Aprueban transferencia financiera del Gobierno Regional de Arequipa en favor de las Municipalidades Provinciales del Ámbito Geográfico de la Municipalidad del Centro Poblado para financiar la prestación de servicios públicos delegados a las Municipalidades de Centros Poblados
ACUERDO REGIONAL
N° 198-2026-GRA/CR-AREQUIPA
Arequipa, 20 de julio del 2026
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria de fecha 10 de julio de 2026, aprobó el siguiente acuerdo;
VISTOS:
El Dictamen N° N°010-2026-GRA/CR-CPP, de la comisión de Planeamiento y Presupuesto y el El Oficio Nº 0234-2026-GRA/CR; Oficio Nº 882-2026-GRA/CR; Oficio Nº 0471-2026-GRA/GR; Oficio Nº 0044-2026-GRA/CR/CPP; Oficio Nº 613-2026-GRA/GGR; Oficio Nº 342-2026-GRA/ORPPAT y Oficio Nº 342-2026-GRA/ORPPAT;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, concordante con el artículo 2º de la Ley N° 27857 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, los Consejos Regionales, emiten acuerdos de Consejo Regional, los mismos que expresan la decisión del Consejo Regional sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a lo establecido por el artículo 39° de la citada Ley N° 27867.
Que, el artículo 76° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias financieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; los cuales son destinados para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino.
Que, la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 ha dispuesto la facultad de la realización de transferencias financieras a favor de la municipalidad provincial del ámbito geográfico de la municipalidad de centro poblado.
Que, con DICTAMEN DE COMISIÓN N° 010-2026-GRA/CR-CPP, la Comisión de Planeamiento y Presupuesto remite dictamen favorable, para la aprobación de la transferencia financiera, y solicita su deliberación y debate ante el pleno del Consejo Regional.
Que, el Consejo Regional de Arequipa, de acuerdo a las atribuciones establecidas en la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y en aplicación de su Reglamento Interno, por MAYORÍA en Sesión Extraordinaria de fecha 10 de julio de 2026;
Que, el Consejo Regional de Arequipa, de acuerdo con las atribuciones establecidas en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y en aplicación de su Reglamento Interno;
SE ACUERDA:
Primero.- APROBAR, la transferencia financiera del Gobierno Regional de Arequipa en favor de las Municipalidades Provinciales del Ámbito Geográfico de la Municipalidad del Centro Poblado para financiar la prestación de servicios públicos delegados a las Municipalidades de Centros Poblados, en el marco de la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513; transferencia que se hará efectiva previa suscripción de convenio con la Municipalidad Provincial del ámbito geográfico; hasta por el importe de S/ 396,000.00 según siguiente detalle:
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Nº |
Municipalidad Provincial |
Centro Poblado |
Servicios delegados objeto de transferencia financiera |
Importe en S/ |
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1 |
Arequipa |
San Camilo |
Limpieza y espacios públicos |
16,500.00 |
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2 |
San Isidro |
Mantenimientos y conservación de áreas verdes |
16,500.00 |
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3 |
Camaná |
Hucapuy |
Seguridad ciudadana y mantenimiento de áreas verdes |
16,500.00 |
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4 |
La Eugenia |
Servicios públicos, mercado de abastos, camal, limpieza pública, caminos vecinales, registro civil, administración tributaria |
16,500.00 |
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5 |
Pucchun |
Mantenimiento y limpieza de áreas verdes y espacios públicos |
16,500.00 |
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6 |
El Carmen |
Seguridad ciudadana y mantenimiento de áreas verdes |
16,500.00 |
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7 |
La Punta |
Limpieza pública, registro civil, licencias de construcción, licencias de funcionamiento e impuesto predial |
16,500.00 |
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8 |
Castilla |
Tolconi |
Fortalecimiento de los servicios municipales, implementación de baños públicos, limpieza pública y manejo de residuos solidos |
16,500.00 |
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9 |
Toran |
Mantenimiento de caminos rurales |
16,500.00 |
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10 |
Caylloma |
Canocota |
Preparación de alimentos en adultos mayores en estado de vulnerabilidad, preparación y manipulación de alimentos y buena nutrición |
16,500.00 |
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11 |
Pinchollo |
Limpieza pública y mantenimiento de parques y jardines |
16,500.00 |
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12 |
Jachaña |
Registro civil y servicios básicos |
16,500.00 |
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13 |
Taya |
Seguridad ciudadana |
16,500.00 |
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14 |
Cota Cota |
Seguridad ciudadana |
16,500.00 |
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15 |
Chalhuanca |
Organización del especio físico y el uso del suelo, saneamiento salubridad y salud, registro civil, educación cultura y deporte, abastecimiento y comercialización de productos y servicios, seguridad ciudadana, desarrollo económico local, conservación de medio ambiente y recursos naturales |
16,500.00 |
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16 |
Bello Horizonte |
Fiscalización, rentas, registro civil y mantenimiento de áreas verdes |
16,500.00 |
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17 |
San Juan El Alto |
Seguridad Ciudadana y Registro civil |
16,500.00 |
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18 |
Santa María de la Colina |
Seguridad ciudadana y recojo de residuos solidos |
16,500.00 |
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19 |
Villa Juan Velasco Alvarado |
Protección y seguridad educativa |
16,500.00 |
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20 |
Condesuyos |
Arcata Chucñihuaqui |
Prestación de servicios básicos |
16,500.00 |
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21 |
Umachulco |
Registro civil, arbitrios municipales, limpieza pública, servicio de agua, licencias de construcción y recaudación |
16,500.00 |
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22 |
Piuca |
Registro civil, salubridad, educación, seguridad ciudadana, desarrollo económico, organización del espacio físico, conservación del medio ambiente y beneficencia pública |
16,500.00 |
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23 |
Ispacas |
Servicio de seguridad ciudadana y limpieza publica |
16,500.00 |
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24 |
Islay |
San Camilo Asentamiento 7 |
Mejoramiento de los servicios básico con suministros indispensables, para la vida digna, salud y comodidad en el hogar y la comunidad |
16,500.00 |
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Monto total a transferir |
396,000.00 |
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Corresponde a las municipalidades provinciales verificar que las municipalidades de centros poblados del ámbito de su jurisdicción hayan dado cumplimiento a la adecuación dispuesta en la Ley Nº 31079.
Segundo.- DESIGNAR a la oficina Regional de Administración de la Sede Central, como unidad orgánica responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfieren los recursos económicos a las Municipalidades Provinciales
Tercero.- PRECISAR, que las transferencias que se realicen pueden ser objeto de fiscalización por el Consejo Regional, tanto a la entidad receptora como a la oficina encargada del monitoreo y seguimiento ya designada.
Cuarto.- ENCARGAR al Gobierno Regional de Arequipa que el presente Acuerdo de Consejo Regional sea publicado en el Diario Oficial “El Peruano”
Quinto.- DISPONER la publicación del Acuerdo Regional en la página web del Gobierno Regional de Arequipa.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Consejo Regional
Norma Alejandra Ortega Valdivia
Presidenta
2542289-1