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Fecha de publicación: 02/08/2026
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Ordenanza que instituye la promoción de valores ético morales que fortalecen a la familia, a través de actos celebratorios y conmemorativos por el “Día de la Familia Chalaca”

Ordenanza Municipal

Nº 10-2026/MPC

Callao, 22 de julio de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO

VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo, celebrada en la fecha, el Dictamen N° 04-2026-MPC-SR-COMUNIA de fecha 03 de julio de 2026 de la Comisión de la Mujer, el Niño, el Adolescente, la Juventud y el Adulto Mayor;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 4 de la Constitución Política del Perú establece que la comunidad y el Estado protegen especialmente a la familia, reconociéndola como instituto natural y fundamental de la sociedad, promoviendo su fortalecimiento y bienestar integral;

Que, los artículos 82 y 84 de la Ley N.º 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, disponen que las municipalidades ejercen funciones específicas en materia de educación, cultura, programas sociales, promoción de derechos y fortalecimiento de la comunidad, promoviendo actividades orientadas al desarrollo integral de la persona y la integración familiar;

Que, a través de la Carta N° 001-2026-MPC/CM-AFEV de fecha 06 de enero de 2026, el Regidor Provincial, Ángel Freddy Estación Velásquez presenta un proyecto de Ordenanza que plantea institucionalizar el “Dia de la Familia Chalaca” en la Provincia Constitucional del Callao, como fecha conmemorativa el segundo domingo del mes de setiembre de cada año; con la finalidad de promover y realizar actividades de integración familiar, cultural, recreativa, educativas y de sensibilización, orientadas al fortalecimiento de los vínculos familiares y la trasmisión de valores en la comunidad chalaca;

Que, mediante Informe N° 019-2026-MPC/GDH-SGPMPV-JD de fecha 22 de enero de 2026, la Jefatura de la Defensoría Municipal de la Niña, Niño y Adolescente (DEMUNA), enriquece y desarrolla la propuesta, presentando un nuevo proyecto de ordenanza denominado “Ordenanza que instituye la promoción de valores éticos morales que fortalecen a la familia, a través de actos celebratorios y conmemorativos por el “Dia de la Familia Chalaca”;

Que, mediante Informe N° 041-2026-MPC/GDH-SGPMPV de fecha 23 de enero de 2026, la Subgerencia de Protección a la Mujer y Poblaciones Vulnerables hace suyo el Informe N° 019-2026-MPC/GDH-SGPMPV-JD, de la Jefatura de la Defensoría Municipal de la Niña, Niño y Adolescente (DEMUNA); por el cual señala la viabilidad del proyecto de ordenanza en mención;

Que, mediante Informe N° 06-2026-MPC/GDH de fecha 27 de enero de 2026, la Gerencia de Desarrollo Humano hace suyo en todos sus extremos los Informes N° 041-2026-MPC/GDH-SGPMPV, N° 019-2026-MPC/GDH-SGPMPV-JD y N° 003-2026-SARA, mediante el cual traslada el expediente y sus actuados a la Gerencia Municipal sin formular observación alguna;

Que, mediante Memorando N° 046-2026-MPC/OGPMPI de fecha 06 de febrero de 2026, la Oficina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones hace suyos los siguientes informes:

- Informe N° 038-2026-MPC/OGPMPI-OPM de fecha 03 de febrero de 2026, por el cual la Oficina de Planeamiento y Modernización, concluye que la propuesta de Ordenanza se alinea al OEI.04 “Mejorar los servicios de protección social en la provincia” del Plan Estratégico Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao – PEI 2025-2030, aprobado mediante Resolución de Alcaldía N° 302-2024/ALC-MPC.

- Informe N° 478-2026-MPC/OGPMPI-OPR de fecha 04 de febrero de 2026, por el cual la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestal respecto al proyecto de Ordenanza en mención, señalando la viabilidad y considerando la evaluación sobre los recursos existentes que estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal del pliego 300677-Municipalidad Provincial del Callao, correspondiente al presupuesto institucional autorizado para el periodo fiscal que corresponda.

