Autorizan viaje de personal del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior para que participen en evento a realizarse en la República Popular China
Resolución Ministerial
N° 278-2026-MINCETUR
Lima, 12 de agosto de 2026
VISTOS, el Informe N° 0012-2026-MINCETUR/VMCE/DGNCI/DAM-JCS de la Dirección de Asuntos Multilaterales; el Memorándum N° 270-2026-MINCETUR/ VMCE/DGNCI de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales; el Memorándum N° 679-2026-MINCETUR/VMCE del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior; el Informe N° 1041-2026-MINCETUR/SG/OGA/OA/CAD de la Coordinación de Adquisiciones de la Oficina de Abastecimiento; el Memorándum N° 1688-2026-MINCETUR/SG/OGA/OA de la Oficina de Abastecimiento; el Informe N° 0194-2026-MINCETUR/SG/OGA/OCCP de la Oficina de Contabilidad y Control Previo; los Memorandos N° 942 y 946-2026-MINCETUR/SG/OGA de la Oficina General de Administración; y el Informe N° 0527-2026-MINCETUR/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es la entidad competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; en tal sentido, negocia, suscribe y pone en ejecución los acuerdos o convenios internacionales, en materia de comercio exterior e integración, y otros en el ámbito de su competencia;
Que, el Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC, por sus siglas en inglés), instituido en 1989, es uno de los mecanismos de concertación intergubernamental más importante y dinámico del mundo, que se orienta a la promoción y facilitación del comercio, las inversiones, la cooperación económica y técnica y el desarrollo económico regional de las veintiún (21) economías de la cuenca del Océano Pacífico que lo integran. El Perú es miembro del APEC desde 1998 y ha presidido dicho foro en los años 2008, 2016 y 2024;
Que, en la ciudad de Dalian, República Popular China, del 17 al 28 de agosto de 2026, se llevará a cabo la Tercera Reunión de Altos Funcionarios (SOM3) del APEC y reuniones plenarias conexas de los subcomités y grupos de trabajo que forman parte del Comité de Comercio e Inversión (CTI), Subcomité de Estándares y Conformidad (SCSC), Subcomité de Procedimientos Aduaneros (SCCP), Grupo de Servicios (GOS), Grupo de Movilidad Empresarial (BMG), Grupo de Acceso a Mercados (MAG), Grupo de Expertos en Propiedad Intelectual (IPEG), Grupo de Expertos en Inversiones (IEG) y Diálogo Automotriz (AD); asimismo, se realizarán reuniones del Grupo Operativo Conjunto de la Red Modelo de Puertos Electrónicos del Asia-Pacífico (APMEN), iniciativa del CTI en la que participa el Perú;
Que, el Perú ejerce la Presidencia del CTI para el período 2026-2027, por lo que resulta necesaria la participación de una delegación del MINCETUR en las reuniones de los subcomités y grupos de trabajo del referido Comité, lo que permitirá dar seguimiento a los temas de interés nacional vinculados con la facilitación del comercio, digitalización, acceso a mercados, servicios, inversión, propiedad intelectual, entre otros, con la agenda del Área de Libre Comercio del Asia-Pacífico (FTAAP), así como en el taller sobre el impacto del conocimiento de embarque electrónico en el despacho expedito de mercancías, organizado por el MINCETUR en el marco de APEC;
Que, resulta de interés institucional la participación del MINCETUR en las mencionadas reuniones, lo que dará continuidad a las iniciativas que lidera en APEC, incluyendo la presentación, seguimiento e implementación de proyectos y actividades propuestos o aprobados, dirigidos al fortalecimiento de capacidades e investigaciones, y permitirá promover la implementación de los resultados alcanzados durante APEC 2024, tanto a nivel ministerial (Declaración Conjunta de Ministros Responsables de la Mujer y Ministros Responsables del Comercio y Declaración Conjunta de Ministros de Relaciones Exteriores y Ministros de Comercio), como a nivel de Líderes (Declaración de Líderes y Declaración de Ichma sobre una Nueva Mirada a la Agenda del Área de Libre Comercio del Asia-Pacífico);
Que, en ese sentido, es necesario autorizar el viaje del siguiente personal del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior: señora Rocío Elena Barreda Santos, Directora de la Dirección de Requisitos Técnicos al Comercio Exterior de la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior; señora Ingrid Haydee Huapaya Puicón, profesional de la Dirección de Facilitación del Comercio Exterior de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior; señorita Kathya Lizeth Vílchez Chávez y señor Luis Felipe Acosta Zavaleta, profesionales de la Dirección de Asuntos Multilaterales de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales;
Que, de acuerdo a lo previsto por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por resolución ministerial del respectivo sector;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, de la Secretaría General, de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,
De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y la Resolución Ministerial N° 216-2025-MINCETUR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Dalian, República Popular China, en las fechas indicadas, del siguiente personal del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, para que participen en el evento a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial:
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Nombres y Apellidos |
Cargo |
Fecha de viaje |
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Rocío Elena Barreda Santos |
Directora de la Dirección de Requisitos Técnicos al Comercio Exterior |
14 al 25 de agosto de 2026 |
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Ingrid Haydee Huapaya Puicón |
Profesional de la Dirección de Facilitación del Comercio Exterior |
17 al 27 de agosto de 2026 |
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Luis Felipe Acosta Zavaleta |
Profesional de la Dirección de Asuntos Multilaterales |
16 al 27 de agosto de 2026 |
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Kathya Lizeth Vílchez Chávez |
Profesional de la Dirección de Asuntos Multilaterales |
16 al 30 de agosto de 2026 |
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial están a cargo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
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Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos Clase Económica US$ |
Zona Geográfica |
Viáticos por día US$ |
Total Viáticos US$ |
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Rocío Elena Barreda Santos |
4 402,88 |
Asia |
500,00 x 8 |
4 000,00 |
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Ingrid Haydee Huapaya Puicón |
3 790,25 |
500,00 x 7 |
3 500,00 |
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Luis Felipe Acosta Zavaleta |
3 682,57 |
500,00 x 8 |
4 000,00 |
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Kathya Lizeth Vílchez Chávez |
3 636,67 |
500,00 x 11 |
5 500,00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1, presenta al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos y la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROGERS VALENCIA ESPINOZA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
2543042-1