Autorizan viaje de jueces y funcionarios del Poder Judicial para participar en visita internacional al Consejo de la Judicatura del Ecuador
Presidencia del Consejo Ejecutivo
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000080-2026-P-CE-PJ
Lima, 11 de agosto del 2026
VISTO:
El Oficio Nº 000860-2026-GG-PJ cursado por la Gerente General del Poder Judicial, por el cual remite el cálculo de viaje para la participación de Jueces en la visita que se realizará a Ecuador.
CONSIDERANDO:
Primero. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Corrida Nº 000537-2026-CE-PJ, autorizó la participación de jueces integrantes de las Unidades de Flagrancia del Poder Judicial y funcionarios de la Secretaría Técnica de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia, en la visita internacional que se llevará a cabo en el Consejo de la Judicatura del Ecuador, del 17 al 21 de agosto de 2026, conforme a la siguiente relación:
- Pedro Puelles Mauriola, Juez del Juzgado Unipersonal de la Unidad de Flagrancia Delictiva de Piura.
- Ángela Carolina García Vivanco, Jueza del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Unidad de Flagrancia Delictiva de Ica.
- Christian David Rojas Mongo, Juez del Juzgado Unipersonal de la Unidad de Flagrancia Delictiva de Lima Norte.
- Harold Alejandro Palomino Moreno, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Unidad de Flagrancia Delictiva de Lima Este.
- Krist Teresa Díaz Gonzales, Jueza del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Unidad de Flagrancia Delictiva del Santa.
- María Isabel Jacinto Atoche, Jueza del Juzgado Unipersonal de la Unidad de Flagrancia Delictiva- Coordinadora de Sullana.
- Henry Paul Valladares Laurencio, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Unidad de Flagrancia Delictiva de Ucayali.
- Edman Rodríguez Vásquez, secretario técnico del Consejo Nacional de Justicia Especializado en Flagrancia Delictiva.
- Maritza Maregy Chura Apaza, Responsable de Monitoreo y Evaluación, así como de Presupuesto (e) de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial.
Segundo. Asimismo, en la citada resolución también se dispuso que la Gerencia General del Poder Judicial remita, en el día, el cálculo detallado de los gastos que demande la participación de los mencionados magistrados, con cargo al presupuesto institucional de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial.
Tercero. Por otro lado, es menester señalar que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 000029-2025-CE-PJ, aprobó el plan de acciones de la comisión de implementación de las unidades de flagrancia en el Perú, dentro de las cuales se presentó como producto Nº 19: Pasantía Internacional a Ecuador, con el objetivo de: Adquirir conocimientos respecto a la aplicación del nuevo modelo procesal del proceso inmediato, tomando como referente a las Unidades de Flagrancia en el Ecuador; así como sus buenas prácticas jurisdiccionales.
Cuarto. En tal sentido, resulta de interés para este Poder del Estado participar en actividades académicas en el que jueces y juezas puedan adquirir e intercambiar conocimientos, experiencias e información, con el fin de que los operadores del sistema de justicia especializado en flagrancia delictiva y funcionarios que ejercen actividades de dirección y ejecución, puedan conocer de manera directa y cercana, realidades en las que también se viene aplicando los procesos y sentencias; experiencias de la administración de justicia en el proceso inmediato de otros países, lo que contribuirá a mejorar e innovar la administración de justicia que redundará en un mejor servicio que se brinda a la población.
Quinto. El Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM concordado con la Ley Nº 27619, regula la asignación de gastos por concepto de viáticos para viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; según la escala aprobada por la citada normatividad.
Sexto. Al respecto la Gerente General del Poder Judicial remite el Memorando Nº 001194-2026-GAF-GG-PJ de la Gerente de Administración y Finanzas, por el cual se presenta el cálculo de viaje al exterior para los mencionados jueces, juezas y funcionarios.
En consecuencia, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el Memorando Nº 001194-2026-GAF-GG-PJ de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa 003-2009-CE-PJ;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje de jueces integrantes de las Unidades de Flagrancia del Poder Judicial y funcionarios de la Secretaría Técnica de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial, del 16 al 22 de agosto del año en curso, para que participen en la visita internacional que se llevará a cabo en el Consejo de la Judicatura del Ecuador; concediéndose licencia con goce de haber por los citados días, a las señoras y señores:
- Pedro Puelles Mauriola, Juez del Juzgado Unipersonal de la Unidad de Flagrancia Delictiva de Piura.
