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Fecha de publicación: 02/09/2026
Designan Asesora del Despacho Viceministerial de Turismo

Conceden licencia a docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en evento a realizarse en Colombia

UNIVersidad NACional

DE SAN ANTONIO ABAD

DEL CUSCO

RESOLUCIÓN N° CU-399-2026-UNSAAC

Cusco, 20 de julio del 2026

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:

VISTO, el Expediente Nro. 26057718, presentado por la DRA. ROCIO LINEY PEZUA VASQUEZ, Profesora Auxiliar a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Filosofía y Psicología de la Facultad de Ciencias Sociales, solicitando licencia con goce de haber, para participar en evento internacional, que se indica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el expediente del Visto, la Dra. Rocio Liney Pezúa Vásquez, Profesora Auxiliar a Tiempo Completo del Departamento Académico de Filosofía y Psicología de la Facultad de Ciencias Sociales, solicita licencia con goce de haber del 20 al 25 de agosto de 2026, así como el pago de pasajes aéreos e inscripción en modalidad estándar, con la finalidad de participar en el “X CONGRESO INTERNACIONAL DE PSICOLOGÍA CARTAGENA 2026”, a realizarse del 21 al 23 de agosto de 2026, en la ciudad de Cartagena, República de Colombia; para cuyo efecto adjunta la correspondiente carta de invitación emitida por los organizadores del evento;

Que, mediante Oficio N° D-0574-2026-FCCSS-UNSAAC, el Dr. Francisco Medina Martínez, Decano de la Facultad de Ciencias Sociales remite la solicitud formulada por la docente, precisando que, al haber fenecido el mandato del Consejo de Facultad el 02 de julio de 2026, la remisión del expediente se efectúa con cargo a dar cuenta al referido órgano de gobierno una vez que se encuentre conformado;

Que, mediante Oficio N° 27-DAFP-2026-FCS-UNSAAC, el Mgt. Juan Durand Guzmán, Director del Departamento Académico de Filosofía y Psicología comunica que, en sesión de Junta de Docentes de fecha 08 de junio de 2026, se aprobó por unanimidad otorgar opinión favorable a la solicitud de licencia con goce de haber presentada por la recurrente, adjuntándose el acta correspondiente;

Que, conforme al Calendario de Actividades Académicas de los Semestres Académicos 2026-I y 2026-II, aprobado mediante Resolución N° CU-014-2026-UNSAAC, las actividades lectivas del semestre académico 2026-I culminan el 20 de agosto de 2026 y las correspondientes al semestre académico 2026-II se inician el 31 de agosto de 2026; en consecuencia, el período de la licencia solicitada, no afecta el desarrollo de la carga lectiva de la docente ni requiere la adopción de medidas para su cobertura académica;

Que, obra en autos el Informe Escalafonario N° 1455-2026-SUEP-URH-DIGA/UNSAAC (Virtual), emitido por la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones de la Unidad de Recursos Humanos, mediante el cual se acredita que el nombramiento de la docente se encuentra vigente;

Que, mediante Oficio N° 426-2026-VRAC-UNSAAC, el Vicerrector Académico informa que la participación de la docente en el citado evento académico se encuentra comprendido en el Plan Anual de Capacitación Docente 2026 del Departamento Académico de Filosofía y Psicología, emitiendo opinión favorable para el otorgamiento de la licencia con goce de haber solicitada;

Que, asimismo, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario N° 950-2026, ha certificado la existencia de disponibilidad presupuestal para atender el otorgamiento de viáticos, pasajes aéreos, inscripción al evento y demás gastos que correspondan, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución;

Que, la solicitud formulada por la Dra. Rocio Liney Pezúa Vasquez, sobre concesión de Licencia con goce de haber del 20 al 25 de agosto de 2026 y apoyo económico para participar en el “X CONGRESO INTERNACIONAL DE PSICOLOGÍA CARTAGENA 2026”, a llevarse a efecto del 21 al 23 de agosto de 2026 en la ciudad de Cartagena, República de Colombia, ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en sesión ordinaria de fecha 15 de julio de 2026, siendo aprobada por unanimidad;

Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley N° 32513 del Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2026; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos N° 27619, Reglamentado por el D.S. Nro. 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;

Que, al respecto el Art. 1° de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad; asimismo, el Art. 3° de la referida ley, señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Estando al acuerdo del Consejo Universitario, Ley N° 32513 del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario;

RESUELVE:

Primero.- CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE HABER a favor de la docente DRA. ROCIO LINEY PEZUA VASQUEZ, Profesora Auxiliar a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Filosofía y Psicología de la Facultad de Ciencias Sociales, por el periodo comprendido del 20 al 25 de agosto de 2026, para participar en el “X CONGRESO INTERNACIONAL DE PSICOLOGÍA CARTAGENA 2026”, a llevarse a efecto del 21 al 23 de agosto de 2026 en la ciudad de Cartagena, República de Colombia.

Segundo.- DISPONER que la Dirección General de Administración de la Institución otorgue a favor de la docente beneficiaria Dra. Rocio Liney Pezúa Vasquez, lo siguiente:

• Adquisición de pasajes aéreos

• Pago de inscripción en el evento

• Publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Tercero.- El EGRESO que se origine por la aplicación de la presente resolución se atenderá con cargo al Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario 950-2026; documento que en anexo forma parte de la presente resolución.

Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con lo establecido en el Art. 3° de la Ley 27619.

Quinto.- Dejar ESTABLECIDA la obligación de la beneficiaria de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso; asimismo, está en la obligación de presentar ante la Dirección General de Administración, la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituya la sustentación de gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de viaje y Declaración Jurada con carácter excepcional) siempre que no haga uso de la movilidad institucional, la comisionada deberá de sustentar con alimentación y alojamiento al 100% con comprobantes de pago, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, “UNSAAC”, por concepto de ALIMENTACIÓN Y ALOJAMIENTO; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo de diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de retorno, perdiendo el derecho luego del citado periodo y el Formato Nro. 3 que deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional área.integracióncontable@unsaac.edu_pe. el mismo día de la presentación de la documentación física, con el tenor “RENDICIÓN DE CUENTAS-RESOLUCIÓN Nro..... NOMBRE DEL BENEFICIARIO”, para cuyo efecto presentará los formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados mediante Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC de fecha 10 de septiembre de 2020 proporcionados por la Sub Unidad de Tesorería de la Dirección General de Administración, igualmente presentará informe ante la DIGA y Despacho Rectoral, respectivamente.

Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar, el incumplimiento a la Unidad de Recursos Humanos, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 6.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC.

Séptimo.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de la beneficiaria de presentar al retorno de su licencia, documento que acredite su participación en el evento a que se refiere la presente; así como informe ante el Despacho Rectoral y Facultad de Ciencias Sociales.

Octavo.- DISPONER, que la Unidad de Red de Comunicaciones de la UNSAAC, proceda a la publicación de la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe y en la página web de la Institución www.unsaac.edu.pe.

El Vicerrectorado Académico, la Dirección General de Administración, la Unidad de Recursos Humanos, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

LAURO ENCISO RODAS

Rector

2541684-1