Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Cajamarca para participar en evento que se realizará en Chile
Universidad Nacional de Cajamarca
Resolución de Consejo Universitario
Nº 2145-2026-UNC
Cajamarca, 21 de julio de 2026
Visto, el Oficio Nº 0446-2026-FI-UNC de fecha 12 de junio de 2026 y el Oficio nº 0479-2026-FI-UNC, de fecha 23 de junio de 2026, ambos suscritos por el Dr. Ing. Carlos Enrique Aparicio Arteaga, Decano de la Facultad de Ingeniería; el Oficio nº 0206-2026-DIGA-UNC, de fecha 17 de junio de 2026, de la Dirección General de Administración; referidos a la solicitud de Bolsa de Viaje a las ciudades de Valparaíso y Viña del Mar - Chile a favor del Dr. JAIRO ISAÍ ALVAREZ VILLANUEVA, contenida en el Expediente Administrativo Nº 0083983-2026-UNC, los acuerdos adoptados en Sesión Extraordinaria de Consejo Universitario de fecha 21 de julio de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 18 de la Constitución Política del Perú, la Universidad Pública es una entidad de Derecho Público, que goza de autonomía gubernativa, normativa, académica, administrativa y económica;
Que, la autonomía universitaria se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley Universitaria, el Estatuto y las demás normas jurídicas vigentes (artículo 8 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria);
Que, conforme a lo sostenido por el Tribunal Constitucional (Exp.Nº 00037-2009-PI), en lo referente a la autonomía universitaria, entendemos que puede ser entendida “como la facultad de autorregulación que tienen todas las universidades ya sea en el ámbito normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, destacando además que dicha autorregulación no implica autonomía absoluta, sino relativa pues su ejercicio debe ser compatibilizado con otros bienes constitucionales”;
Que, la Directiva Nº 004-2026-DIGA-UNC “DIRECTIVA INTERNA PARA EL OTORGAMIENTO Y RENDICIÓN DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIOS Y BOLSA DE VIAJES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026”, en su numeral 6.4 respecto del otorgamiento de viáticos al exterior del país precisa que: La Resolución Rectoral de autorización de viaje al exterior por comisión de servicios será debidamente sustentada en el interés de la Universidad Nacional de Cajamarca y deberá contener expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos;
Asimismo, señala que los viajes en comisión de servicios al exterior que irroguen gastos al Estado, se deben autorizar por Resolución Rectoral publicada en el Diario Oficial “El Peruano” antes del inicio de la comisión de servicios, de conformidad con la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias;
Los viáticos por comisiones de servicios realizadas en el exterior se sujetan a la escala de viáticos por Zonas Geográficas conforme al siguiente detalle:
ESCALA DE VIÁTICOS AL EXTERIOR
POR ZONAS GEOGRÁFICAS
|
ZONA GEOGRÁFICA |
ESCALA DE VIÁTICOS POR DÍA (EN U$$) |
|
AFRICA |
480.00 |
|
AMERICA CENTRAL |
315.00 |
|
AMERICA NORTE |
440.00 |
|
AMERICA SUR |
370.00 |
|
ASIA |
500.00 |
|
MEDIO ORIENTE |
510.00 |
|
CARIBE |
430.00 |
|
EUROPA |
540.00 |
|
OCEANIA |
385.00 |
Los viáticos por comisiones de servicios al exterior deben solicitarse ante la Dirección General de Administración, con una anticipación no menor a treinta (30) días calendario a la fecha de viaje y debe adjuntar la siguiente documentación:
- Informe Técnico de la Unidad requirente que sustente el viaje, indicando los objetivos e importancia de la participación, así como la importancia nacional y/o interés institucional y el sustento de la disponibilidad presupuestal del área usuaria para efectuar el viaje.
- La carta de invitación o aceptación del evento, de ser el caso
- Los antecedentes del viaje (tales como: convenios, proyectos, cronograma de actividades entre otros).
- En caso de cofinanciamiento, la declaración jurada o documento que señale el monto que asume el/la participante.
Por otro lado, el mismo dispositivo legal, precisa en su numeral 6.1.16, que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el titular del pliego de su institución un informe de acciones realizadas durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas que establecerá el reglamento de la Ley Nº 27619.
