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Fecha de publicación: 13/08/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en algunos distritos de las provincias de Huancavelica y Tayacaja del departamento de Huancavelica y de las provincias de Chupaca, Concepción y Huancayo del departamento de Junín, por impacto de daños a consecuencia de movimientos sísmicos

Otorgan la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 000267-2026-MC

San Borja, 11 de agosto del 2026

VISTOS: el Proveído N° 006034-2026-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe N° 000415-2026-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Memorando N° 001289-2026-DE-DDC-CUS de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco; el Informe N° 000542-2026-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura prevé como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, Directiva para el otorgamiento de reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país;

Que, la Universidad Nacional Diego Quispe Tito del Cusco formula la postulación del señor LUCIO VITA GUTIÉRREZ MENDOZA para ser reconocido como Personalidad Meritoria de la Cultura;

Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes a través del Informe N° 000415-2026-DGIA-VMPCIC/MC valida la evaluación, análisis y conclusiones del Informe N° 000067-2025-DIA-DGIA-VMPCIC-CRH/MC el cual determina que es pertinente la solicitud de reconocimiento;

Que, con el Memorando N° 001289-2026-DE-DDC-CUS, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco remite el Informe N° 000024-2026-SDDICA/MC el cual contiene el sustento técnico para otorgar el reconocimiento;

Que, el señor LUCIO VITA GUTIÉRREZ MENDOZA es un artista visual especializado en grabado, con trayectoria destacada desde la década de 1980. Es reconocido por su contribución al desarrollo del grabado contemporáneo cusqueño, así como por la integración de elementos andinos en su producción artística;

Que, destaca por su participación en espacios de reconocimiento nacional, incluyendo el primer premio nacional en la Segunda Bienal de Grabado del Cusco (1988), así como la realización de exposiciones individuales en galerías del país, contribuyendo a la difusión del grabado contemporáneo cusqueño y al surrealismo andino como expresión artística regional. Obras como “Vuelo nocturno” (1988) integran elementos andinos en el arte contemporáneo;

Que, como docente y maestro universitario en la especialidad de grabado, ha formado generaciones de artistas en la Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes Diego Quispe Tito del Cusco, donde ocupó el cargo de director general, fortaleciendo la educación artística superior en el sur peruano;

Que, paralelamente, es un reconocido músico y cultor del charango chumbivilcano (de Chumbivilcas, Cusco), compositor y ejecutante con participación en festivales internacionales como el Festival Internacional del Charango de Arequipa (2005) y producciones discográficas. Su obra musical preserva y difunde la música tradicional andina, contribuyendo al patrimonio cultural inmaterial;

Que, a través del Informe N° 000542-2026-OGAJ-SG/MC la Oficina General de Asesoría Jurídica indica que la distinción se sustenta en la trayectoria de la persona que se propone a partir de la evaluación y análisis que han realizado los órganos competentes respecto de los aportes para la cultura;

Que, estando a lo desarrollado, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura, en tal sentido, el análisis y las conclusiones de los informes citados constituyen parte integrante de la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y la Directiva N° 002-2016/MC, Directiva para el otorgamiento de reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor LUCIO VITA GUTIÉRREZ MENDOZA por su aporte significativo y sobresaliente al desarrollo cultural del país, particularmente en la creación cultural contemporánea y las artes vivas, con fuerte arraigo territorial en Cusco y con proyección nacional.

Artículo 2.- Remitir copia de la resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de esta resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALBERTO ISMAEL BEINGOLEA DELGADO

Ministro de Cultura

2542226-1