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Fecha de publicación: 05/08/2026
Designan Asesora de Alta Dirección del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros

Convocan a ciudadanas para que asuman, provisionalmente, los cargos de alcaldesa y regidora de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz, provincia de Palpa, departamento de Ica

RESOLUCIóN N° 1589-2026-JNE

Expediente N° JNE.2026184256

SANTA CRUZ - PALPA - ICA

LICENCIA DE AUTORIDAD

CONVOCATORIA DE CANDIDATO

NO PROCLAMADO

Lima, 26 de junio de 2026

VISTO: el Oficio N° 006-2026-MDSC/GM, del 15 de junio de 2026, mediante el cual don Carlos García Cayro, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz, provincia de Palpa, departamento de Ica (en adelante, señor solicitante), remitió la solicitud de licencia sin goce de haber de don Carlos Alberto Gutiérrez Accho (en adelante, señor alcalde), ingresada por mesa de partes, con motivo de su participación como candidato a consejero regional en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).

ANTECEDENTES

1.1. Con el Oficio N° 001-2026-MDSC/GM, del 5 de junio de 2026, el señor solicitante remitió el Acuerdo de Concejo N° 019-2026-MDSC/CM, del 2 del mismo mes y año, a través del cual el Concejo Distrital de Santa Cruz aprobó la licencia sin goce de haber requerida por el señor alcalde, por ciento veinte (120) días calendario, por el periodo comprendido del 6 de junio al 4 de octubre de 2026.

1.2. Posteriormente, mediante el Oficio N° 005813-2026-SG/JNE, del 15 de junio de 2026, se requirió a la Municipalidad Distrital de Santa Cruz que, en el plazo de tres (3) días hábiles, remita documentación relacionada con la licencia otorgada al señor alcalde; entre ella, la solicitud de licencia sin goce de haber debidamente presentada ante la mesa de partes de la entidad edil.

1.3. En atención a dicho requerimiento, mediante el oficio citado en el visto, el señor solicitante remitió la documentación solicitada dentro del plazo otorgado.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la Constitución Política del Perú

1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación.

En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)

1.2. El primer párrafo y el numeral 1 del artículo 24 establecen que, en caso de vacancia o ausencia del alcalde, este es reemplazado por el teniente alcalde, quien es el primer regidor hábil de su propia lista electoral; asimismo, al teniente alcalde lo reemplaza el regidor hábil que sigue en dicha lista electoral.

1.3. El numeral 2 del artículo 24 establece que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.

En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM1

1.4. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, a fin de elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la república y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la república.

En la Resolución N° 00746-2025-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 20262

1.5. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución N° 00746-2025-JNE, precisó, en el considerando 11, que la fecha que corresponde a los ciento veinte (120) días de anticipación a las ERM 2026 es el 6 de junio de 2026. Asimismo, en el numeral 4.1 de la parte resolutiva dispuso que las solicitudes de licencia sin goce de haber deben ser presentadas por escrito ante la entidad pública correspondiente hasta el 8 de junio de 2026 (120 días calendario antes de las elecciones) y que dichas licencias surten efecto desde su presentación.

En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales del Jurado Nacional de Elecciones3 (en adelante, Reglamento)

1.6. El artículo 14 regula lo siguiente:

Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica

Todas las partes de los procesos jurisdiccionales -electorales y no electorales- son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.

En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:

<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros).

<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.

SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO

2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, por medio del Acuerdo de Concejo 019-2026-MDSC/CM, del 2 de junio de 2026, el Concejo Distrital de Santa Cruz, provincia de Palpa, departamento de Ica, aprobó la licencia sin goce de haber del señor alcalde, con vigencia desde el 6 de junio hasta el 4 de octubre de 2026. Asimismo, de la documentación obrante en autos se verifica que dicha licencia fue solicitada con motivo de la participación del señor alcalde como candidato a consejero regional en las ERM 2026.

2.2. Al respecto, se debe tener en cuenta que el acápite 4.1 del numeral 4 de la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.5.) precisó que las solicitudes de licencia sin goce de haber deben ser presentadas por escrito ante la entidad pública correspondiente hasta el 8 de junio de 2026 (120 días calendario antes de las elecciones) y que dichas licencias surten efecto desde su presentación.

2.3. En ese sentido, dado que la solicitud de licencia sin goce de haber del señor alcalde cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Santa Cruz y, de acuerdo con lo establecido en la LOM y en la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.2., 1.3. y 1.5.), con la finalidad de mantener la representación de la entidad edil en mención, corresponde convocar a doña Katherine del Rosario Peñarán Janampa, identificada con DNI N° 70394266, primera regidora del mencionado concejo, para que asuma temporalmente el cargo de alcaldesa de la referida municipalidad.

2.4. Además, con la finalidad de completar el número de regidores, corresponde convocar a doña Rosa Melba Pacheco Condori, identificada con DNI N° 22190130, candidata no proclamada de la organización política Alianza para el Progreso, para que asuma temporalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Santa Cruz.

2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Santa Cruz, provincia de Palpa, departamento de Ica, emitida el 4 de noviembre de 2022 por el Jurado Electoral Especial de Ica, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

2.6. Finalmente, se precisa que la notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.).

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

1.- DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Carlos Alberto Gutiérrez Accho como alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz, provincia de Palpa, departamento de Ica, por el periodo comprendido desde el 6 de junio hasta el 4 de octubre de 2026.

2.- CONVOCAR a doña Katherine del Rosario Peñarán Janampa, identificada con DNI N° 70394266, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz, provincia de Palpa, departamento de Ica, por el periodo comprendido desde el 6 de junio hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal.

3.- CONVOCAR a doña Rosa Melba Pacheco Condori, identificada con DNI N° 22190130, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Santa Cruz, provincia de Palpa, departamento de Ica, por el periodo comprendido desde el 6 de junio hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal.

4.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

MAISCH MOLINA

GONZALES BARRÓN

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

2 Publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

3 Aprobado por la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

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