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Fecha de publicación: 13/08/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en algunos distritos de las provincias de Huancavelica y Tayacaja del departamento de Huancavelica y de las provincias de Chupaca, Concepción y Huancayo del departamento de Junín, por impacto de daños a consecuencia de movimientos sísmicos

Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Barranca para participar en pasantía a realizarse en Brasil

UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA

Resolución de Comisión Organizadora

Nº 885-2026-UNAB

Barranca, 21 de julio de 2026

VISTO:

El Exp. N° 2252-2026 de la Presidencia, OFICIO N° 0197-2026-UNAB-VP. INVEST, OFICIO N° 604-2026-UNAB-VPI-II, INFORME Nº 589-2026-UNAB/OPP, INFORME Nº 0675-2026-UNAB/UPPM y la CARTA 006-2026-VHLS, y;

CONSIDERANDO:

Que, el párrafo cuarto del artículo 18° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 8° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el artículo 7° y 8° del Estatuto de la UNAB;

Que, el artículo 29° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 002-2026-MINEDU, de fecha 06 de enero de 2026, se reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; quedando integrada por: Dr. JUAN CARLOS REYES ULFE Presidente, Dr. MIGUEL ANGEL LUNA NEYRA Vicepresidente Académico y el Dr. JOSE AUGUSTO ARIAS PITTMAN Vicepresidente de Investigación;

Que, el artículo 58° de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, concordante con el artículo 19º del Estatuto de la Universidad Nacional de Barranca, aprobada con Resolución de Comisión Organizadora Nº 454-2025-UNAB, que establece: El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad. En el caso de la Universidad Nacional de Barranca, dada su condición y naturaleza, corresponde ejercer dicha atribución a la Comisión Organizadora quien hace las veces de Consejo Universitario, disposición relacionada con la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modificatorias;

Que, mediante Ley N° 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público (..);

Que, conforme al artículo 4° y 9° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, “NORMAS REGLAMENTARIAS SOBRE AUTORIZACIÓN DE VIAJES AL EXTERIOR DE SERVIDORES Y FUNCIONARIOS PÚBLICOS”, establece los actos administrativos a fin de hacer eficiente el gasto público en la realización de los citados viajes;

Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 232-2025-UNAB, de fecha 4 de marzo de 2025, se aprueba con eficacia anticipada al 24 de febrero de 2025, los resultados de la Convocatoria de Proyectos de Investigación Financiados con Fondos Internos y Sin Financiamiento de la UNAB-2024;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 089-2026-UNAB/DGA, de fecha 14 de julio de 2026, se concede la Licencia con goce de haber al docente Dr. VÍCTOR HUGO LÓPEZ SOLÍS, docente ordinario Auxiliar a Tiempo Completo, adscrito al Departamento Académico de Ciencias Básicas y Afines de la Universidad Nacional de Barranca, a partir del 03 al 23 de agosto de 2026, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución;

Que, mediante CARTA Nº 006-2026-VHLS, de fecha 15 de julio de 2026, el Dr. Víctor Hugo López Solís, investigador responsable del proyecto denominado «Estructura de las álgebras de Jordan que contienen M2(F)(+) y una nueva formulación de la mecánica cuántica», solicitó la autorización de viaje para realizar una pasantía de investigación en el Instituto de Matemáticas, Estadística y Computación Científica de la Universidad de San Pablo (Brasil), del 3 al 23 de agosto de 2026; precisando que dicha actividad fortalecerá sus capacidades investigativas y que los gastos de pasajes y viáticos, ascendentes a S/ 22 567,00 soles, serán financiados con cargo al presupuesto del referido proyecto, conforme a la documentación sustentatoria adjunta;

Que, mediante INFORME Nº 589-2026-UNAB, de fecha 20 de julio de 2026, el director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en atención al INFORME Nº 0675-2026-UNAB/UPPM, de fecha 20 de julio de 2026, suscrito por la Jefatura de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, informa que se ha procedido con la habilitación presupuestaria en el nivel funcional programático (anulaciones y habilitaciones);

