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Fecha de publicación: 11/08/2026
Designan Jefe de la Oficina General de Tecnologías de la Información de la PCM

Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Marruecos

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 122-2026-RE

Lima, 10 de agosto de 2026

VISTAS:

La Resolución Suprema Nº 062-2025-RE, de 7 de mayo de 2025; y, la Resolución Ministerial Nº 0306-2025-RE, de 15 de mayo de 2025;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Suprema Nº 062-2025-RE, se nombra Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Marruecos al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Alberto Castro Joo;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0306-2025-RE, se fijó el 1 de julio de 2025, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Marruecos;

De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Término de funciones

Se dan por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Alberto Castro Joo como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Marruecos.

Artículo 2.- Fecha de término de funciones

La fecha de término de sus funciones es fijada mediante Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Cartas Credenciales y Plenos Poderes

Se cancelan las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 4.- Agradecimiento

Se le dan las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones.

Artículo 5.- Egreso

Se aplica el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 6.- Refrendo

La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI

Presidenta de la República

ALFONSO CARLOS ESPÁ Y GARCÉS-ALVEAR

Ministro de Relaciones Exteriores

2541927-6