Autorizan viaje de personal militar de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00949-2026-DE
Lima, 10 de agosto del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 4562/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 01512-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01248-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento 5700 Ser N5/0254, la Comandancia de las Fuerzas Submarinas de la Marina de los Estados Unidos de América hace extensiva a la Marina de Guerra del Perú la invitación para que el Comandante General de Operaciones del Pacífico acompañado del Comandante de la Fuerza de Submarinos y de un Oficial participen en el “Compromiso de Liderazgo Clave” (Key Leadership Engagement - KLE), en honor al 21° despliegue del Programa de Iniciativa Conjunta de Submarinos Diésel-Eléctrico (DESI), a realizarse en la ciudad de San Diego, estado de California, Estados Unidos de América, del 25 al 28 de agosto de 2026;
Que, mediante Oficio N° 4562/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que participará en el “Compromiso de Liderazgo Clave” (Key Leadership Engagement - KLE), en honor al 21° despliegue del Programa de Iniciativa Conjunta de Submarinos Diésel-Eléctrico (DESI), a realizarse en la ciudad de San Diego, estado de California, Estados Unidos de América, del 25 al 28 de agosto de 2026; así como, autorizar su salida del país el 24 de agosto y su retorno el 29 de agosto de 2026;
Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Legal N° 082-2026; la exposición de motivos; la Hoja de Gastos y Declaración de que ningún organismo internacional cubre los costos del viaje N° 111-2026; la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 129-2026; así como, las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000004809 y N° 0000005113, que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, a través de la exposición de motivos, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales el presente viaje al exterior; por cuanto, la participación del personal militar en la referida actividad en el lugar y fecha programada tiene por finalidad resaltar los logros de la Marina de Guerra del Perú en el despliegue del B.A.P. “CHIPANA” (SS-34), como parte del Programa de Iniciativa Conjunta de Submarinos Diésel-Eléctricos (DESI) del presente año; así como, permitirá intercambiar ideas referentes a las competencias estratégicas, capacidades submarinas y a la perspectiva de las amenazas litorales y regionales que puedan afectar nuestra seguridad externa;
Que, a través del Informe Legal N° 082-2026, complementado con correo electrónico del 10 de agosto de 2026, la institución armada señala que corresponde otorgarse pasajes aéreos (ida y retorno) y cuatro (4) días de viáticos por el 100% al personal militar, en comisión de servicio, de acuerdo a la zona geográfica en el marco de lo establecido en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modificatorias, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;
Que, mediante Oficio N° 01512-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 078-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable respecto de la autorización del presente viaje al exterior;
Que, mediante Informe Legal N° 01248-2026-MINDEF/SG-OGAJ, complementado con Oficio N° 00713-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la resolución que autorice el presente viaje al exterior, por encontrarse conforme al marco normativo vigente sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que se detalla en la relación nominal del anexo, que forma parte integrante de la presente resolución, para participar en el “Compromiso de Liderazgo Clave” (Key Leadership Engagement - KLE), en honor al 21° despliegue del Programa de Iniciativa Conjunta de Submarinos Diésel-Eléctrico (DESI), a realizarse en la ciudad de San Diego, estado de California, Estados Unidos de América, del 25 al 28 de agosto de 2026; así como, autorizar su salida del país el 24 de agosto y su retorno el 29 de agosto de 2026.
Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular.
Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima - ciudad de San Diego, Estados Unidos
de América - Lima
clase económica - hasta por un monto de:
US$ 1,773.17 x 3 personas US$ 5,319.51
Viáticos:
US$ 440.00 x 3 personas x 4 días US$ 5,280.00
Total a pagar: US$ 10,599.51
Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal militar autorizado.
Artículo 5.- El personal militar autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal militar cuyo viaje se autoriza.
Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rafael Jorge Belaunde Llosa
Ministro de Defensa
2542259-1