Que, mediante Informe N° 118-2026-MPC/OGAJ de fecha 05 de mayo de 2026, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable con respecto al proyecto de Ordenanza Municipal que instituye la promoción de valores éticos morales que fortalecen a la familia, a través de actos celebratorios y conmemorativos por el “Día de la Familia Chalaca” en la Provincia Constitucional del Callao;

Que, la Comisión de la Mujer, el Niño, el Adolescente, la Juventud y el Adulto Mayor, a través del Dictamen N° 17-2026-MPC-SR-COMUNIA de fecha 03 de julio de 2026, recomienda al Concejo Municipal Provincial del Callao se apruebe la propuesta de Ordenanza Municipal en cuestión, disponiendo se eleve al Pleno del Concejo para su pronunciamiento;

Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 inciso 8), así como en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, el Concejo Municipal, por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente;

ORDENANZA QUE INSTITUYE LA PROMOCIÓN

DE VALORES ÉTICO MORALES QUE FORTALECEN

A LA FAMILIA, A TRAVÉS DE ACTOS CELEBRATORIOS Y CONMEMORATIVOS

POR EL “DÍA DE LA FAMILIA CHALACA”

Artículo 1.- OBJETIVO

Instituir en la Provincia Constitucional del Callao la promoción de valores ético-morales que fortalecen a la familia, a través de actos celebratorios y conmemorativos, durante el mes de Setiembre de cada año, siendo la fecha central el segundo domingo de setiembre, en el marco de la celebración nacional por el Día de la Familia, la cual tiene carácter oficial por la Ley N° 23466, desde 1982. 

La presente ordenanza tiene la finalidad de generar espacios de articulación y coordinación entre la Municipalidad Provincial del Callao, con las organizaciones sociales provalores, instituciones religiosas, entidades públicas y privadas, y los vecinos del Callao.

Artículo 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN

Las disposiciones contenidas en la presente ordenanza son de cumplimiento obligatorio para los órganos y unidades orgánicas, órganos desconcentrados y órganos desconcentrados especializados en la Municipalidad Provincial del Callao.

Las municipalidades distritales, dentro del ámbito de la Provincia Constitucional del Callao, deberán acogerse a lo dispuesto en la presente norma, así como implementar actos celebratorios y conmemorativos que promuevan valores ético-morales que fortalezcan a las familias de su jurisdicción. 

Artículo 3.- FINALIDAD

Informar, concientizar y promover valores ético-morales en el núcleo de la sociedad, que es la familia, a fin de coadyuvar al desarrollo y bienestar de nuestros ciudadanos. Asimismo, impulsar el cumplimiento de la Ley N° 23466 que celebra el “Día de la Familia Peruana”, conjuntamente con las normas que protegen la vida del niño por nacer, la integridad del niño y el adolescente y la defensa de los derechos constitucionales y la no violencia.

Artículo 4. ACCIONES PARA LOS ACTOS CELEBRATORIOS Y CONMEMORATIVOS

Respecto de la realización de los actos celebratorios y conmemorativos por el “Día de la Familia Chalaca” que contribuyan a la valorización del papel de la familia en la sociedad, se establecen las siguientes acciones cuyo cumplimiento están a cargo del órgano u órganos competentes de la Municipalidad Provincial del Callao, en articulación con otras entidades provalores públicas o privadas:

4.1 Campaña de servicios de atención, protección y asistencia social a favor de la familia y sus integrantes, con atención prioritaria en aquellas en situación de extrema pobreza, pobreza o riesgo social, así como en hogares con un solo progenitor en las zonas urbanas y periurbanas pobres de la Provincia Constitucional del Callao.

4.2 Conversatorios, foros, mesas de diálogo, conferencias, exposiciones culturales y/o artísticas dirigidos al público en general, para tratar temas relacionados a la corresponsabilidad familiar, virtudes y valores dentro de la familia, dinámicas familiares, comunicación asertiva e inteligencia emocional, la identificación y prevención de la violencia familiar, y demás temas de interés para la ciudadanía, con especialistas en la materia.

