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Fecha de publicación: 02/08/2026
Designan Jefe de la Oficina de Gestión de Proyectos, Director de la Dirección de Gestión de Equipamiento y Recursos Mobiliarios y Directora de la Dirección de Gestión Predial de la ANIN

Designan fiscal adjunto provincial titular penal del Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada

resolución de la fiscalía de la nación

Nº 2267-2026-MP-FN

Lima, 31 de julio de 2026

VISTOS:

Los oficios Nºs. 004181 y 005037-2026-MP-FN-FSCN-FECCO, de fechas 22 de junio y 24 de julio de 2026, respectivamente, e informe Nº 0193-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 31 de julio de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante los oficios de vistos, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, solicita se disponga la permanencia del abogado Ricardo Adolfo Pérez Capcha —recientemente nombrado por la Junta Nacional de Justicia como fiscal adjunto provincial titular penal del Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur, Distrito Fiscal de Lima Centro— a fin de que continúe desempeñando funciones como fiscal adjunto provincial de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, con el fin de garantizar la continuidad y eficacia del servicio fiscal en investigaciones y procesos penales de criminalidad organizada de alta complejidad; asimismo, se precisa en dicho documento, que el referido magistrado ha manifestado expresamente su conformidad y voluntad de continuar prestando servicios en el citado despacho.

A través del Acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos Nº 6536-2024, de fecha 8 de julio de 2024, se acordó solicitar a la Junta Nacional de Justicia que las plazas con especialidad detallada, materia de las convocatorias Nºs. 002-2024-SN/JNJ, 004-2024-SN/JNJ y 006-2024-SN/JNJ, en los diversos niveles jerárquicos, sean consideradas como fiscales penales, manteniéndose la ubicación geográfica y el Distrito Fiscal; en esa línea, con oficio Nº 037-2025-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2025, se solicitó hacer de conocimiento del Pleno de la Junta Nacional de Justicia el referido acuerdo para tomarlo en cuenta en las convocatorias a concurso en el ejercicio 2025.

En consecuencia, con Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 388-2026-JNJ, de fecha 11 de junio de 2026, emitida en el marco de la Convocatoria Nº 007-2025-SN/JNJ, la Junta Nacional de Justicia nombró, entre otros, al abogado Ricardo Adolfo Pérez Capcha, fiscal adjunto provincial penal del Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur del distrito fiscal de Lima Centro; cargo al que juramenta el 18 de junio de 2026.

Por lo tanto, en virtud al Acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos Nº 6536-2024, al oficio Nº 037-2025-MP-FN y a la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 388-2026-JNJ, se dispuso mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2179-2026-MP-FN, de fecha 20 de julio de 2026, se resolvió, designar al abogado Ricardo Adolfo Pérez Capcha, fiscal adjunto provincial titular penal del Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo de Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur, con sede en la ciudad de Lima Centro, con competencia en los Distritos Fiscales de Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur.

Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.

El Ministerio Público en atención a sus funciones generales y específicas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030, ha definido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en beneficio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fiscal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fiscal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal.

En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), así como las metas institucionales, siendo relevante que los despachos fiscales sean gestionados de manera íntegra, eficiente y oportuna, estando a los pedidos efectuados por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada a través de los oficios Nºs. 004181 y 005037-2026-MP-FN-FSCN-FECCO, de fechas 22 de junio y 24 de julio de 2026, respectivamente, y a la necesidad de garantizar la continuidad del servicio fiscal de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, resulta necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de designar al abogado Ricardo Adolfo Pérez Capcha —fiscal adjunto provincial titular penal del Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur, Distrito Fiscal de Lima Centro— en la referida fiscalía, para lo cual previamente se deberá dar por concluida su designación descrita en el cuarto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; asimismo, se precisa que dicha designación no supone el cambio de ubicación de su respectiva plaza fiscal, la cual se encuentra acorde a lo señalado en el oficio Nº 037-2025-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2025.

La referida medida se dispone por estricta necesidad de servicio, toda vez que el mencionado abogado ya viene desempeñando funciones en el despacho fiscal en el que será designado, mediante la presente resolución, por lo que resulta indispensable garantizar la continuidad, estabilidad y normal funcionamiento del servicio fiscal, evitando la afectación de las investigaciones, actuaciones fiscales y demás labores propias de dicho despacho, así como preservar la eficiencia, eficacia y oportunidad en la prestación del servicio; ello, en atención al marco normativo aplicable y según el informe Nº 0193-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 31 de julio de 2026. Asimismo, se precisa que para la designación señalada en el párrafo precedente se cuenta con el consentimiento del fiscal titular.

De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Ricardo Adolfo Pérez Capcha, fiscal adjunto provincial titular penal del Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo de Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur, con sede en la ciudad de Lima Centro, con competencia en los Distritos Fiscales de Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2179-2026-MP-FN, de fecha 20 de julio de 2026.

Artículo Segundo.- Designar al abogado Ricardo Adolfo Pérez Capcha, fiscal adjunto provincial titular penal del Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Ricardo Adolfo Pérez Capcha que, de corresponder, deberá efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur, Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y al fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2539385-4