Autorizan viaje de funcionario diplomático al Estado Plurinacional de Bolivia, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 472-2026-RE
Lima, 31 de julio del 2026
VISTOS:
El Memorándum N° DAC004612026 de la Dirección General de Diplomacia Cultural, de 20 de julio de 2026; la Hoja de Trámite (GAC) N° 2825 del Despacho Viceministerial, de 21 de julio de 2026, el Memorándum N° OSB020362026 de la Oficina de Servicios de Bienestar, de 24 de julio de 2026; y, el Memorándum N° OAP021512026 de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 24 de julio de 2026;
CONSIDERANDO:
Que, la Trigésima Feria Internacional del Libro de La Paz, que se desarrollará del 30 de julio al 9 de agosto de 2026, tendrá al Perú como País Invitado de Honor, constituyendo uno de los principales hitos de la agenda de diplomacia cultural del presente año, en el marco de la conmemoración del Bicentenario del establecimiento de relaciones diplomáticas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia;
Que, la participación del Perú comprende una amplia programación de actividades culturales, entre las que se incluyen presentaciones de libros, exposiciones documentales, bibliográficas y fotográficas, así como conversatorios, destinados a promover la literatura, la historia y el patrimonio documental peruano;
Que, la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia informó que el Jefe de Misión participará entre los días 5 y 7 de agosto de 2026 en las ceremonias oficiales con ocasión del Ducentésimo Primer Aniversario de la Independencia del Estado Plurinacional de Bolivia, que se desarrollarán en la ciudad de Sucre, razón por la cual se encontrará imposibilitado de acompañar las principales actividades de la Feria Internacional del Libro de La Paz programadas durante dichas fechas;
Que, en ese contexto, resulta necesario asegurar la representación institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores durante las jornadas centrales de la participación del Perú como País Invitado de Honor, brindando el correspondiente respaldo institucional a los autores peruanos participantes, así como fortaleciendo la interlocución con las autoridades y organizadores del evento;
Que, en tal sentido, se estima pertinente la participación en el referido evento del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos German Augusto Amézaga Rodríguez, Director General de Diplomacia Cultural
Que, por razones de itinerario, el citado funcionario diplomático viajará a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 6 al 8 de agosto de 2026;
Que, los gastos de hospedaje y alimentación que irrogue la participación del mencionado funcionario diplomático serán financiados por la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia; y,
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización
Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos German Augusto Amézaga Rodríguez Director General de Diplomacia Cultural, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 6 al 8 de agosto de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Gastos
Los gastos de transporte aéreo que irrogue la presente comisión de servicios serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137179 (0298) Promoción y Protección Cultural en el Exterior- Dirección General de Diplomacia Cultural; y código POI: AOI00004500151 “Lidera y evalúa las estrategias para la promoción cultural, la protección del patrimonio y el acceso a programas de intercambio en el Perú y en el exterior”; debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
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Nombres y Apellidos |
Pasajes Aéreos Clase Económica (USD) |
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Carlos German Augusto Amézaga Rodríguez |
770.00 |
Artículo 3.- Financiamiento
Los gastos de hospedaje y alimentación que irrogue la presente comisión de servicios, serán financiados por la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia
Artículo 4.- Informe
Dentro de los quince días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 5.- No liberación ni exoneración de impuestos
La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ESPÁ
Ministro de Relaciones Exteriores
2539976-1