Dejan sin efecto designación de Director de la Oficina de Administración del COFOPRI
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº D000074-2026-COFOPRI-DE
San Isidro, 9 de agosto de 2026
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 27594, “Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos”, la designación en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la acotada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad;
Que, de conformidad a lo previsto en el artículo 9 y literal i) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene la potestad de designar y cesar a los empleados de confianza;
Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Directoral N° D00072-2026-COFOPRI-DE del 07 de agosto de 2026, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 09 de agosto de 2026, se dispuso designar a partir de su publicación en el citado Diario Oficial, al señor Edgar Gustavo Ramirez Zavaleta en el cargo de Director de la Oficina de Administración del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI;
Que, se ha visto por conveniente, dejar sin efecto lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución Directoral N° D00072-2026-COFOPRI-DE del 07 de agosto de 2026;
De conformidad con lo dispuesto en las Ley N ° 27594 y el Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA y con el visado de la Gerencia General y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución Directoral N° D00072-2026-COFOPRI-DE del 07 de agosto de 2026, a través de la cual se resuelve designar a partir de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, al señor Edgar Gustavo Ramirez Zavaleta en el cargo de Director de la Oficina de Administración del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI.
Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo, notifique la presente resolución a la persona a que se refiere el artículo 1 que antecede, para su conocimiento y fines.
Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo y la Oficina de Sistemas realicen las acciones correspondientes, a fin de que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional del COFOPRI (www.gob.pe/cofopri).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CECILIA ANTONIETA CASTRO TORRES
Directora Ejecutiva
COFOPRI
2541439-1