Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Colombia, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 476-2026-RE
Lima, 5 de agosto del 2026
VISTOS:
La Hoja de Trámite (GAB) Nº 1226 del Despacho Ministerial, de 3 de agosto de 2026 y su proveído de 4 de agosto de 2026; el Memorándum Nº OPP017712026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 4 de agosto de 2026, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum Nº OAP022082026 de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 5 de agosto de 2026;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Nota Nº S-DIP-26-021720, de fecha 27 de julio de 2026, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia transmitió la invitación a la República del Perú para participar en los actos oficiales previos y en la Ceremonia de Posesión Presidencial que se llevarán a cabo en la ciudad de Santiago de Cali, República de Colombia, los días 6 y 7 de agosto de 2026;
Que, conforme al Plan Estratégico Institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores 2025 – 2030, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0190-2025-RE, es objetivo estratégico institucional fortalecer la proyección internacional del Perú en regiones estratégicas;
Que, del mismo modo, resulta importante la coordinación de alto nivel para definir un calendario de actividades orientado a la plena reactivación de mecanismos de diálogo bilateral entre ambos países de cara al segundo semestre del año 2026 y el primer semestre del año 2027;
Que, en ese sentido, se celebrarán reuniones bilaterales con las altas autoridades de la República de Colombia, con el propósito de consolidar el relanzamiento de la relación bilateral al más alto nivel, fortalecer la cooperación entre ambos países e impulsar la integración fronteriza en favor del desarrollo y el bienestar de sus poblaciones, particularmente de aquellas ubicadas en la zona de frontera;
Que, en ese sentido, se estima necesaria la participación en las referidas actividades del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas, Director General de América; y, de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Giovanna Zanelli Suárez, Jefa del Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores;
Que, por cuestiones de itinerario, el viaje de los citados funcionarios diplomáticos a la ciudad de Santiago de Cali, República de Colombia, se realizará del 6 al 8 de agosto de 2026; y,
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0516-2025-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización
Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la ciudad de Santiago de Cali, República de Colombia, del 6 al 8 de agosto de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución:
• Embajador en el Servicio Diplomático de la República Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas, Director General de América; y,
• Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Giovanna Zanelli Suárez, Jefa del Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores.
Artículo 2.- Gastos
Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: (87) 0137175 Representación diplomática y defensa de los intereses nacionales en el exterior - Dirección General de América; y, Código POI AOI00004500025: “Liderazgo de las iniciativas y acciones para fortalecer las relaciones bilaterales con los países del continente americano, así como en el plano multilateral, en el marco del consenso de Brasilia”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
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Nombres y Apellidos |
Pasajes Aéreos Clase Económica (USD) |
Viáticos por día (USD) |
Número de días |
Total viáticos (USD) |
|
Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas |
1,264.62 |
370.00 |
2 + 1 |
1,110.00 |
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Giovanna Zanelli Suárez |
1,264.62 |
370.00 |
2 + 1 |
1,110.00 |
Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se ha adicionado un día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda.
Artículo 3.- Informe
Dentro de los quince días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- No liberación ni exoneración de impuestos
La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ESPÁ
Ministro de Relaciones Exteriores
2540901-1