Aprueban la creación de la Unidad Técnica Agroindustrial VRAEM – UT Agroindustrial VRAEM
RESOLUCIÓN EJECUTIVA
Nº 000131-2026-ITP/DE
San Isidro, 24 de julio del 2026
VISTOS:
El Acuerdo SO-002-008-2026-ITP/CD, de fecha 30 de abril de 2026; el Memorando Nº 000216-2026-ITP/CITEPRODUCTIVO-VRAEM, de fecha 9 de junio de 2026, el Memorando Nº 0258-2026-ITP/CITEPRODUCTIVO-VRAEM, de fecha 30 de junio de 2026 del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo VRAEM – CITEproductivo VRAEM (en adelante, CITE); el Memorando Nº 0275-2026-ITP/DGIE de fecha 10 de junio de 2026 y el Memorando Nº 0365-2026-ITP/DGIE de fecha 16 de julio de 2026 de la Dirección de Gestión de Intervenciones Estratégicas para la Red CITE (en adelante, DGIE); el Memorando Nº 4846-2026-ITP/OPPM de fecha 10 de julio de 2026 de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (en adelante, OPPM); el Informe Nº 0013-2026-ITP/DO, de fecha 13 de julio de 2026 de la Dirección de Gestión Operativa de Red CITE (en adelante, la DGO); el Informe Nº 0325-2026-ITP/OAJ de fecha 17 de julio de 2026 y el Memorando Nº 000264-2026-ITP/OAJ, de fecha 24 de julio de 2026 de la Oficina de Asesoría Jurídica (en adelante, OAJ); y, el Memorando Nº 0025-2026-ITP/SCD, de fecha 22 de julio de 2026, de la Secretaria de Consejo Directivo; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), el que establece en su artículo 1, que el ITP es un Organismo Público adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y calificación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE;
Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, dispone que los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, tienen por objeto contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de actividades de capacitación y asistencia técnica; asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica; investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actores estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda, generando mayor valor en la transformación de los recursos, mejorando la oferta, productividad y calidad de los productos tanto para el mercado nacional como para el mercado externo, propiciando la diversificación productiva;
Que, asimismo, el artículo 18 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, dispone que en cuanto el CITE público tenga un alcance territorial de más de un departamento, el ITP podrá crear Unidades Técnicas a nivel nacional mediante Resolución Ejecutiva;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 406-2015-PRODUCE se crea el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial VRAEM – CITEagroindustrial VRAEM que tiene como objetivo contribuir a la mejora de la calidad, productividad y competitividad de la cadena agroindustrial, siendo su ámbito de intervención territorial el Valle del Río Apurímac, Ene y Mantaro;
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 0004-2025-ITP/PCD, se dispone adecuar el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial VRAEM – CITEagroindustrial VRAEM, a fin que se adicione a su competencia la cadena acuícola, así como modificar su denominación por el de Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo VRAEM - CITEproductivo VRAEM;
Que, el numeral 8.1.1 de la Directiva Nº 003-2021/DE, Directiva de las Disposiciones para la Creación, Desarrollo Estratégico y Extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Públicos y Unidades Técnicas del ITP (en adelante, la Directiva), aprobada mediante Resolución Ejecutiva Nº 050-2021-ITP/DE, establece dos tipos de iniciativas para la creación de un CITE público o una Unidad Técnica: i) de oficio; o ii) de parte, precisando que tratándose de iniciativas de oficio, estas son priorizadas por el ITP, a través de la Dirección Ejecutiva, previo acuerdo del Consejo Directivo;
Que, mediante el Acuerdo SO-002-008-2026-ITP/CD adoptado en el Acta de la Sesión Ordinaria Nº 0008-2026-ITP/CD, de fecha 30 de abril de 2026, el Consejo Directivo del ITP acordó aprobar la iniciativa de creación de la Unidad Técnica Agroindustrial VRAEM (en adelante, UT Agroindustrial VRAEM);
Que, de otro lado, el numeral 8.1.2 de la Directiva señala que el procedimiento para la creación de una Unidad Técnica cuenta con las siguientes tres (3) etapas: i) Elaboración de la Propuesta, ii) Evaluación de la Propuesta y iii) Aprobación de la Propuesta;
Que, conforme al numeral 8.1.3 de la Directiva, la etapa de Elaboración de la Propuesta comprende la elaboración de: i) Informe de Diagnóstico y Análisis de la Demanda, el cual consolida la información del Diagnóstico de Brecha Tecnológica semi detallado (DBT-sd) a cargo del CITE público, en cuyo ámbito de acción se desarrollarán las actividades de la Unidad Técnica propuesta; e, ii) Informe de Diseño y Programación del Financiamiento, elaborado por la DGO con el sustento del CITE público;
