Convocan a ciudadanos para que asuman, provisionalmente, los cargos de alcaldesa y regidor de la Municipalidad Provincial de Sihuas, departamento de Áncash
Resolución Nº 1845-2026-JNE
Expediente Nº JNE.2026214672
SIHUAS - ÁNCASH
LICENCIA DE AUTORIDAD
CONVOCATORIA DE CANDIDATO
NO PROCLAMADO
Lima, 17 de julio de 2026
VISTO: el Oficio Nº 108-2026-MPS/A, del 7 de julio de 2026, mediante el cual don Demetrio Adrián Buiza Picón, alcalde de la Municipalidad Provincial de Sihuas, departamento de Áncash (en adelante señor alcalde), remitió la solicitud de licencia sin goce de haber, la cual fue concedida a favor de su persona, ingresada por mesa de partes, con motivo de su participación como candidato en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026)
ANTECEDENTES
1.1. A través del Oficio Nº 009-2026-MPS/SG, del 26 de junio de 2026, presentado el 26 de junio de 2026, doña Sydney Rodríguez Villanueva, secretaria general de la Municipalidad Provincial de Sihuas, remitió el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 033-2026- MPS/CM, del 15 de del mismo mes y año, por medio del cual el Concejo Provincial de Sihuas aprobó la licencia sin goce de haber del señor alcalde, con vigencia a partir del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026.
1.2. Posteriormente, a través del Oficio Nº 006450-2026-SG/JNE, del 7 de julio de 2026, se requirió a la Municipalidad Provincial de Sihuas que, en el plazo de tres (3) días hábiles, remitiera la solicitud de licencia sin goce de haber, debidamente presentada ante la mesa de partes de la entidad edil, y copia autenticada del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 033-2026- MPS/CM, del 15 de junio de 2026.
1.3. En atención a dicho requerimiento, con el oficio citado en el visto, el señor alcalde remitió la documentación requerida dentro del plazo otorgado.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)
En la Constitución Política del Perú
1.1 El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la nación.
En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)
1.2. El primer párrafo y el numeral 1 del artículo 24 establecen que, en caso de vacancia o ausencia del alcalde, este es reemplazado por el teniente alcalde, quien es el primer regidor hábil de su propia lista electoral; asimismo, al teniente alcalde lo reemplaza el regidor hábil que sigue en dicha lista electoral.
1.3. El numeral 2 del artículo 24 determina que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral.
En el Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM1
1.4. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, a fin de elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la república y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la república.
En la Resolución Nº 00746-2025-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 20262
1.5. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como los organismos, empresas del Estado y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el acápite 6.1. del numeral 6 de la parte resolutiva dispuso:
6.1. Las solicitudes de licencia sin goce de haber tiene que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones) [resaltado agregado].
En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales del Jurado Nacional de Elecciones3 (en adelante, Reglamento)
1.6. El artículo 14 regula lo siguiente:
Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica
Todas las partes de los procesos jurisdiccionales –electorales y no electorales– son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.
En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:
<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros).
<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.
SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
2.1. De la revisión de los actuados se verifica que, mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 033-2026-MPS/CM, del 15 de junio de 2026, el Concejo Provincial de Sihuas aprobó la licencia sin goce de haber solicitada por el señor alcalde, por el término de treinta (30) días calendario, del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026. Asimismo, de la documentación obrante en el expediente, se verifica que el señor alcalde ha presentado su candidatura al cargo de alcalde del distrito de San Juan para participar en las ERM 2026.
2.2. Al respecto, se debe tener en cuenta que, en aplicación del acápite 6.1 del numeral 6 de la Resolución Nº 00746-2025-JNE (ver SN 1.5.), el periodo de las licencias abarcará desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de las ERM 2026.
2.3. En ese sentido, dado que la solicitud de licencia sin goce de haber del señor alcalde cuenta con la aprobación del Concejo Provincial de Sihuas, y de acuerdo con lo establecido en la LOM y en la Resolución Nº 00746-2025-JNE (ver SN 1.1. y 1.5.), con la finalidad de mantener la representación de la entidad edil en mención, corresponde convocar a doña Cleogosmith Chávez Velásquez, identificada con DNI Nº 43161211, primera regidora del mencionado concejo, para que asuma temporalmente el cargo de alcaldesa de la referida comuna, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.
2.4. Además, con la finalidad de completar el número de regidores, corresponde convocar a don Higinio Alejandro Romero Romero, identificado con DNI Nº 33241497, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Regional El Maicito, para que asuma temporalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Sihuas, departamento de Áncash, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.
2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas de la provincia de Sihuas, departamento de Áncash, emitida el 25 de octubre de 2022 por el Jurado Electoral Especial de Pomabamba, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
2.6. Finalmente, se precisa que la notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.).
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Demetrio Adrián Buiza Picón, alcalde de la Municipalidad Provincial de Sihuas, departamento de Áncash, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026.
2. CONVOCAR a doña Cleogosmith Chávez Velásquez, identificada con DNI Nº 43161211, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Sihuas, departamento de Áncash, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.
3. CONVOCAR a don Higinio Alejandro Romero Romero, identificado con DNI Nº 33241497, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Sihuas, departamento de Áncash, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.
4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución Nº 0830-2025-JNE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
BURNEO BERMEJO
MAISCH MOLINA
GONZALES BARRÓN
TORRES CORTEZ
OYARCE YUZZELLI
Clavijo Chipoco
Secretaria General
1 Publicado el 6 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
2 Publicado el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
3 Aprobado por la Resolución Nº 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
2539846-1