Aprueban modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Ancón
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 065-2026-A/MDA
Ancón, 15 de julio de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN
VISTOS: El Memorándum N° 0890-2026-GDHEDyS/MDA, de fecha 30 de junio de 2026, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, Económico, DEMUNA y Salud; el Informe N° 0212-2026-OGPPPI/MDA, de fecha 01 de julio de 2026, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Memorándum N° 2099-2026-GM/MDA, de fecha 06 de julio de 2026, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe N° 0501-2026-OGSGyAJ/MDA, con fecha de recepción 14 de julio de 2026, emitido por la Oficina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos; el Memorándum N° 2199-2026-GM/MDA, de fecha 10 de julio de 2026, emitido por la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194° modificada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo Il del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrado y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, conforme a lo dispuesto en el inciso 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades se establece que una de las atribuciones del Alcalde es: “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, on sujeción a las leyes y ordenanzas”; concordante con el artículo 43° del mismo dispositivo legal que señala: “Las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo”;
Que, el numeral 37.2 del artículo 37º del Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60° de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;
Que, en relación a los servicios prestados por los gobiernos locales, el artículo 32° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece: “Los servicios públicos locales pueden ser de gestión directa y de gestión indirecta, siempre que sea permitido por ley y que se asegure el interés de los vecinos, la eficiencia y eficacia del servicio y el adecuado control municipal. En toda medida destinada a la prestación de servicios deberá asegurarse el equilibrio presupuestario de la municipalidad.”;
Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 033-2026-A/MDA se aprueba la actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Ancón, donde se estable en tarifario para los servicios no exclusivos que brindan las diferentes unidades de organización de la entidad;
Que, mediante Memorándum N° 0890-2026-GDHEDyS/MDA, de fecha 30 de junio de 2026, la Gerencia de Desarrollo Humano, Económico, DEMUNA y Salud remitió a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones la propuesta elaborada por la Subgerencia de Desarrollo Social, precisando que la misma se encuentra alineada con las competencias institucionales previstas en la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley General de Salud y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ancón; por ello, solicitó continuar con el trámite correspondiente para su incorporación al Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE);
Que, mediante Informe N° 0212-2026-OGPPPI/MDA, de fecha 01 de julio de 2026, la Jefa de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones remitió a la Gerencia Municipal el proyecto de Resolución de Alcaldía que modifica el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Ancón, adjuntando el anexo que contiene la propuesta de incorporación de los nuevos servicios;
Que, mediante Memorándum N° 2099-2026-GM/MDA, de fecha 06 de julio de 2026, la Gerencia Municipal solicitó a la Oficina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos la evaluación del proyecto de Resolución de Alcaldía antes referido, así como la emisión del correspondiente informe legal sobre su procedencia;
Que, mediante Informe N° 0501-2026-OGSGyAJ/MDA, de fecha 10 de julio de 2026, la Oficina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos emitió opinión legal favorable respecto del proyecto de Resolución de Alcaldía que modifica el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Ancón, concluyendo que la incorporación de los servicios propuestos constituye la formalización de prestaciones brindadas por la Municipalidad en el ejercicio de sus competencias, cuya aprobación corresponde al Titular de la Entidad mediante Resolución de Alcaldía, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 37.4 del artículo 37 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y los artículos 6, 39 y 43 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, mediante Memorándum N° 2199-2026-GM/MDA, de fecha 14 de julio de 2026, la Gerencia Municipal recomienda la emisión de la Resolución de Alcaldía que actualice el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de Ancón;
Que, conforme con las consideraciones anteriormente expuestas y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 20° inciso 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Ancón, procediéndose a incorporar en la Subgerencia de Desarrollo Social, los servicios de baños públicos municipales según detalle consignado en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el estricto cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía, a las unidades orgánicas de la Entidad Municipal que correspondan.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General y Asuntos Jurídicos la publicación del presente Resolución y su anexo, en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y a la Oficina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ancón (www.gob.pe/muniancon).
Artículo Cuarto.- La presente Resolución de Alcaldía y su anexo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación de acuerdo a Ley.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SAMUEL MARCOS DAZA TAYPE
Alcalde
ANEXO RESOLUCIÓN
DE ALCALDÍA N° 065-2026-A/MDA
|
N° |
Denominación del servicio |
Requisitos |
Tarifa (S/) |
|
|
SUBGERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL |
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|
8 |
USO DE SERVICIOS HIGIÉNICOS PÚBLICOS MUNICIPALES |
1 |
Pago por persona |
1.00 |
|
9 |
USO DE DUCHAS PÚBLICAS MUNICIPALES |
1 |
Pago por persona |
2.00 |
2539261-1