Se adjuntará a la rendición en forma obligatoria la copia del certificado obtenido por la capacitación recibida;
Que, mediante solicitud de fecha 08 de junio de 2026, el Dr. Jairo Isaí Álvarez Villanueva, docente del Departamento Académico de Ingeniería de Recursos Hídricos de la Facultad de Ingeniería, solicita apoyo económico y permisos institucionales para participar en el “32º Congreso Latinoamericano de Hidráulica 2026”, a realizarse en las ciudades de Valparaíso y Viña del Mar, Chile, del 19 al 23 de octubre de 2026;
Que, el docente presentará el trabajo de investigación titulado: “EVALUACIÓN EXPERIMENTAL COMPARATIVA DEL COMPORTAMIENTO HIDRÁULICO EN VERTEDEROS: PERFIL TIPO CREAGER Y GEOMETRÍA BIOMIMÉTICA INSPIRADA EN ORGANISMOS ACUÁTICOS DE ALTA MONTAÑA - PERÚ”, el cual ha sido aceptado por el Comité Organizador del evento;
Que, la Dirección General de Administración, mediante Oficio Nº 0206-2026-DIGA-UNC, informa que la Administración Central no cuenta con el presupuesto necesario para atender la solicitud, sugiriendo que el gasto se cargue al presupuesto asignado a viáticos de la Facultad de Ingeniería en la modalidad de Bolsa de Viaje;
Que, así vía Oficio Nº 0479-2026-FI-UNC, el Decano de la Facultad de Ingeniería manifiesta la disponibilidad de destinar el monto de S/ 2,500.00 para cubrir parte de los gastos solicitados, con cargo al presupuesto de la Facultad bajo el Clasificador 2.3.21.22 (Viáticos y asignaciones por comisión de servicios - Bolsa de viaje) y Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios (RO);
Que, así, con fecha 21 de julio de 2026, se convocó a Sesión Extraordinaria de Consejo Universitario, según lo regulado en el artículo 28 del Estatuto de la Universidad Nacional de Cajamarca, oportunidad en la que se trató en la documentación mencionada en los considerandos anteriores;
Que, en dicha sesión, luego de la exposición, análisis y discusión, los integrantes del Consejo Universitario, por UNANIMIDAD acordaron: a) AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios al Dr. JAIRO ISAÍ ALVAREZ VILLANUEVA, para participar en el 32º Congreso Latinoamericano de Hidráulica 2026, a desarrollarse en las ciudades de Valparaíso y Viña del Mar, Chile, del 19 al 23 de octubre de 2026., b) OTORGAR apoyo económico por el monto de S/ 2,500.00 (Dos mil quinientos con 00/100 Soles) a favor del Dr. JAIRO ISAÍ ALVAREZ VILLANUEVA, bajo la modalidad de Bolsa de Viaje, con cargo al presupuesto de la Facultad de Ingeniería. c) AFECTAR el egreso de acuerdo al siguiente detalle presupuestal proporcionado por la Facultad: Clasificador 2.3.21.22, Fuente de Financiamiento: RO, Dependencia: Facultad de Ingeniería; d) DISPONER que, al término de la comisión, el docente deberá presentar el informe correspondiente y realizar la rendición de cuentas conforme a la normativa institucional vigente;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 59, 62 y 73 de la Ley Universitaria Nº 30220; y los artículos 27, 32 y 239 del Estatuto vigente de la Universidad Nacional de Cajamarca;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios al Dr. JAIRO ISAÍ ALVAREZ VILLANUEVA, para participar en el 32º Congreso Latinoamericano de Hidráulica 2026, a desarrollarse en las ciudades de Valparaíso y Viña del Mar, Chile, del 19 al 23 de octubre de 2026.
Artículo Segundo.- OTORGAR apoyo económico por el monto de S/ 2,500.00 (Dos mil quinientos con 00/100 Soles) a favor del Dr. JAIRO ISAÍ ALVAREZ VILLANUEVA, bajo la modalidad de Bolsa de Viaje, con cargo al presupuesto de la Facultad de Ingeniería.
Artículo Tercero.- AFECTAR el egreso de acuerdo al siguiente detalle presupuestal proporcionado por la Facultad: Clasificador 2.3.21.22, Fuente de Financiamiento: RO, Dependencia: Facultad de Ingeniería.
Artículo Cuarto.- DISPONER que, al término de la comisión, el docente deberá presentar el informe correspondiente y realizar la rendición de cuentas conforme a la normativa institucional vigente.
Artículo Quinto.- PUBLICAR, la presente Resolución en el portal web de la Universidad Nacional de Cajamarca, www.unc.edu.pe. y en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Sexto.- HACER CONOCER, la presente Resolución al Rectorado, Dirección de Administración, Oficina de Planificación y Presupuesto, Facultad de Ingeniería, Unidad de Abastecimiento, e interesado, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y archívese.
SEGUNDO BERARDO ESCALANTE ZUMAETA
Rector
DELIA ESPERANZA BARRANTES MEDINA
Secretaría General
2540943-1