Rectifican errores materiales contenidos en la Resolución Directoral N° 032-2026- DIREM/GOB.REG.TACNA
Resolución Directoral
Nº 065-2026-DIREM/GOB.REG.TACNA
Tacna, 19 de junio de 2026
VISTOS:
El Oficio Nº 618-2026-GRAJ/GOB.REG.TACNA; la Resolución Directoral Nº 032-2026-DIREM/GOB.REG.TACNA, de fecha 31 de marzo de 2026; el expediente administrativo referido a la modificación de la concesión definitiva de distribución para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de servicio público para el Proyecto “Distribución Eléctrica 22.9 kV - Proyecto Hospicio - Tacna”, solicitado por la empresa Consorcio Villacuri S.A.C. - CVC Energía, antes COELVISAC; el Informe Nº015-2026-UFE-DIREM/GOB.REG.TACNA y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 032-2026- DIREM/GOB.REG.TACNA, de fecha 31 de marzo de 2026, la Dirección Regional de Energía y Minas de Tacna resolvió aprobar la modificación de la concesión definitiva de distribución para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de servicio público para el Proyecto “Distribución Eléctrica 22.9 kV - Proyecto Hospicio - Tacna”, solicitada por la empresa Consorcio Villacuri S.A.C. - CVC Energía, antes COELVISAC;
Que, en el artículo segundo de la citada Resolución Directoral se aprobó la Primera Adenda al Contrato de Concesión Definitiva de Distribución Eléctrica Nº 001-2021-DRSEMT/GOB.REG.TACNA;
Que, en el artículo tercero de la Resolución Directoral Nº 032-2026-DIREM/GOB.REG.TACNA se consignó lo siguiente: “Precisar que será el Gobernador Regional el que en nombre y representación del Gobierno Regional de Tacna suscriba tanto el contrato de concesión referido en el artículo precedente, así como la escritura pública que se origine”;
Que, mediante Oficio Nº 618-2026-GRAJ/GOB.REG.TACNA, el despacho de Gobernación Regional devolvió los actuados, observando que la emisión del acto resolutivo antes citado tenía como propósito la suscripción de la Adenda adjunta al expediente, y no la suscripción del contrato de concesión, el mismo que fue firmado con anterioridad;
Que, asimismo, en el artículo cuarto de la Resolución Directoral Nº 032-2026-DIREM/GOB.REG.TACNA se dispuso que el texto de dicha resolución debía incorporarse en la escritura pública que dio origen al Contrato de Concesión Definitiva de Distribución de Energía Eléctrica Nº 001-2021-DRSEMT/GOB.REG.TACNA, en cumplimiento del artículo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;
Que, de la revisión de los actuados, corresponde precisar que la escritura pública original del Contrato de Concesión Definitiva de Distribución Eléctrica Nº 001-2021-DRSEMT/GOB.REG.TACNA ya fue otorgada, por lo que el texto de la Resolución Directoral Nº 032-2026-DIREM/GOB.REG.TACNA debe insertarse en la escritura pública que se origine con ocasión de la formalización de la Primera Adenda aprobada mediante el artículo segundo de dicha resolución;
Que, conforme al artículo 201 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión;
Que, la presente rectificación no modifica el sentido ni el contenido sustancial de la Resolución Directoral Nº 032-2026-DIREM/GOB.REG.TACNA, toda vez que se mantiene la aprobación de la modificación de la concesión definitiva y la aprobación de la Primera Adenda, corrigiéndose únicamente las referencias materiales necesarias para la correcta prosecución del trámite de visación, suscripción y formalización de la Adenda;
De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y en uso de las atribuciones conferidas;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- RECTIFICAR el error material contenido en el artículo tercero de la Resolución Directoral Nº 032-2026-DIREM/GOB.REG.TACNA, de fecha 31 de marzo de 2026, en los siguientes términos:
DICE:
“Artículo Tercero.- PRECISAR que será el Gobernador Regional el que en nombre y representación del Gobierno Regional de Tacna suscriba tanto el contrato de concesión referido en el artículo precedente, así como la escritura pública que se origine”.
DEBE DECIR:
“Artículo Tercero.- PRECISAR que será el Gobernador Regional el que, en nombre y representación del Gobierno Regional de Tacna, suscriba la Primera Adenda al Contrato de Concesión Definitiva de Distribución Eléctrica Nº 001-2021-DRSEMT/GOB.REG.TACNA, aprobada mediante el artículo segundo de la presente Resolución Directoral, así como la escritura pública que se origine”.
Artículo Segundo.- RECTIFICAR el error material contenido en el artículo cuarto de la Resolución Directoral Nº032-2026-DIREM/GOB.REG.TACNA, de fecha 31 de marzo de 2026, en los siguientes términos:
DICE:
“Artículo Cuarto.- DISPONER que el texto de la presente resolución deberá incorporarse en la escritura pública que dio origen al contrato de concesión definitiva de distribución de energía eléctrica Nº 001-2021-DRSEMT/GOB.REG.TACNA, en cumplimiento del artículo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas”.
DEBE DECIR:
“Artículo Cuarto.- DISPONER que el texto de la presente Resolución Directoral sea insertado en la escritura pública que se origine con ocasión de la formalización de la Primera Adenda al Contrato de Concesión Definitiva de Distribución Eléctrica Nº 001-2021-DRSEMT/GOB.REG.TACNA, conforme al artículo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas”.
Artículo Tercero.- DISPONER que el texto de la presente Resolución Directoral de rectificación también sea insertado en la escritura pública que se origine con ocasión de la formalización de la Primera Adenda al Contrato de Concesión Definitiva de Distribución Eléctrica Nº 001-2021-DRSEMT/GOB.REG.TACNA, conjuntamente con la Resolución Directoral Nº 032-2026-DIREM/GOB.REG.TACNA.
Articulo Cuarto.- MANTENER subsistentes los demás extremos de la Resolución Directoral Nº 032-2026-DIREM/GOB.REG.TACNA, de fecha 31 de marzo de 2026, en todo lo que no se oponga a la presente resolución.
Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolución Directoral a la empresa Consorcio Villacuri S.A.C. - CVC Energía, antes COELVISAC, y a las áreas correspondientes, conforme a ley.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
VICTOR RICARDO CABRERA PINTO
Director Regional
Dirección Regional de Energía y Minas de Tacna
Gobierno Regional de Tacna
2540452-1