Que, mediante OFICIO Nº 0197-2026-UNAB-VP.INVEST, de fecha 21 de julio de 2026, el despacho de la Vicepresidencia de Investigación, en atención al OFICIO Nº 0604-2026-UNAB/VPI/II, eleva la solicitud de autorización de viaje al exterior a favor del Dr. VÍCTOR HUGO LÓPEZ SOLÍS, docente ordinario auxiliar a tiempo completo, adscrito al Departamento Académico de Ciencias Básicas y Afines de la Universidad Nacional de Barranca e investigador responsable del proyecto “Estructura de las álgebras de Jordan que contienen M2(F)(+) y una nueva formulación de la mecánica cuántica”, para participar en la pasantía internacional en el Instituto de Matemáticas, Estadística y Computación Científica de la Universidad de San Pablo (Brasil), del 3 al 23 de agosto de 2026, del mismo modo se precisa que cuenta con la habilitación presupuestal; conforme al siguiente detalle:

CLASIFICADOR

DESCRIPCIÓN

IMPORTE (S/)

23.21.11

Costo pasaje aéreo Lima – Sao Paulo (Brasil)

S/ 7,567.00

23.21.12

Viáticos (alimentación alojamiento y movilidad local)

S/ 15,000.00

Total:

S/ 22,567.00

Que, mediante Exp. N° 2252-2026 de la Presidencia de la Comisión Organizadora de la UNAB de fecha 21 de julio de 2026, remite a Secretaria General para ser tratado en Sesión Ordinaria de fecha 21 de julio de 2026;

Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de julio de 2026, acordó por unanimidad AUTORIZAR el viaje al exterior del país al Dr. VÍCTOR HUGO LÓPEZ SOLÍS, docente ordinario auxiliar a tiempo completo, adscrito al Departamento Académico de Ciencias Básicas y Afines de la Universidad Nacional de Barranca e investigador responsable del proyecto “Estructura de las álgebras de Jordan que contienen M2(F)(+) y una nueva formulación de la mecánica cuántica”, para participar en la pasantía internacional en el Instituto de Matemáticas, Estadística y Computación Científica de la Universidad de San Pablo (Brasil), del 3 al 23 de agosto de 2026;

Que, en uso de las facultades y atribuciones establecidas en la Constitución Política del Perú, Ley N° 30220- Ley Universitaria, Ley N° 29553- Ley que crea la UNAB, Estatuto de la UNAB, Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el documento normativo denominado: “DISPOSICIONES PARA LA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES ORGANIZADORAS DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS EN PROCESO DE CONSTITUCIÓN”; modificadas por: Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU, Resolución Viceministerial N° 053-2023-MINEDU, Resolución Viceministerial N° 077-2025-MINEDU; la Resolución Viceministerial N° 002-2026-MINEDU, que reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país al Dr. VÍCTOR HUGO LÓPEZ SOLÍS, docente ordinario auxiliar a tiempo completo, adscrito al Departamento Académico de Ciencias Básicas y Afines de la Universidad Nacional de Barranca e investigador responsable del proyecto “Estructura de las álgebras de Jordan que contienen M2(F)(+) y una nueva formulación de la mecánica cuántica”, para participar en la pasantía internacional en el Instituto de Matemáticas, Estadística y Computación Científica de la Universidad de San Pablo (Brasil), del 3 al 23 de agosto de 2026.

Artículo 2.- AUTORIZAR los gastos correspondientes a viáticos y pasajes aéreos, por un total de S/. 22, 567.00 (Veintidós mil quinientos sesenta y siete con 00/100 Soles).

Artículo 3.- ENCARGAR a la Vicepresidencia de Investigación y la Dirección del Instituto de Investigación, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano de conformidad a las normas vigentes.

Artículo 4.- DISPONER que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de culminado el viaje, el docente deberá presentar un informe de su participación y la rendición de cuentas a las áreas correspondientes.

Artículo 5.- DISPONER que la Oficina de Tecnologías de la Información se encargue de la publicación de la presente resolución en la página web y el Portal de Transparencia de la Universidad Nacional de Barranca.

Artículo 6.- NOTIFICAR a la Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Instituto de Investigación, Departamento Académico de Ciencias Básicas y Afines, Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y al Dr. Víctor Hugo López Solís, para su conocimiento y fines.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JUAN CARLOS REYES ULFE

Presidente de la Comisión Organizadora

DIEGO ARMANDO FLORES MEJIA

Secretario General (e)

2538740-1