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Fecha de publicación: 26/07/2026
Crean el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado del desarrollo territorial y sostenible de los departamentos de Piura, Lambayeque y La Libertad, y de la Provincia Constitucional del Callao, que comprenden la ruta turística denominada “La Ruta de León”

Institucionalizan la “Estrategia SERVIR SUMA” con el objetivo de mejorar el acercamiento temprano de los estudiantes y egresados de educación superior al servicio civil

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

Nº 000111-2026-SERVIR-PE

Lima, 25 de julio de 2026

VISTOS: Los Informes Técnicos Nº 000003-2026- SERVIR-ENAP y 000002-2026-SERVIR-ENAP-MUL y el Memorando Nº 001060-2026-SERVIR-ENAP de la Escuela Nacional de Administración Pública; el Memorando 000044-2026-SERVIR-GG-OPPM e Informe Nº 000014-2026-SERVIR-GG-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y; el Informe Legal Nº 000267-2026-SERVIR-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno, con competencia a nivel nacional y sobre todas las entidades de la administración pública, asumiendo la calidad de ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (en adelante, SAGRH);

Que, a través de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas, a fin de que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor Servicio Civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran;

Que, por su parte, el numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1682, Decreto Legislativo que establece el marco normativo para habilitar, garantizar y fortalecer el funcionamiento de la Escuela Nacional de Administración Pública – ENAP, señala que la oferta académica de la ENAP tiene como finalidad contribuir a mejorar la prestación de los servicios públicos, a través del desarrollo de actividades de aprendizaje, actualización y desarrollo de conocimientos, competencias y habilidades, considerando las políticas de Estado, y está dirigida a todas las personas que prestan o puedan prestar servicios en las entidades de la Administración Pública, y en las Empresas del Estado, independientemente de su vínculo laboral o contractual; así como, al público en general que accede a capacitarse en temas de administración y gestión pública, en el marco de las convocatorias específicas que establece la ENAP;

Que, de otro lado, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, señalando, en su “Anexo 1 – Glosario de Términos”, que el Equipo de Trabajo es “un grupo de servidores civiles bajo la supervisión de un servidor para la ejecución de funciones específicas al interior de una unidad de organización (órgano, unidad orgánica, etc.). No se formaliza en la estructura y su conformación es temporal. El servidor superior de la unidad de organización puede formalizar su conformación mediante un documento interno en el que precise su conformación, objetivos, responsabilidades, líneas de coordinación, entre otros aspectos que considere pertinente. Su conformación no genera gastos”;

Que, en ese marco normativo, a través de los Informes Técnicos Nº 000003-2026-SERVIR-ENAP y 000002-2026-SERVIR-ENAP-MUL y el Memorando Nº 001060-2026-SERVIR-ENAP, la Escuela Nacional de Administración Pública (en adelante, ENAP) sustenta y propone la institucionalización de la “Estrategia SERVIR SUMA” como una estrategia diseñada para aproximar a estudiantes y egresados de la educación superior al entorno estatal mediante experiencias estructuradas de sensibilización y formación, así como para proveer a las nuevas generaciones de herramientas concretas para consolidar sus competencias, despertar un interés genuino en la gestión pública y afianzar una sólida vocación de servicio que contribuya directamente al desarrollo del país;

Que, en ese sentido, la ENAP precisa que la estrategia está compuesta por dos componentes: i) Primer componente: Atracción, que esa orientada a sensibilizar a los estudiantes de pregrado sobre el funcionamiento del Estado, la gestión pública y el rol de servicio civil; y, ii) Segundo componente: Formación, que contempla el desarrollo de un modelo de programa de extensión universitaria dirigido a las entidades públicas, promoviendo su implementación en las convocatorias de prácticas profesionales. Adicionalmente, propone la conformación de un Equipo de Trabajo que se encargue de elaborar un informe final que evalúe la viabilidad de contar con mecanismos idóneos y meritocráticos que incentiven y viabilicen el acceso al servicio público del capital humano con talento que destaque en el marco de la implementación de los programas de extensión universitaria previstos en el marco de la implementación de dicha Estrategia, y de ser el caso, desarrolle y proponga los mismos, conjuntamente con las propuestas normativas que se requieran para su implementación;

Que, por medio del Informe Nº 000014-2026-SERVIR-GG-OPPM y Memorando Nº 000044-2026-SERVIR-GG-OPPM, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable sobre la citada propuesta de institucionalizar la “Estrategia SERVIR SUMA”, considerando que la iniciativa es operativa y presupuestalmente viable, y se encuentra alineada al Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025 – 2030 de SERVIR, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000010-2025-SERVIR-PE; asimismo, emite opinión favorable a la propuesta de conformación del Equipo de Trabajo, precisando que el mismo se encuentra conforme a lo establecido en los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM;