- Ángela Carolina García Vivanco, Jueza del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Unidad de Flagrancia Delictiva de Ica.
- Christian David Rojas Mongo, Juez del Juzgado Unipersonal de la Unidad de Flagrancia Delictiva de Lima Norte.
- Harold Alejandro Palomino Moreno, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Unidad de Flagrancia Delictiva de Lima Este.
- Krist Teresa Díaz Gonzales, Jueza del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Unidad de Flagrancia Delictiva del Santa.
- María Isabel Jacinto Atoche, Jueza del Juzgado Unipersonal de la Unidad de Flagrancia Delictiva- Coordinadora de Sullana.
- Henry Paul Valladares Laurencio, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Unidad de Flagrancia Delictiva de Ucayali.
- Edman Rodríguez Vásquez, secretario técnico del Consejo Nacional de Justicia Especializado en Flagrancia Delictiva.
- Maritza Maregy Chura Apaza, Responsable de Monitoreo y Evaluación, así como de Presupuesto (e) de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial.
Artículo Segundo.- Los gastos de instalación (16 de agosto de 2026), viáticos internacionales (del 17 al 22 de agosto de 2026), pasajes aéreos internacionales y seguro de viaje, serán asumidos con cargo al presupuesto de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle:
- Pedro Puelles Mauriola
US$
Gastos de instalación : 370.00
Viáticos : 2,220.00
Pasajes aéreos : 517.64
Seguro de viaje : 49.00
- Ángela Carolina García Vivanco
US$
Gastos de instalación : 370.00
Viáticos : 2,220.00
Pasajes aéreos : 517.64
Seguro de viaje : 49.00
- Christian David Rojas Mongo
US$
Gastos de instalación : 370.00
Viáticos : 2,220.00
Pasajes aéreos : 517.64
Seguro de viaje : 49.00
- Harold Alejandro Palomino Moreno
US$
Gastos de instalación : 370.00
Viáticos : 2,220.00
Pasajes aéreos : 517.64
Seguro de viaje : 49.00
- Krist Teresa Díaz Gonzales
US$
Gastos de instalación : 370.00
Viáticos : 2,220.00
Pasajes aéreos : 517.64
Seguro de viaje : 49.00
- María Isabel Jacinto Atoche
US$
Gastos de instalación : 370.00
Viáticos : 2,220.00
Pasajes aéreos : 517.64
Seguro de viaje : 49.00
- Henry Paul Valladares Laurencio
US$
Gastos de instalación : 370.00
Viáticos : 2,220.00
Pasajes aéreos : 517.64
Seguro de viaje : 49.00
- Edman Rodríguez Vásquez
US$
Gastos de instalación : 370.00
Viáticos : 2,220.00
Pasajes aéreos : 517.64
Seguro de viaje : 49.00
- Maritza Maregy Chura Apaza
US$
Gastos de instalación : 370.00
Viáticos : 2,220.00
Pasajes aéreos : 517.64
Seguro de viaje : 49.00
Artículo Tercero.- Los participantes emitirán informe en forma individual a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dentro de los diez días posteriores a su conclusión, sobre: a) Actividades efectuadas durante la capacitación, b) Acciones innovadoras de orden administrativo y jurisdiccional, observadas en las dependencias visitadas que superen los usos o estándares establecidos, c) Modelo de despacho judicial aplicado, d) Propuestas para optimizar el despacho judicial a aplicarse en el órgano jurisdiccional en donde laboran, teniendo en cuenta lo observado durante la visita, de ser el caso, e) Relación de los asistentes, y f) Materiales empleados durante las actividades realizadas; y de ser el caso adjuntar la documentación respectiva para la difusión a los señores jueces.
Artículo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.
Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia de Piura, Ica, Lima Norte, Lima Este, Santa, Sullana y Ucayali, Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial, Dirección de Protocolo y Relaciones Públicas de la Corte Suprema de Justicia; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y, cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
Consejo Ejecutivo
2542469-1