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Fecha de publicación: 14/08/2026
Autorizan transferencia financiera de la Autoridad Nacional de Infraestructura a favor de la Municipalidad Provincial de Piura

Autorizan viaje de Viceministro de Relaciones Exteriores a los Estados Unidos Mexicanos, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN ministerial

N° 487-2026-RE

Lima, 11 de agosto del 2026

VISTOS:

El Memorándum N° DAE011392026 de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 30 de julio de 2026; la Hoja de Trámite (GAC) N° 2966 del Despacho Viceministerial, de 31 de julio de 2026 y su proveído de 10 de agosto de 2026; el Memorándum N° OPP017872026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 7 de agosto de 2026, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP022722026 de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 10 de agosto de 2026;

CONSIDERANDO:

Que, la Alianza del Pacífico es un mecanismo de integración profunda que busca avanzar progresivamente hacia la liberalización del comercio de bienes y la libre circulación de servicios, capitales y personas como parte de una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al Asia-Pacífico y al mundo;

Que, la Presidencia Pro Tempore de la Alianza del Pacífico viene siendo ejercida por los Estados Unidos Mexicanos. En ese sentido, el Director General para Organismos y Mecanismos Regionales de la Secretaría de Relaciones Exteriores y el Director para América Latina, el Caribe y Alianza del Pacífico de la Secretaría de Economía, Coordinadores Nacionales de México para la Alianza del Pacífico, han cursado un invitación a participar en la Reunión de Coordinadores Nacionales de la Alianza del Pacífico, que se realizará en la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, el 20 de agosto de 2026;

Que, la referida reunión constituye una instancia previa a la Reunión del Grupo de Alto Nivel de la Alianza del Pacífico, que se realizará, en la misma ciudad, el 21 de agosto de 2026, junto con el Foro sobre buenas prácticas para la atracción de inversión extranjera directa en las zonas económicas estratégicas y el lanzamiento del XI Encuentro de Jóvenes de la Alianza del Pacífico;

Que, la Reunión de Coordinadores Nacionales de la Alianza del Pacífico resulta de especial importancia dado que permitirá otorgar continuidad a los trabajos del bloque, ofreciendo un espacio para el diálogo directo entre las coordinaciones nacionales de los cuatro países miembros de la Alianza del Pacífico, y para adoptar decisiones sobre asuntos estratégicos del citado mecanismo, que contribuyan a su fortalecimiento y proyección externa;

Que, el 19 de agosto de 2026, en el marco del referido viaje, el señor Viceministro de Relaciones Exteriores sostendrá una reunión bilateral con las autoridades mexicanas, con el objeto de abordar los asuntos pendientes de la relación bilateral, así como los principales puntos y temas prioritarios de la agenda entre ambos países, y explorar nuevas áreas de cooperación, dentro del proceso de recomposición del vínculo bilateral entre ambas naciones;

Que, en ese sentido, se estima necesaria la participación en las referidas actividades del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado, Viceministro de Relaciones Exteriores;

Que, por razones de itinerario, el viaje del citado funcionario diplomático a la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, se realizará del 18 al 22 de agosto de 2026;

Que, en tanto dure la ausencia del titular, resulta necesario encargar las funciones del Viceministro de Relaciones Exteriores; y,

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización

Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado, Viceministro de Relaciones Exteriores, a la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 18 al 22 de agosto de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Gastos

Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 (315) Conducción y asesoramiento de líneas de política exterior e institucional - Despacho Viceministerial; y, Código POI AOI00004500014 “Garantizar Permanentemente la gestión del Despacho Viceministerial”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasajes Aéreos

Clase Económica

(USD)

Viáticos

por día

(USD)

Número

de

días

Total

viáticos

(USD)

Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado

1,887.40

440.00

3 + 1

1,760.00

Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se ha adicionado un día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda.

Artículo 3.- Informe

Dentro de los quince días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4.- Encargo

Se encarga al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Alejandro Raffo Carbajal, Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, con retención de su cargo, las funciones del Viceministro de Relaciones Exteriores, del 18 al 22 de agosto de 2026.

Artículo 5.- No liberación ni exoneración de impuestos

La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ESPÁ

Ministro de Relaciones Exteriores

2542498-1