Que, mediante el Memorando Nº 0275-2026-ITP/DGIE de fecha 10 de junio de 2026, sustentado en el Memorando Nº 0076-2026-ITP/SFI e Informe Nº 0006-2026- ITP/PPA-SFI, ambos de fecha 10 de junio de 2026, la DGIE emite el Informe de Diagnóstico y Análisis de la Demanda que consolida el DBT-sd remitido por el CITE con el Memorando Nº 000216-2026-ITP/CITEPRODUCTIVO-VRAEM, de fecha 9 de junio de 2026; y otorga opinión técnica favorable señalando que la propuesta cumple con los criterios de pertinencia, suficiencia y enfoque estratégico;
Que, asimismo, mediante el Informe Nº 0013-2026-ITP/DO, de fecha 13 de julio de 2026, la DGO señala que ha culminado con la elaboración del Informe de Diseño y Programación del Financiamiento, el cual recoge la propuesta elaborada por el CITE contenida en el Memorando Nº 0258-2026-ITP/CITEPRODUCTIVO-VRAEM, de fecha 30 de junio de 2026, así como el pronunciamiento favorable respecto de la disponibilidad de recursos presupuestarios y sostenibilidad presupuestaria, emitido por la OPPM con el Memorando Nº 4846-2026-ITP/OPPM de fecha 10 de julio de 2026, sustentado en el Informe Técnico Nº 0065-2026-ITP/OPPM-UFP de fecha 8 de julio de 2026, y concluye que es viable la propuesta de la creación de la UT Agroindustrial VRAEM;
Que, de acuerdo al numeral 8.1.4 de la Directiva, la Etapa de Evaluación de la Propuesta comprende dos tipos de informes: i) Informe de Viabilidad Técnica y Financiera; y ii) Informe de Opinión Legal;
Que, con el Memorando Nº 0365-2026-ITP/DGIE, sustentado en el Memorando Nº 0098-2026-ITP/SFI e Informe Nº 0007-2026-ITP/PPA-SFI, documentos de fecha 16 de julio de 2026, la DGIE emite el Informe de Viabilidad Técnica y Financiera para la aprobación de la creación de la UT Agroindustrial VRAEM; señalando, entre otros aspectos, que la propuesta de creación de la UT Agroindustrial VRAEM se centrará en servicios destinados a la cadena agroindustrial en los departamentos de Ayacucho y Cusco, del ámbito VRAEM; asimismo, que la ubicación de su sede será en el departamento de Cusco;
Que, asimismo, con el Informe Nº 0325-2026-ITP/OAJ de fecha 17 de julio del 2026, la OAJ emite el Informe de opinión legal favorable señalando que, dado que los órganos técnicos involucrados han emitido los informes respectivos, los cuales contienen el pronunciamiento favorable respecto de la creación de la UT Agroindustrial VRAEM, se cumple así con el procedimiento establecido en la Directiva, y considera jurídicamente viable su creación;
Que, finalmente, en la Etapa de Aprobación de la Propuesta, de acuerdo con el literal A del numeral 8.1.5 de la Directiva, la Dirección Ejecutiva eleva al Consejo Directivo la propuesta de creación de la Unidad Técnica para su aprobación;
Que, en ese sentido, con el Memorando Nº 0025-2026-ITP/SCD, de fecha 22 de julio de 2026, la Secretaria del Consejo Directivo informa que mediante Acuerdo Nº SO-001-014-2026-ITP/CD, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 014-2026-ITP/CD de fecha 22 de julio de 2026, el Consejo Directivo acordó aprobar la creación de la UT Agroindustrial VRAEM;
Que, mediante el Memorando Nº 000264-2026-ITP/OAJ, de fecha 24 de julio de 2026, la Oficina de Asesoría Jurídica remite el proyecto de Resolución Ejecutiva que aprueba la creación de la UT Agroindustrial VRAEM;
Con los vistos de la Gerencia General, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Dirección de Gestión Operativa de Red CITE; y, de la Dirección de Gestión de Intervenciones Estratégicas para la Red CITE, y;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y modificatorias; Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y modificatorias; la Resolución Ejecutiva Nº 000038-2026-ITP/DE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); la Resolución Ejecutiva Nº 050-2021-ITP/DE, que aprueba la Directiva Nº 003-2021-ITP/DE, Directiva de las Disposiciones para la Creación, Desarrollo Estratégico y Extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Públicos y Unidades Técnicas del ITP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la creación de la Unidad Técnica Agroindustrial VRAEM – UT Agroindustrial VRAEM, adscrita al Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo VRAEM - CITEproductivo VRAEM, la cual cuenta con las siguientes características:
a) Objetivo: Apoyar las acciones de transferencia tecnológica, capacitación, asistencia técnica a las unidades productivas y asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías con el fin de aumentar su competitividad, optimización de procesos, capacidad de innovación y desarrollo de productos mejorados, generando mayor valor en la cadena productiva agroindustrial, mejorando la oferta, productividad y calidad de sus productos tanto para el mercado nacional como el externo; siendo su ámbito territorial la zona sur del VRAEM que integra los departamentos de Ayacucho y Cusco.
