Designan fiscales adjuntos en la Novena Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte y en el Módulo de Turno Permanente de Lima Norte
Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 2334-2026-MP-FN
Lima, 7 de agosto de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, de fecha 22 de junio de 2026, que remite la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 388-2026-JNJ, de fecha 11 de junio de 2026, el informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, los oficios Nºs. 007610 y 007614-2026-MP-FN-PJFSLIMANORTE, de fechas 22 y 24 de julio de 2026, respectivamente, y el informe Nº 0521-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 5 de agosto de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 22 de junio de 2026, se remite, entre otras, copia certificada de la resolución de vistos, emitida en el marco de la Convocatoria Nº 007-2025-SN/JNJ; por la cual se nombró al abogado Aurelio Gilmer Estrada Santos, como fiscal adjunto provincial penal de Los Olivos del distrito fiscal de Lima Norte.
Con fecha 18 de junio de 2026, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento al abogado Aurelio Gilmer Estrada Santos en el cargo descrito en el párrafo que antecede.
Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 739-2025-MP-FN, de fecha 12 de marzo de 2025, se resolvió nombrar al abogado Aurelio Gilmer Estrada Santos, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designándolo en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Rosa, laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3708-2018-MP-FN, de fecha 19 de octubre de 2018, se resolvió, entre otros, nombrar a la abogada Gloria Esperanza Mamani Herrera, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándola en la Novena Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte, laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.
En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fijó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fiscales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(i) El nombramiento del fiscal titular por la Junta Nacional de Justicia”.
El Ministerio Público -en atención a sus funciones generales y específicas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030- ha definido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en beneficio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fiscal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fiscal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal.
En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos y al haberse configurado la condición resolutoria prevista en el numeral (i) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, así como estando al informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, y a lo expuesto por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte a través de los oficios Nºs. 007610 y 007614-2026-MP-FN-PJFSLIMANORTE, de fechas 22 y 24 de julio de 2026, respectivamente, corresponde emitir el resolutivo, a fin de designar al abogado Aurelio Gilmer Estrada Santos en su condición de magistrado titular en la Novena Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte, para lo cual previamente se deberá dar por concluidos su nombramiento y designación señalados en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, asimismo será necesario dar por concluida la designación de la abogada Gloria Esperanza Mamani Herrera, quien ocupa provisionalmente la plaza donde será designado el fiscal titular.
Por otro lado, teniendo en consideración la propuesta efectuada en los oficios antes citados suscritos por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, y con la finalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), así como las metas institucionales, se deberá designar a la abogada Gloria Esperanza Mamani Herrera, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, en el Módulo de Turno Permanente de Lima Norte, plaza fiscal que se encuentra libre.
Por lo expuesto, de conformidad con el informe Nº 0521-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 5 de agosto de 2026, y lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Aurelio Gilmer Estrada Santos, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, y su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Rosa, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2956-2024-MP-FN y 739-2025-MP-FN, de fechas 30 de diciembre de 2024 y 12 de marzo de 2025, respectivamente.
Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Gloria Esperanza Mamani Herrera, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, en la Novena Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3708-2018-MP-FN, de fecha 19 de octubre de 2018.
Artículo Tercero.- Designar al abogado Aurelio Gilmer Estrada Santos, fiscal adjunto provincial titular penal de Los Olivos, Distrito Fiscal de Lima Norte, en la Novena Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte.
Artículo Cuarto.- Designar a la abogada Gloria Esperanza Mamani Herrera, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, en el Módulo de Turno Permanente de Lima Norte.
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento a los abogados Aurelio Gilmer Estrada Santos y Gloria Esperanza Mamani Herrera que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Sexto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Norte y Lima Noroeste, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a los fiscales mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2541232-11