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Fecha de publicación: 31/07/2026
Aprueban la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI)

Modifican el Cronograma de Actividades de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 013-2026/MDA

Ancón, 23 de julio de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

ANCÓN

VISTO: La Ordenanza N° 534-2025/MDA de fecha 24 de abril de 2025, el Decreto de Alcaldía N° 006-2026/MDA, de fecha 24 de abril de 2026; el Memorandum N° 974-2026-OGPPPI/MDA, de fecha 11 de julio de 2026, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Memorándum N° 0938-2026-GDHEDYS/MDA, de fecha 15 de julio de 2026, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, Económico, Demuna y Salud; el Informe N° 232-2026-OGPPPI/MDA de fecha 20 de julio de 2026, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Memorándum N° 2263-2026-GM/MDA, de fecha 20 de julio de 2026, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe N° 0525-2026-OGSGyAJ/MDA de fecha 21 de julio de 2026, emitido por la Oficina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos; el Memorándum N° 2286-2026-GM/MDA de fecha 22 de julio de 2026, emitido por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, establece que las municipalidades son órganos del gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual resulta concordante con lo en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, por cuanto tal autonomía implica la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente.

Que, el segundo párrafo del artículo I de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno que promueven el desarrollo local, contando con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

Que, el artículo 6° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la Alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local, siendo el Alcalde el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa.

Que, el segundo párrafo del artículo 39 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante Decretos de Alcaldía, asimismo, el artículo 42 de la referida Ley Orgánica señala, entre otros, que estos regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal.

Que, asimismo, el artículo 2º de la Ley Nº 31433, Ley que modifica la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, incorpora el artículo 119º-A, en el cual señala que las Audiencias Públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos Audiencias Públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal.

Que, la Ordenanza Nº 534-2025/MDA de fecha 24 de abril de 2025, aprueba el Reglamento que regula la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ancón, en donde el artículo 11 señala que el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía realiza la convocatoria a la realización de un mínimo de 02 audiencias públicas de rendición de cuentas por cada ejercicio fiscal.

Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 006-2026/MDA de fecha 24 de abril de 2026, se realiza la convocatoria a las 02 audiencias públicas de rendición de cuentas de la municipalidad distrital de Ancón correspondiente al ejercicio fiscal 2026, asimismo, se aprueba el cronograma de actividades y la agenda para las 02 audiencias públicas programadas para el año 2026, donde se precisa que la segunda audiencia pública se realizará el día 25 de setiembre de 2026 a las 4 pm en el Campo Deportivo Primavera.

Que, mediante Memorandum N° 974-2026-OGPPPI/MDA, de fecha 11 de julio de 2026, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones informa al Gerente de Desarrollo Humano, Económico, Demuna y Salud que, con Decreto de Alcaldía N° 006-2026/MDA, de fecha 24 de abril de 2026, se aprobó el Cronograma de Audiencias Públicas correspondiente al presente ejercicio fiscal, habiéndose programado la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026, para el día 25 de septiembre, en el Campo Deportivo Primavera, del Distrito de Ancón; asimismo, solicita que se realicen las coordinaciones con la Alta Dirección, a fin de que se confirme o se actualice la fecha y el lugar que reúna las condiciones de aforo, servicios básicos, seguridad y acceso para el desarrollo de la Segunda audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026.

Que, mediante Memorándum N° 0938-2026- GDHEDYS/MDA, de fecha 15 de julio de 2026, la Gerencia de Desarrollo Humano, Económico, Demuna y Salud informa a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones que, considera conveniente que el evento se lleve a cabo en la Plaza Central del Sector Los Rosales del Km. 39, espacio recientemente inaugurado, que cuenta con las condiciones adecuadas de amplitud, accesibilidad y seguridad, así como la infraestructura necesaria para albergar el aforo previsto y garantizar el adecuado desarrollo de la Segunda Audiencia Pública, asimismo, propone que la fecha para la realización de la misma, se modifique para el 02 de septiembre de 2026.

Que, mediante Informe N° 232-2026-OGPPPI/MDA de fecha 20 de julio de 2026, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones informa a la Gerencia Municipal lo señalado por la Gerencia de Desarrollo Humano, Económico, Demuna y Salud, respecto a la propuesta del cambio de lugar y fecha para la Segunda Audiencia Pública
2026.

Que, mediante Memorándum N° 2263-2026-GM/MDA, de fecha 20 de julio de 2026, la Gerencia Municipal, deriva a la Oficina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos los actuados, a fin de que, en el uso de sus competencias y atribuciones proceda a evaluar la propuesta de cambio de la sede y de fecha para la realización de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026, por las razones expuestas.

Que, mediante Informe N° 0525-2026-OGSGYAJ/MDA de fecha 21 de julio de 2026, la Oficina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos considera que es viable y emite opinión favorable respecto a la emisión del Decreto de Alcaldía que modifica el Cronograma de Actividades para la Segunda Audiencia pública de rendición de cuentas 2026;

Que, mediante Memorándum N° 2286-2026-GM/MDA de fecha 21 de julio del 2026, la Gerencia Municipal remite los actuados, a fin de recomendar la emisión del Decreto de Alcaldía que modifique el Decreto de Alcaldía N° 006-2026/MDA, únicamente respecto a la fecha y lugar de la realización de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026.

Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42 y el inciso 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- MODIFICAR EL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DE LA SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS 2026, señalado en el Decreto de Alcaldía 006-2026/MDA, según se detalla a continuación:

Cronograma de Actividades de la 2da. Audiencia Pública

Actividades

Fecha y Lugar

Aprobación y publicación del Decreto de Alcaldía mediante el cual se realiza la convocatoria a las audiencias públicas

Del 22 al 30 de julio de 2026

Difusión de la convocatoria en el portal web de la Municipalidad y demás canales virtuales oficiales de la institución

Del 31 de julio al 28 de agosto de 2026

Inscripción de participantes (presencial y virtual)

Del 31 de julio al 02 de setiembre de 2026

Mesa de Partes física:

- Palacio Municipal

- Agencia Municipal Villas

- Agencia Municipal Km 39

Mesa de Partes virtual:

https://facilita.gob.pe/t/1679

Presentación de propuestas sobre las temáticas a tratar en la audiencia (facultativo)

Del 03 de agosto al 14 de agosto de 2026

Publicación del Resumen Ejecutivo en el portal web de la Municipalidad y demás canales virtuales oficiales de la institución

20 de agosto de 2026

Publicación de inscritos en el portal web de la Municipalidad y demás canales virtuales oficiales de la institución

01 de setiembre de 2026

Realización de la 2da. Audiencia Pública

Fecha : 02 de setiembre de 2026

Lugar : Plaza Central del Sector

Los Rosales del Km. 39

Hora : 4:00 p.m.

Artículo Segundo.- En todo lo demás queda de acuerdo a lo señalado en el Decreto de Alcaldía 006-2026/MDA.

Artículo Tercero.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entre en vigencia desde la fecha de su emisión.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y demás Unidades de Organización competentes, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, conforme a lo dispuesto por el Reglamento que regula la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas Municipalidad Distrital de Ancón, aprobado mediante Ordenanza N° 534-2025/MDA.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano, la publicación del presente Decreto en el portal web institucional: www.muniancon.gob.pe de la Municipalidad Distrital de Ancón.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

SAMUEL MARCOS DAZA TAYPE

Alcalde

2538587-1