Otorgan subvención económica a estudiante de la Universidad Nacional del Centro del Perú para su participación en evento académico en Brasil
UNIVERSIDAD NACIONAL
DEL CENTRO DEL PERÚ
secretaría general
RESOLUCIÓN N° 5251-CU-2026
Huancayo, 22 de julio de 2026
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ;
Visto, el Oficio N° 0240-2026-DFCA/UNCP de fecha 02 de julio de 2026, a través del cual el decano de la Ciencias de la Administración, remite acta de aprobación de subvención económica para estudiante.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 18° de la Constitución Política del Perú, establece cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes;
Que, conforme a la Ley N° 30220, Ley Universitaria, Artículo 8º Autonomía Universitaria, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: 8.1 Normativo, 8.2 De gobierno, 8.3 Académico, 8.4 Administrativo y 8.5 Económico;
Que, de acuerdo con el Artículo 127° de la Ley N° 30220, señala: En las universidades públicas se puede establecer programas de ayuda para que sus estudiantes puedan cumplir con sus tareas formativas en las mejores condiciones; procurando apoyo en alimentación, materiales de estudio e investigación y otros;
Que, el numeral 76.1 del Artículo 76° de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, señala: “Se autoriza, excepcionalmente, durante el Año Fiscal 2026, a las universidades públicas, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por toda fuente de financiamiento, para otorgar subvenciones económicas a favor de graduados y estudiantes de pregrado para el financiamiento de actividades académicas y de investigación formativa, a través de pasantías, participación en congresos, intercambios estudiantiles nacionales e internacionales, entre otros tipos de movilidad estudiantil; así como concursos de investigación e innovación, entre otros fines, vinculados a lo señalado en el Artículo 48° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria. (…)”;
Que, mediante Resolución N° 4422-CU-2024 de fecha 21.08.2024 se aprobó el Reglamento General para el Otorgamiento de Subvención Económica para Estudiantes de Pregrado y Graduados, en el cual a la fecha se encuentra vigente;
Que, con Resolución N° 5055-CU-2025 de fecha 31.12.2025 se aprobó el PIA del año 2026, con el que se ha programado el presupuesto para subvención económica de estudiantes en cumplimiento al Art. 76 de la Ley 32513, Ley de presupuesto del año 2026;
Que, en sesión ordinaria de Consejo de Facultad de la Ciencias de la Administración, del 28 de mayo de 2026, se acordó por unanimidad, otorgar el permiso a los estudiantes Rony Franco Pérez Salazar y Gabriela Nahomy Rojas Mallqui y aprobar el pedido de subvención económica del estudiante Rony Franco Pérez Salazar;
Que, con oficio N° 549-2026-OCRI-UNCP del 06 de julio de 2026, la jefatura de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales, refiere que: a solicitud del estudiante, nominado al programa internacional de corta duración USP Academy 2026, cuyo formato comprende cursos presenciales desarrollados en los campus de la Universidad de São Paulo (USP); refiere que, dicha actividad se encuentra comprendida en el REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO Y GRADUADOS 2026; asimismo, conforme a lo establecido en el numeral 9.2 y sub numeral 9.2.1, referido a “Congresos, cursos, talleres, foros, seminarios y otros, evaluados previamente por el Vicerrectorado Académico”, del reglamento citado líneas arriba, corresponde la evaluación de la solicitud;
Que, a través del Oficio N° 0817-2026-UPRES/UNCP de fecha 08 de julio de 2026, la jefatura de la Unidad de Presupuesto informa que, habiendo evaluado el expediente, y considerando la evaluación efectuada por la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales respecto al cumplimiento de los requisitos establecidos para el otorgamiento de la subvención económica solicitada, y verificándose la disponibilidad presupuestal correspondiente, su despacho otorga disponibilidad presupuestaria; asimismo, de conformidad con lo establecido en el numeral 9.2 y el sub numeral 9.2.1 del Reglamento General para el Otorgamiento de Subvenciones Económicas para estudiantes de pregrado y graduados, corresponde al Vicerrectorado Académico evaluar la viabilidad académica de la participación en el curso; en tal sentido, recomienda que, de considerarla viable, emita opinión favorable y realice el trámite correspondiente para la continuación del presente expediente;
