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Fecha de publicación: 12/08/2026
Designan representante del Presidente de la República y Presidente del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN

Aprueban el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI)

RESOLUCIÓN DE JEFATURA

N° 010-2026-SENAMHI/JF

Lima, 10 de agosto de 2026

VISTOS:

El Memorando N° D000839-2026-SENAMHI-GG-OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° D000226-2026-SENAMHI-GG-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, modificada por la Ley N° 27188, se establece que, el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI) es un organismo público descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, el cual se encuentra adscrito como organismo público ejecutor al Ministerio del Ambiente, conforme con la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013;

Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que, el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;

Que, conforme el artículo 43 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad; y, las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;

Que, el artículo 44-A de los referidos Lineamientos, establece que, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones debe ser publicado en el Portal de Transparencia del Ministerio u organismo público del Poder Ejecutivo; el cual es elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces y debe contar su visto y el de la Oficina de Asesoría Jurídica;

Que, el Anexo 1 “Glosario de Términos” de los Lineamientos de Organización del Estado, define al Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones como el documento que consolida las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de un Ministerio u organismo público del Poder Ejecutivo, a fin de integrar el articulado de los órganos con el de sus respectivas unidades de organización; precisando que, para tal efecto, se sigue una nueva secuencia de articulado, debiendo cada artículo del Texto Integrado hacer referencia al artículo correspondiente de la Sección Primera o Segunda, aprobadas por decreto supremo y resolución del titular, respectivamente;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 010-2026-MINAM, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 4 de julio de 2026, se aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI; y en cuya Octava Disposición Complementaria Final, se establece que dicha norma entra en vigencia partir del día siguiente de la publicación de la Resolución de Jefatura, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI;

Que, en esa línea, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo en mención, establece que, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución de Jefatura que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones, consolida el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, que contiene las Secciones Primera y Segunda respectivamente;

Que, con la Resolución de Jefatura N° 001-2026-SENAMHI/JF, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de julio de 2026, se aprobó la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI;

Que, a través del Memorando N° D000839-2026-SENAMHI-GG-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en mérito a lo expuesto por la Unidad de Planeamiento y Modernización, a través del Informe N° D000002-2026-SENAMHI-GG-OPP-UPM, sustentó y propuso la aprobación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, que consta de dos (2) títulos, setenta y nueve (79) artículos y un (1) Anexo que contiene el Organigrama;

Que, mediante el Informe Legal de los vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que, resulta legalmente viable aprobar el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI; en cumplimiento de las disposiciones contenidas en los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, y en el Decreto Supremo N° 010-2026-MINAM, que aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI; correspondiéndole a la Jefatura emitir el acto resolutivo respectivo;

Con los vistos de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, modificada por la Ley N° 27188; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM que aprobó los Lineamientos de Organización del Estado; el Decreto Supremo N° 010-2026-MINAM, que aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI; y, la Resolución de Jefatura N° 001-2026-SENAMHI/JF, que aprobó la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI), que consta de dos (2) títulos, setenta y nueve (79) artículos y un (1) anexo, que contiene el Organigrama del SENAMHI, y que se encuentra adjunto a la presente resolución.

Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI), en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional del SENAMHI (www.gob.pe/senamhi), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGAR ANDDY SÁNCHEZ DE LA CRUZ

Jefe (e)

Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología

del Perú - SENAMHI

2542013-1