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Fecha de publicación: 01/08/2026
Designan Director de Inteligencia Nacional de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI

Aprueban instrumento denominado “Modelo de Servicio de Cuidado Diurno para Personas con Discapacidad”

RESOLUCIóN DE PRESIDENCIA

N° D000141-2026-CONADIS-PRE

Lince, 30 de julio del 2026

VISTOS:

El Informe N° D000084-2026-CONADIS-SDPP-ACFH, la Nota N° D000922-2026-CONADIS-SDPP, el Informe N° D000087-2026-CONADIS-SDPP-ACFH y la Nota N° D000951-2026-CONADIS-SDPP, formulados por la Subdirección de Políticas Públicas; el Memorando N° D000578-2026-CONADIS-DPSGE y el Memorando N° D000595-2026-CONADIS-DPSGE elaborados por la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia; el Informe N° D000035-2026-CONADIS-OPPM-LECM y el Memorando N° D001554-2026-CONADIS-OPPM, elaborados por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000600-2026-CONADIS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad (en adelante, LGPCD) establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (en adelante, Conadis) es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad y está constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 64 de la LGPCD tiene la función de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales en materia de discapacidad;

Que, el artículo 73 de la LGPCD señala que el Conadis ejerce la rectoría del Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (SINAPEDIS), y es la autoridad técnico-normativa a nivel nacional sobre la materia;

Que, el numeral 66-A.2 del artículo 66-A del Reglamento de la LGPCD aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, establece que el Conadis diseña y aprueba el modelo del servicio de asistencia personal, espacios de respiro, centros de atención para personas con discapacidad y otros de corresponder;

Que, dando cumplimiento a dicha disposición, mediante Resolución de Presidencia N° D000091-2026-CONADIS-PRE del 30 de abril de 2026 se dispuso la la publicación del proyecto denominado “Modelo de Servicio de Cuidado Diurno para Personas con Discapacidad”, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – Conadis (www.gob.pe/conadis), en el marco de lo dispuesto en la Directiva N° 000002-2021-CONADIS-PRE, “Directiva que establece las pautas para el desarrollo de procesos de consulta a las personas con discapacidad”, aprobada por Resolución de Presidencia N° D000040-2021-CONADIS-PRE;

Que, culminado el proceso de consulta, la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia, mediante el Memorando N° D000578-2026-CONADIS-DPSGE sustentado en la Nota N° D000922-2026-CONADIS-SDPP que brinda conformidad al Informe N° D000084-2026-CONADIS-SDPP-ACFH y el Memorando N° D000595-2026-CONADIS-DPSGE sustentado en la Nota N° D000951-2026-CONADIS-SDPP que a su vez brinda conformidad al Informe N° D000087-2026-CONADIS-SDPP-ACFH, propone la aprobación del “Modelo de Servicio de Cuidado Diurno para Personas con Discapacidad” con el objetivo de promover la autonomía, la participación y la inclusión en la comunidad de las personas con discapacidad de 3 a 59 años en situación de dependencia que requieren apoyos humanos provistos por un equipo multidisciplinario para el desarrollo de las actividades de la vida diaria;

Que, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Memorando N° D001554-2026-CONADIS-OPPM sustentado en el Informe N° D000035-2026-CONADIS-OPPM-LECM, emite opinión al “Modelo de Servicio de Cuidado Diurno para Personas con Discapacidad”, precisando que cuenta con alineamiento institucional y la validación de la Dirección de Prevención y Protección Integral, órgano de línea encargado de implementar el servicio de cuidado diurno para personas con discapacidad;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, con el Informe N° D000600-2026-CONADIS-OAJ, opina que resulta jurídicamente viable la publicación del “Modelo de Servicio de Cuidado Diurno para Personas con Discapacidad”, a través de Resolución de Presidencia, en cumplimiento del marco legal vigente sobre la materia;

Que, de acuerdo con los literales m) y q) del artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Conadis, aprobado por la Resolución de Presidencia N° D000119-2024-CONADIS-PRE, la Presidencia tiene las funciones de aprobar normas y documentos técnicos de los procedimientos que ejecutan los órganos de línea del Conadis, en concordancia con las políticas institucionales y la normativa vigente, así como de emitir resoluciones en el ámbito de su competencia;

Con el visto bueno de la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia, la Dirección de Prevención y Protección Integral, la Oficina de Planeamiento Presupuesto y Modernización, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, aprobado por la Resolución de Presidencia N° D000119-2024-CONADIS-PRE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR el instrumento denominado “Modelo de Servicio de Cuidado Diurno para Personas con Discapacidad” conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia.

Artículo 2.- DISPONER que la presente Resolución de Presidencia y su anexo sean publicados en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), así como en la sede digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - Conadis (www.gob.pe/conadis), el mismo día de la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLGA MERCEDES VILLALOBOS MANRIQUE

Presidenta (dt)

Consejo Nacional para la Integración

de la Persona con Discapacidad

2538907-1