Acreditan designaciones de representantes de la CATP, CGTP, CTP y CONFIEP ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
Resolución Ministerial
N° 228-2026-TR
Lima, 10 de agosto del 2026
VISTOS: la Carta N° 0015-2026/CATP-ED de fecha 13 de mayo de 2026 de la Central Autónoma de Trabajadores del Perú - CATP; la Carta N° 025-05-26-CN de fecha 27 de mayo de 2026 de la Confederación General de Trabajadores del Perú - CGTP; el Oficio N° 214-CEN-CTP-2026 de fecha 2 de junio de 2026 de la Confederación de Trabajadores del Perú - CTP; la Carta de fecha 2 de junio de 2026 de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú - CUT; la Carta CONFIEP GG-142/2026 de fecha 1 de julio de 2026 de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP; el Memorándum N° 001245-2026-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; la Hoja de Elevación N° 000033-2026-MTPE/1/27 y el Proveído N° 000283-2026-MTPE/1/27 de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; y la Hoja de Elevación N° 000809-2026-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 10 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, se crea el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, como instancia máxima de concertación en materia de seguridad y salud en el trabajo, de naturaleza tripartita y adscrita al Sector Trabajo y Promoción del Empleo, que está integrado, entre otros, por cuatro representantes de los gremios de empleadores a propuesta de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP) y por cuatro representantes de las centrales sindicales a propuesta de la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), la Central Unitaria de Trabajadores del Perú (CUT), la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP) y la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP);
Que, el citado artículo dispone que la acreditación de la designación de los representantes de los gremios de la CONFIEP y de las centrales sindicales es efectuada mediante resolución ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a propuesta de las referidas organizaciones, siendo el plazo de la designación por dos años, pudiendo ser renovable;
Que, el Reglamento Interno del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 320-2016-TR establece en el artículo 22, que cada representante podrá acreditar un miembro alterno; y, en el artículo 27 señala que, en caso de vacancia, asume la calidad de consejero titular el respectivo representante alterno por el resto del periodo, salvo que la entidad a la que representa designe a un nuevo representante; asimismo, dicho artículo señala, como causal de vacancia, el vencimiento del plazo establecido para el ejercicio del cargo sin renovación;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal e) del artículo 18 del Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2012-TR, constituye causal de vacancia de la representación de las organizaciones que conforman el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo el vencimiento del plazo establecido para el ejercicio del cargo sin renovación;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 110-2024-TR de fecha 10 de julio de 2024 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de julio de 2024, se acredita la designación de la señora Cecilia Adriana Bienvenida Rosario Rosell Grijalba y de los señores José Eduardo Roca Serkovic, Raúl Miguel Niño Coronado y Eduardo Chávez de Piérola como representantes titulares; y de las señoras Angélica María Risco Robalino, Greta Pamela Monge del Valle y Claudia Eloisa Cruzalegui Acevedo como representantes alternas de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP); del señor Carlos Alberto Canchumanya Cárdenas como representante titular y del señor Russell Hervy Nina Gonzales como representante alterno de la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP); del señor Juan Fernando Arias Azabache como representante titular y del señor Raúl Lian Sánchez Arias como representante alterno de la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP); y del señor Everardo Marcial Cadillo Huerta como representante titular y del señor Jhon Irene Gonzales Cruz como representante alterno de la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;
Que, mediante los documentos de vistos, la Central Autónoma de Trabajadores del Perú - CATP; la Confederación General de Trabajadores del Perú - CGTP; la Confederación de Trabajadores del Perú - CTP; y la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP comunican sus representantes titulares y alternos ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;
Que, mediante los documentos de vistos, la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo propone la emisión de la resolución ministerial que formalice la acreditación de la designación de los representantes de las centrales sindicales y de los representantes de los gremios de empleadores ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;
Que, en atención a lo expuesto y acorde al marco normativo enunciado, corresponde actualizar las acreditaciones de las designaciones de los representantes titulares y alternos de la Central Autónoma de Trabajadores del Perú - CATP; de la Confederación General de Trabajadores del Perú - CGTP; de la Confederación de Trabajadores del Perú - CTP; y de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Secretaría General, de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, actualizado por Resolución Ministerial N° 194-2024-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDAS las acreditaciones de las designaciones efectuadas mediante la Resolución Ministerial N° 110-2024-TR.
Artículo 2.- ACREDITAR las designaciones del señor JUAN FERNANDO ARIAS AZABACHE como representante titular y del señor JOSE ANTONIO MATICORENA VALLEJO como representante alterno de la Central Autónoma de Trabajadores del Perú - CATP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Artículo 3.- ACREDITAR las designaciones del señor EVERARDO MARCIAL CADILLO HUERTA como representante titular y del señor JHON IRENE GONZALES CRUZ como representante alterno de la Confederación General de Trabajadores del Perú - CGTP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Artículo 4.- ACREDITAR las designaciones del señor CARLOS ALBERTO CANCHUMANYA CARDENAS como representante titular y del señor PORFIRIO FIDEL BUITRON ESPINOZA como representante alterno de la Confederación de Trabajadores del Perú - CTP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Artículo 5.- ACREDITAR las designaciones de la señora CECILIA ADRIANA BIENVENIDA ROSARIO ROSELL GRIJALBA y de los señores JOSE EDUARDO ROCA SERKOVIC, RAUL MIGUEL NIÑO CORONADO y EDUARDO CHAVEZ DE PIEROLA, como representantes titulares; y de las señoras ANGELICA MARIA RISCO ROBALINO, GRETA PAMELA MONGE DEL VALLE y CLAUDIA CRUZALEGUI ACEVEDO, como representantes alternas de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente resolución ministerial en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN SHEPUT MOORE
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
2542256-1