Que, con Proveído N° 01084-2026-UNCP-VRAC del 09 de julio de 2026, el Vicerrectorado Académico, habiendo evaluado el expediente en mérito al Acta de Consejo de Ciencias de la Administración de fecha 28 de mayo de 2026, en la cual se aprueba por unanimidad la subvención económica para el estudiante Rony Franco Pérez Salazar para su participación en el evento académico de Gestión Pública y Gobernanza a desarrollarse en la Universidad de Sao Paulo, Brasil del 14 de marzo al 30 de julio de 2026; y estando el Oficio N° 0817-2026-2026-UPRES/UNCP de la jefatura de la Unidad de Presupuesto a través del cual otorga disponibilidad presupuestal para la subvención económica para sus gastos de pasajes aéreos, hospedaje, alimentación, movilidad local, por el monto de S/ 6,500.00 a favor de referido estudiante, eleva el expediente para su trámite correspondiente;
Que, mediante Oficio N° 0615-2026-DGA-UNCP de fecha 09 de julio de 2026 el Director General de Administración, comunica que el Vicerrectorado Académico solicita subvención económica y apoyo institucional para el estudiante de la Facultad de Ciencias de la Administración PEREZ SALAZAR RONY FRANCO para su participación en el evento académico de Gestión Pública y Gobernanza a desarrollarse en la Universidad de Sao Paulo, en merito a la Resolución Viceministerial N° 017-2026-MINEDU, que aprueba los “Lineamientos aplicables para el otorgamiento de subvenciones económicas a UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ graduados y estudiantes de pregrado de las universidades públicas, en el marco del artículo 76 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; asimismo, se cuenta con la disponibilidad presupuestaria para la subvención económica; por lo que, solicita emisión del acto resolutivo de Consejo Universitario para el otorgamiento de Subvención Económica y Apoyo Institucional al estudiante Pérez Salazar Rony Franco de la Facultad de Ciencias de la Administración; y
De conformidad al Dictamen N° 03105-2026-R-UNCP, a las atribuciones conferidas por los dispositivos legales vigentes, y al acuerdo de Consejo Universitario en sesión extraordinaria del 22 de julio de 2026;
RESUELVE:
1°.- OTORGAR subvención económica, al estudiante RONY FRANCO PEREZ SALAZAR de la Facultad de Ciencias de la Administración de la UNCP, para los gastos de pasajes aéreos, hospedaje, alimentación y movilidad local; para su participación en el evento académico de Gestión Pública y Gobernanza a desarrollarse en la Universidad de Sao Paulo Brasil, conforme al siguiente detalle:
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RUBRO |
META |
ACTIVIDAD |
GASTOS AUTORIZADOS |
CLASIFICADOR |
MONTO EN S/. |
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RO - RUBRO 00 |
11 |
SUBVENCIÓN ECONOMICA PARA EL ESTUDIANTE RONY FRANCO PEREZ SALAZAR |
PASAJES AEREOS |
2 . 5 . 3 1 . 1 1 |
3,000.00 |
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HOSPEDAJE |
1,900.00 |
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ALIMENTACIÓN |
1,300.00 |
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MOVILIDAD LOCAL |
300.00 |
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TOTAL |
6,500.00 |
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2°.- DISPONER que la rendición de gastos será canalizada por la Sub unidad de Tesorería, para tal efecto dicha rendición deberá ser sustentada con comprobantes de pago, siendo depositado a la cuenta de ahorro del estudiante.
3°.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Dirección General de Administración, a través de las oficinas y unidades correspondientes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase,
CÉSAR PAUL ORTIZ JAHN
Rector (e)
JOHANI ORIHUELA OSORIO
Secretaria General
2541497-1