b) Especialización: cadena productiva agroindustrial.
c) Ámbito de acción: Departamentos de Ayacucho y Cusco, del ámbito VRAEM.
d) Ubicación: Departamento de Cusco.
Artículo 2.- Las funciones específicas de la Unidad Técnica Agroindustrial VRAEM son las siguientes:
a. Brindar asistencia técnica y capacitación en relación a procesos, productivos, servicios y mejora de diseño a las unidades productivas de la cadena productiva agroindustrial;
b. Generar y difundir información que promueva la innovación productiva y el desarrollo tecnológico en favor de la competitividad de las unidades productivas de la cadena productiva agroindustrial;
c. Apoyar el emprendimiento favoreciendo la incubación o tutorización o soporte técnico de nuevos proyectos empresariales a favor de las unidades productivas de la cadena productiva agroindustrial;
d. Promover y desarrollar actividades de transferencia tecnológica para el desarrollo productivo o mejora de la competitividad en la cadena productiva agroindustrial;
e. Promover la articulación gremial, la asociatividad de los productores, cooperativas y empresas relacionadas con la cadena productiva agroindustrial;
f. Promover y desarrollar la investigación e innovación productiva en su ámbito de intervención;
g. Promover la absorción de tecnologías apropiadas para la cadena productiva agroindustrial, facilitando el acceso a equipamiento e instalaciones para las unidades productivas;
h. Contribuir al desarrollo de la demanda de la cadena productiva y de valor en beneficio de las unidades productivas de la cadena agroindustrial de su ámbito de intervención;
i. Investigar nuevos planteamientos, flujos de procesos y soluciones a través de la realización de proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico (I+D), para la innovación productiva en la cadena productiva agroindustrial;
j. Adaptar avances científicos y técnicos a través de proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica (I+D+i), para el desarrollo productivo en la cadena productiva agroindustrial en su ámbito de intervención;
k. Promover las intervenciones en la cadena productiva agroindustrial, existente en la zona de manera coordinada con los ecosistemas productivos y de innovación;
l. Fomentar las iniciativas de cooperación empresarial y de interrelación con otros actores estratégicos para incrementar la competitividad, a través de la innovación productiva a favor de las unidades productivas de la cadena productiva agroindustrial en su ámbito de intervención;
m. Suministrar información técnica y estadística relevante para el desarrollo competitivo de la cadena productiva agroindustrial;
n. Otras funciones que se establezcan en el Decreto Legislativo Nº 1228, su Reglamento, y otras normas o disposiciones legales sobre la materia.
Artículo 3.- Disponer que el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo VRAEM - CITEproductivo VRAEM, en coordinación con la Oficina de Administración y la Dirección de Gestión Operativa de Red CITE, realicen las acciones pertinentes referidas a la infraestructura y el equipamiento que serán utilizados para la operatividad de la Unidad Técnica Agroindustrial VRAEM.
Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realice las acciones pertinentes referidas a los recursos para el funcionamiento de la Unidad Técnica Agroindustrial VRAEM.
Artículo 5.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en la sede digital del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
KITTY ELISA TRINIDAD GUERRERO
Directora Ejecutiva
Instituto Tecnológico de la Producción
2538202-1