio José Chan Sánchez, Coordinador General APEC de la Dirección de Asuntos Multilaterales (DAM) y de la señorita Liz Alejandra Pancorvo Dávila, profesional de la DAM de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, a la ciudad de Dalian, República Popular China, del 16 al 30 de agosto de 2026, para participar en el evento a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial están a cargo del Pliego 035 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
|
Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos Clase Económica US$ |
Zona Geográfica |
Viáticos por día US$ |
Total Viáticos US$ |
|
Julio José Chan Sánchez |
3 636,67 |
Asia |
500,00 x 11 |
5 500,00 |
|
Liz Alejandra Pancorvo Dávila |
3 636,67 |
500,00 x 11 |
5 500,00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1, presenta al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos y la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROGERS VALENCIA ESPINOZA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
2543069-1