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Fecha de publicación: 08/08/2026
Designan Secretario de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la PCM

Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a Argentina, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 00933-2026-DE

Lima, 7 de agosto del 2026

VISTOS:

El Oficio Extra FAP N° 002810-2026-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 01957-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01494-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Documento del 26 de junio de 2026, el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina invita al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, acompañado de una delegación, a participar en el 114° Aniversario del Día de la Fuerza Aérea Argentina, a realizarse en la Base Aérea Militar Morón, ubicada en la provincia de Buenos Aires, República Argentina, del 9 al 10 de agosto de 2026;

Que, con Oficio Extra FAP N° 002810-2026-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que conforma la tripulación de la aeronave Spartan C-27J FAP 332, como aeronave principal, y de las aeronaves Spartan C-27J FAP 328 y Hércules L-100-20 FAP 382, como aeronaves alternas, para realizar el traslado (ida y vuelta) de la delegación de la Fuerza Aérea del Perú que participará en el 114° Aniversario del Día de la Fuerza Aérea Argentina, a realizarse en la Base Aérea Militar Morón, ubicada en la provincia de Buenos Aires, República Argentina, autorizando su salida del país el 9 de agosto y retorno el 11 de agosto de 2026;

Que, a través del citado documento y de los correos electrónicos institucionales del 4 y 5 de agosto de 2026, la institución armada remite el Informe Legal N° 017-2026-GBAJ; la exposición de motivos y sustento; el Planeamiento de Vuelo al Extranjero; la Hoja de Gastos N° 116 DGVC-ME/SIAF RP y la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000222, que garantiza el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la exposición de motivos y sustento, la institución armada señala que el viaje al exterior del personal militar resulta conveniente para los intereses institucionales, por cuanto el traslado (ida y retorno) de la delegación de la Fuerza Aérea del Perú constituye una operación de carácter institucional que trasciende el ámbito estrictamente operativo, fomentando el intercambio de experiencias profesionales y el desarrollo de capacidades conjuntas;

Que, en atención al correo institucional del 05 de agosto de 2026, la Fuerza Aérea del Perú señala que corresponde otorgarse dos (2) días de viáticos por el (100%) al personal militar, en comisión de servicio, de acuerdo a la zona geográfica en el marco de lo establecido en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria, concordante con lo establecido en artículo 10 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;

Que, mediante el Oficio N° 01957-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 442-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal N° 01494-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, que conforma la tripulación de la aeronave Spartan C-27J FAP 332, como aeronave principal, y de las aeronaves Spartan C-27J FAP 328 y Hércules L-100-20 FAP 382, como aeronaves alternas, para realizar el traslado (ida y vuelta) de la delegación de la Fuerza Aérea del Perú que participará en el 114° Aniversario del Día de la Fuerza Aérea Argentina, a realizarse en la Base Aérea Militar Morón, ubicada en la provincia de Buenos Aires, República Argentina, autorizando su salida del país el 9 de agosto y retorno el 11 de agosto de 2026.

Artículo 2.- La participación de las aeronaves alternas y tripulaciones alternas quedan supeditadas a la imposibilidad de participación de la aeronave y tripulación principal.

Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Viáticos:

US$ 370.00 x 9 personas x 2 días US$ 6,660.00

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Total: US$ 6,660.00

Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El personal militar autorizado a realizar la comisión de servicio que se detalla en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal militar cuyo viaje se autoriza.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial y su anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de la publicación de la resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

2541405-1