Autorizan viaje de personal militar a la República de Corea, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00907-2026-DE
Lima, 27 de julio del 2026
VISTOS:
El Oficio 5508/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, el Oficio
N° 01737-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales y el Informe Legal N° 01367-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, el Oficio KORDEF N° 26-060, el Agregado de Defensa de la República de Corea en Perú solicitó información al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, con el propósito de iniciar gestiones logísticas para la Reunión Bilateral entre Jefes de Estado Mayor de la Armada de la República de Corea y de la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la República de Corea;
Que, con el Oficio N° 067/42, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República de Corea informó al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú que la Reunión Bilateral antes señalada se realizará del 2 al 6 de noviembre de 2026, en la ciudad de Seúl de la República de Corea;
Que, por medio del Oficio N° 4207/42, el Secretario de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Agregado de Defensa de la República de Corea en Perú que la Jefatura del Estado Mayor General de la Marina de Guerra del Perú ha considerado viable realizar la referida reunión en las fechas propuestas, disponiendo la participación del personal naval;
Que, a través del Oficio 5508/51, el Secretario de la Comandancia General de Marina de Guerra del Perú solicitó al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal designado para participar en la “VII Reunión de Estados Mayores entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada de la República de Corea”, a realizarse en la ciudad de Seúl, República de Corea, del 2 al 6 de noviembre de 2026; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar su salida del país el 31 de octubre y su retorno el 8 de noviembre de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, a través del referido oficio la institución armada remitió el Informe Legal N° 010 2026, emitido por el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal del Estado Mayor General de la Marina de Guerra del Perú, en el cual opinó que es legalmente viable la presente comisión de servicio; asimismo, remitió la Hoja de Gastos N° 165-2026, la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 174-2026, así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000003 y N° 0000000094 que garantizan el financiamiento del presente viaje al exterior, en comisión de servicio;
Que, mediante la Exposición de Motivos, la institución armada señaló que la actividad bilateral entre ambas instituciones permitirá identificar y analizar nuevos campos de cooperación en materia de seguridad marítima y defensa regional; así como, el intercambio de experiencia profesional en beneficio del personal naval de la institución armada;
Que, a través del Oficio N° 01737-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 405-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 01367-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar titular y suplente que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, para participar en la “VII Reunión de Estados Mayores entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada de la República de Corea”, a realizarse en la ciudad de Seúl de la República de Corea, del 2 al 6 de noviembre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 31 de octubre y su retorno el 8 de noviembre de 2026; sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público.
Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo al siguiente concepto:
Pasajes aéreos: Lima - Seúl, República de Corea- Lima
clase económica
US$ 4551.12 x 5 personas US$ 22,755.60
Viáticos
US$ 500.00 x 5 días x 5 personas US$ 12,500.00
Total a pagar en dólares americanos: US$ 35,255.60
Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 4.- El personal militar más antiguo autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 5.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal militar cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO
Ministro de Defensa
ANEXO
RELACIÓN DEL PERSONAL NAVAL QUE PARTICIPARÁ EN LA VII REUNIÓN DE ESTADOS MAYORES ENTRE LA MARINA DE GUERRA DEL PERÚ Y LA ARMADA DE LA REPÚBLICA DE COREA, A REALIZARSE EN LA CIUDAD DE SEÚL, REPÚBLICA DE COREA
Titulares:
|
N° |
GRADO |
NOMBRES Y APELLIDOS |
CIP N° |
DNI N° |
|
1 |
Vicealmirante |
Julio César CACHO MORÁN |
01877434 |
43330965 |
|
2 |
Capitán de Navío |
Alejandro Enrique CARNERO ANDERSON |
00966253 |
07759724 |
|
3 |
Capitán de Navío |
Luis Ricardo DEZA GUZMÁN |
00909415 |
10003112 |
|
4 |
Capitán de Fragata CJ. |
German Pedro Antonio DELGADO REYES |
00002896 |
40643230 |
|
5 |
Capitán de Corbeta |
Heinz Alexander DOBBERTIN GUERRERO |
00017851 |
70456348 |
Suplentes:
|
N° |
GRADO |
NOMBRES Y APELLIDOS |
CIP N° |
DNI |
|
1 |
Contralmirante |
Mario Héctor CACHO PELLA |
00896755 |
43525479 |
|
2 |
Capitán de Navío |
José Abelardo Martín HUERTAS CENTURION |
00963240 |
09994011 |
|
3 |
Capitán de Fragata |
Edinson ZAGACETA OBLITAS |
01007208 |
41628367 |
2538467-1