4.3 Concursos, promovidos en alianza con entidades públicas y/o privadas, que reconozcan iniciativas ciudadanas que contribuyan a la visibilidad y sensibilización sobre el valor de la familia con base en su conceptualización como institución natural con relaciones sanas, que promuevan la corresponsabilidad familiar y la convivencia pacífica, armoniosa y libre de violencia en la Provincia Constitucional del Callao.

4.4 Actividades culturales y/o recreativo-deportivas en instituciones educativas (públicas o privadas), promovidos en alianza con entidades públicas y/o privadas, que estimulen iniciativas escolares que fomenten el valor de la familia con base en su conceptualización como institución natural, con relaciones sanas y la corresponsabilidad familiar, y que incentiven la integración familiar y la adopción de hábitos saludables para la prevención de la violencia en su institución y comunidad.

4.5 Campañas educativas orientadas a promover e inculcar en niños, niñas y adolescentes, valores y capacidades asociadas al respeto mutuo, la igualdad de oportunidades y la comunicación asertiva en las relaciones intergeneracionales e interpersonales, la corresponsabilidad familiar, así como la identificación y prevención de violencia familiar, con la participación de padres, madres de familia, responsables de crianza (tíos, abuelos, etc.) y demás actores de la comunidad educativa.

4.6 Difusión de contenido a través de las redes sociales de la Municipalidad Provincial del Callao orientado a sensibilizar a la ciudadanía, especialmente a la niñez y juventud, sobre el valor de la familia con base a relaciones sanas, la corresponsabilidad familiar y la convivencia libre de violencia en la Provincia Constitucional del Callao.

4.7 La realización de la “Marcha por el Día de la Familia Chalaca” organizada por la Municipalidad Provincial del Callao a través de la gerencia competente, en cooperación con organizaciones de la sociedad civil.

4.8 Evento central celebratorio del “Día de la Familia”, promovido en alianza con entidades públicas y/o privadas, que promueva el encuentro y esparcimiento familiar, acompañado de actividades y juegos para todas las edades, en espacios públicos accesibles -inclusivos para las personas con habilidades diversas- y seguros (mercados, parques, plazas, centros comerciales, escuelas, entre otros) que estimulen vínculos afectivos entre los miembros de la familia.

4.9 Otras acciones que sean necesarias para el cumplimiento del objetivo y finalidad de la presente Ordenanza.

Artículo 5. LINEAMIENTOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA FAMILIA

Respecto de la conformación, protección y reconocimiento de la familia que contribuyan a su desarrollo y bienestar en la Provincia Constitucional del Callao, se establecen los siguientes lineamientos cuyo cumplimiento están a cargo del órgano u órganos competentes de la Municipalidad Provincial del Callao, en articulación con otras entidades pro-valores públicas o privadas:

5.1 Fortalecimiento de la unión y bienestar familiar con base a una cultura de paz, respeto mutuo y sana convivencia para la solución de conflictos y la prevención de la violencia en las relaciones intrafamiliares.

5.1.1 Brindar acompañamiento, consejería y/o capacitaciones a la familia para promover la corresponsabilidad familiar, paternidad responsable, la estructuración de dinámicas familiares sanas, identificación y prevención de la violencia familiar y otros aspectos favorables para las relaciones entre sus integrantes, con el apoyo de diferentes entidades públicas y privadas competentes.

5.1.2 Promover medidas en las instituciones educativas que incentiven la adopción de hábitos saludables en los niños, niñas y adolescentes y estimulen la integración familiar para el fortalecimiento de una convivencia sana y la prevención de la violencia juvenil, con participación de la comunidad escolar.

5.1.3 Generar y fomentar espacios públicos y privados accesibles y seguros que promuevan el desarrollo de actividades familiares de encuentro y esparcimiento, involucrando a las propias familias y vecinos en la organización y ejecución, con el apoyo de las diferentes entidades públicas y privadas competentes.