Que, mediante Informe Legal Nº 000267-2026-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable emitir la Resolución de Presidencia Ejecutiva que apruebe la institucionalización de la “Estrategia SERVIR SUMA”, así como la conformación de Equipo de Trabajo, conforme a lo propuesto por la ENAP;

Con el visado de la Gerencia General, de la Escuela Nacional de Administración Pública, de la Dirección de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, de la Dirección de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Legislativo Nº 1682, Decreto Legislativo que establece el marco normativo para habilitar, garantizar y fortalecer el funcionamiento de la Escuela Nacional de Administración Pública – ENAP; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000105-2026-SERVIR-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Institucionalización de la “Estrategia SERVIR SUMA”

Institucionalizar la “Estrategia SERVIR SUMA”, como una estrategia diseñada con el objetivo de mejorar el acercamiento temprano de los estudiantes y egresados de educación superior al servicio civil, fortaleciendo sus conocimientos sobre el el servicio civil, el Estado, su funcionamiento y gestión, su vocación de servicio, asi como sus capacidades iniciales para su desenvolvimiento en el sector público; posicionando al servicio civil como un espacio de desarrollo profesional y de contribución al país, en el marco de experiencias estructuradas de sensibilización y formación.

Artículo 2.- Acciones de Coordinación e Implementación

Corresponde a la Escuela Nacional de Administración Pública liderar la ejecución de las acciones de coordinación e implementación de la “Estrategia SERVIR SUMA”, institucionalizada a través de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.

Artículo 3.- Conformación del Equipo de Trabajo

Conformar en la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, el Equipo de Trabajo, de carácter temporal, con la finalidad de elaborar un informe final en el que se evalúe la viabilidad de contar con mecanismos idóneos y meritocráticos que incentiven y viabilicen el acceso al servicio público del capital humano con talento que destaque en el marco de la implementación de los programas de extensión universitaria previstos en la “Estrategia SERVIR SUMA” y, de ser el caso, desarrolle y proponga los mismos, conjuntamente con las propuestas normativas que se requieran para su implementación.

Artículo 4.- Integrantes

El Equipo de Trabajo está integrado:

a) El/la Presidente/a Ejecutivo/a de la Autoridad Nacional del Servicio Civil o su alterno, quien lo preside.

b) El/la Director/a de la Dirección de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil o su alterno, quien actúa como Secretario/a Técnico/a.

c) El/la Director/a de la Dirección de Políticas de Gestión del Servicio Civil o su alterno.

d) El/la Director/a de la Dirección de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos o su alterno.

e) El/la Director/a de la Escuela Nacional de Administración Pública o su alterno.

f) El/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización o su alterno.

Artículo 5.- Objetivos del Equipo de Trabajo

Objetivo general:

Mejorar el acercamiento temprano de los estudiantes y egresados de educación superior al servicio civil.

Objetivos específicos:

a) Fortalecer la vocación de servicio en estudiantes y egresados de educación superior, posicionando al servicio civil como un espacio de desarrollo profesional y de contribución al país.

b) Fortalecer los conocimientos sobre el Estado, su funcionamiento y gestión, el servicio civil y las capacidades iniciales de los estudiantes y egresados de educación superior para su desenvolvimiento en el sector público.

Artículo 6.- Responsabilidades del Equipo de Trabajo

Los integrantes del Equipo de Trabajo son responsables de:

a) Efectuar un análisis de la viabilidad de diseñar mecanismos que coadyuven al acceso al servicio público del capital humano con talento que destaque en el marco de la implementación de los programas de extensión universitaria previstos en la Estrategia SERVIR SUMA.

b) Diseñar las propuestas normativas que fortalezcan y viabilicen la inserción de población joven calificada mencionada en el literal precedente, hacia la administración pública, de corresponder.

c) Elaborar los informes técnicos que sustenten la aprobación de las propuestas normativas que diseñe en el marco del objetivo indicado en el literal precedente, de corresponder.

d) Elaborar un informe final que comprenda el desarrollo de los objetivos detallados en los literales a), b) y c) precedentes.

e) Las que se establezcan en el Plan de Trabajo que apruebe para tal fin.

Artículo 7.- Plan de Trabajo

La Secretaría Técnica del Equipo de Trabajo elabora y presenta a la Presidencia Ejecutiva de SERVIR, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva, un Plan de Trabajo que establezca las fechas y las actividades a realizar para efectos del cumplimiento de sus objetivos.

Artículo 8.- Plazo de vigencia

El Equipo de Trabajo tiene una vigencia de noventa (90) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva, pudiendo prorrogarse su vigencia.

Artículo 9.- Notificación

Comuníquese la presente resolución a las Directoras de la Dirección de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, de la Escuela Nacional de Administración Pública, de la Dirección de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, de la Dirección de Políticas de Gestión del Servicio Civil y a la Jefa de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización.

Artículo 10.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva, en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (www.gob.pe/servir), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUILLERMO STEVE VALDIVIESO PAYVA

Presidente Ejecutivo

Presidencia Ejecutiva

2538210-1