Designan fiscal en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Sede Chiclayo
resolución de la fiscalía de la nación
Nº 2340-2026-MP-FN
Lima, 7 de agosto de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, de fecha 22 de junio de 2026, que remite la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 388-2026-JNJ, de fecha 11 de junio de 2026, el informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, los oficios Nºs. 002415 y 002787-2026-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE, de fechas 2 y 30 de julio de 2026, respectivamente, y el informe Nº 0517-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 4 de agosto de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 22 de junio de 2026, se remite, entre otras, copia certificada de la resolución de vistos, emitida en el marco de la Convocatoria Nº 007-2025-SN/JNJ, por la cual se nombró al abogado Juan Carlos Barturen Fernandez como fiscal adjunto provincial penal de Chiclayo del distrito fiscal de Lambayeque.
Con fecha 18 de junio de 2026, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento al abogado Juan Carlos Barturen Fernandez en el cargo descrito en el párrafo que antecede.
Al respecto, a través del Acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos Nº 6536-2024, de fecha 8 de julio de 2024, se acordó solicitar a la Junta Nacional de Justicia que las plazas con especialidad detallada, materia de las convocatorias Nº 002-2024-SN/JNJ, 004-2024-SN/JNJ y 006-2024-SN/JNJ, en los diversos niveles jerárquicos, sean consideradas como fiscales penales, manteniéndose la ubicación geográfica y el Distrito Fiscal; en esa línea, con oficio Nº 037-2025-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2025, se solicitó hacer de conocimiento del Pleno de la Junta Nacional de Justicia el referido acuerdo para tomarlo en cuenta en las convocatorias a concurso en el ejercicio 2025.
A través de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2082-2018-MP-FN, 2087-2018-MP-FN y 834-2021-MP-FN, de fechas 19 de junio de 2018 y 8 de junio de 2021, respectivamente, se resolvió, entre otros, nombrar al abogado Juan Carlos Barturén Fernández, como fiscal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, con reserva de su plaza de origen; y, destacándolo para que preste apoyo a la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, y con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3871-2025-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2025, se prorrogó el destaque para que continúe prestando apoyo a la referida fiscalía hasta el 31 de diciembre de 2026; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional”. Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográficas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”.
El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.
En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fijó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fiscales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(i) El nombramiento del fiscal titular por la Junta Nacional de Justicia”.
Con el oficio Nº 002787-2026-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE, de fecha 30 de julio de 2026, emitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, se pone en conocimiento el informe Nº 000244-2026-MP-FN-UEDFLAMB-APH, de fecha 24 de julio de 2026, suscrito por el Área de Potencial Humano del Distrito Fiscal de Lambayeque, en el que se informa, entre otros, que la plaza presupuesta como titular de fiscal adjunto provincial, cuenta con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público - AIRHSP Nº 000733.
En ese sentido, en virtud al Acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos Nº 6536-2024, de fecha 8 de julio de 2024, al oficio Nº 037-2025-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2025, al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos y al haberse configurado la condición resolutoria prevista en el numeral (i) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, así como estando al informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026 y lo señalado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, a través de los oficios Nºs. 002415 y 002787-2026-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE, de fechas 2 y 30 de julio del presente año, respectivamente, corresponde emitir el resolutivo a fin de designar al abogado Juan Carlos Barturen Fernandez en su condición de magistrado titular, en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Sede Chiclayo, para lo cual previamente será necesario dar por concluidos su nombramiento y designación señalados en el cuarto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución.
Por lo expuesto, de conformidad con el informe Nº 0517-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 4 de agosto de 2026 y a lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Juan Carlos Barturén Fernández, como fiscal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, así como su destaque en la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2082-2018-MP-FN, 2087-2018-MP-FN, 834-2021-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 3871-2025-MP-FN, de fechas 19 de junio de 2018, 8 de junio de 2021, 30 de diciembre de 2024 y 31 de diciembre de 2025, respectivamente.
Artículo Segundo.- Designar al abogado Juan Carlos Barturén Fernández, fiscal adjunto provincial titular penal de Chiclayo, Distrito Fiscal de Lambayeque, en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Sede Chiclayo (AIRHSP Nº 000733).
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Juan Carlos Barturén Fernández que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lambayeque y Lima Centro, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y al fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2541305-4