5.1.4 Brindar y promover servicios accesibles y descentralizados de atención, protección, recuperación y asistencia social a la familia y sus integrantes, con atención prioritaria de aquellas en situación de extrema pobreza, pobreza o riesgo social, así como en hogares con un solo progenitor y que cuentan con miembros en situación de dependencia (niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores).

5.2 Fortalecimiento de la promoción de los principios y valores familiares y las funciones que cumple la familia para el desarrollo social en la población.

5.2.1 Implementar una estrategia comunicacional que incorpore mensajes y prácticas orientadas a la valorización de la familia y el rol de cada uno de sus miembros, en perfecta armonía con la institución familiar y de su reconocimiento constitucional y legal, en las comunicaciones orales, escritas y gráficas, para su difusión al interior y exterior de la institución.

5.2.2 Promover la difusión de principios y valores familiares a través de materiales educativos y alentar el compromiso de los medios de comunicación, en articulación con instituciones educativas, escuelas de padres y demás entidades públicas y privadas competentes.

5.2.3 Implementar medidas de promoción y difusión comunitaria que incorporen la transmisión de mensajes y prácticas orientadas a la valorización de la familia y el rol de cada uno de sus miembros, en perfecta armonía con la institución familiar y de su reconocimiento constitucional y legal, a través de espacios que fomenten la participación de la ciudadanía e incentiven el voluntariado municipal.

5.3 Fortalecer una cultura organizacional favorable a la conciliación de la vida familiar y laboral que contribuya a compatibilizar la actividad económica y la convivencia familiar.

5.3.1 Implementar una estrategia integral de acompañamiento espiritual y religioso, basado en principios éticos y morales, en coordinación con las organizaciones religiosas, a fin de concientizar una cultura de paz, amor, respeto, unión y convivencia socio-emocional entre los integrantes del núcleo familiar.

5.3.2 Capacitar a servidores y funcionarios en temas vinculados a la corresponsabilidad familiar, paternidad responsable, identificación y prevención de la violencia familiar, acompañamiento espiritual socio-emocional individual o masivo; y otros aspectos favorables para las relaciones familiares sanas, así como brindar información de utilidad sobre políticas de la institución favorables a la conciliación familiar y laboral de acuerdo a Ley (licencias, descansos, lactarios, etc.).

Artículo 6.- RECONOCIMIENTO MUNICIPAL

Promuévase, mediante reconocimientos, ceremonias y/o diplomas al mérito para entidades, tanto públicas como privadas de la jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao, que aseguren y resguarden el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo con lo establecido en las políticas nacionales.

Artículo 7.- ÓRGANOS COMPETENTES

La Gerencia de Desarrollo Humano, o quien haga sus veces, es el órgano de línea encargado de liderar la implementación de la presente ordenanza y de articular con los órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad Provincial del Callao, así como con organizaciones sociales, instituciones religiosas, entidades públicas y privadas, para el cumplimiento de la misma.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Primera.- Declarar de interés municipal y social la celebración del “Día de la Familia Chalaca”, instituyéndose como fecha conmemorativa en toda la jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao, el Segundo Domingo del mes de setiembre de cada año, en concordancia con la legislación nacional vigente.

Segunda.- Disponer que, en el marco de dicha celebración, la Municipalidad Provincial del Callao, a través de sus órganos de línea competentes promueva y realice actividades de integración familiar, culturales, recreativas, educativas y de sensibilización espiritual (socio-emocional), orientadas al fortalecimiento de los vínculos familiares y la transmisión de valores éticos y morales en la comunidad chalaca.

Tercera.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.

Cuarta.- Deróguese toda normativa que sea contraria a la presente ordenanza.

Quinta. - La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Sexta.- Encargar a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación la publicación de la misma en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.gob.pe/municallao).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

CÉSAR PÉREZ BARRIGA

Alcalde

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

GEORGE VICTOR COLLANTES FERNANDEZ

Secretario General del Concejo Municipal

2539274-1