Designan fiscales en la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, en la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada y en fiscalías corporativas penales del Distrito Fiscal de Lima
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 2205-2026-MP-FN
Lima, 20 de julio de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 305-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA y el informe Nº 001-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA, ambos de fecha 26 de junio de 2026, e informe Nº 0186-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 20 de julio de 2026, y;
CONSIDERANDO:
El artículo 158 de la Constitución Política del Estado establece que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo presidido por el Fiscal de la Nación; asimismo, conforme se desprende del artículo 5 de su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052, se estructura como un cuerpo jerárquicamente organizado en virtud del cual los fiscales deben sujetarse a las instrucciones que pudieren impartirles sus superiores.
El Ministerio Público es un organismo del Estado constitucionalmente autónomo, encargado de defender la legalidad y los intereses públicos tutelados por la Ley, prevenir y perseguir el delito, además de defender a la sociedad. Así, el Fiscal de la Nación como titular del Ministerio Público es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional y con tal fin, debe adoptar las medidas necesarias a fin de brindar un servicio eficiente y oportuno, cumpliendo un rol fundamental en la sociedad en la lucha contra la criminalidad.
Mediante el oficio de vistos y el informe Nº 001-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado Activos, solicita reestructurar determinadas Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, dicha medida buscaría garantizar la probidad y eficacia en la conducción de investigaciones por delitos de lavado de activos.
Por Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 163-2025-MP-FN y 270-2026-MP-FN, de fechas 22 de enero de 2025 y 29 de enero de 2026, respectivamente; se resolvió, entre otros, nombrar a la abogada Marlleny Paola Morales Yataco, como fiscal superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, con retención de su cargo de carrera; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 825-2024-MP-FN, de fecha 26 de marzo de 2024, se resolvió, entre otros, designar al abogado Rafael Ernesto Vela Barba, fiscal superior titular especializado en delitos de lavado de activos y pérdida de dominio (Sede Lima), en la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos.
Asimismo, con Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 3339-2015-MP-FN, 1947-2019-MP-FN y 304-2022-MP-FN, de fechas 9 de julio de 2015, 25 de julio de 2019 y 10 de marzo de 2022, respectivamente, se resolvió, entre otros, designa al abogado Raffael Leonardo Flores Mego, fiscal adjunto superior titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos.
Por otro lado, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1881-2025-MP-FN, de fecha 20 de junio de 2025, se resolvió, entre otros, nombrar a la abogada Angélica María Ccallo Carazas, como fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, con retención de su cargo de carrera; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
A través, de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 236-2023-MP-FN, de fecha 27 de enero de 2023, se resolvió, entre otros, nombrar a la abogada Rosa Elvira Rosales Zaragoza, como fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, con retención de su cargo de carrera; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Por Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 831-2021-MP-FN y 1416-2021-MP-FN, de fechas 8 de junio y 25 de octubre de 2021, respectivamente; se resolvió, entre otros, nombrar al abogado Raúl Antonio Carbajal Sedano, como fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, con retención de su cargo de carrera; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2977-2025-MP-FN, de fecha 25 de septiembre de 2025, se resolvió, entre otros, designar a la abogada Elssie Salette Garavito Chang, fiscal adjunta superior titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC) y asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
El Ministerio Público —en atención a sus funciones generales y específicas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030— ha definido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en beneficio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fiscal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fiscal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal.
En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fijó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fiscales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(ii) La designación del fiscal titular en la plaza ocupada por el fiscal provisional” y “(v) La afectación al principio de probidad que se erige como componente esencial del fiscal desde su nombramiento y designación; u otro motivo que termine dañando la imagen institucional”.
En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), y las metas institucionales y al haberse configurado las condiciones resolutorias previstas en los numerales (ii) y (v) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024 y a lo informado en el oficio Nº 305-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA e informe Nº 001-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA, emitidos por el Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, se ha considerado oportuno efectuar la reorganización de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado Activos, para lo cual corresponde emitir el resolutivo, que disponga dar por concluidos los nombramientos y designaciones de los abogados Marlleny Paola Morales Yataco, Angélica María Ccallo Carazas, Rosa Elvira Rosales Zaragoza y Raúl Antonio Carbajal Sedano, señalados en el cuarto, séptimo, octavo y noveno párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; consecuentemente, estando a que los nombramientos y designaciones de los citados abogados, se efectuaron con retención de su cargo de carrera, se deberá designarlos en su condición de magistrados titulares en los despachos respectivos, de conformidad al título que ostentan.
Por otro lado, se deberá dar por concluidas las designaciones de los abogados Rafael Ernesto Vela Barba y Raffael Leonardo Flores Mego, señaladas en el quinto y sexto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, y designarlos en la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, respectivamente; en virtud a lo señalado en el oficio Nº 305-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA e informe Nº 001-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA, suscritos por el Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos.
Por consiguiente, a fin de garantizar la continuidad de la función fiscal, así como considerando lo señalado en el precitado oficio Nº 305-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA e informe Nº 001-2026-MP-FN-FSCN-FEDLA, resulta oportuno encargar la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, a la abogada Elssie Salette Garavito Chang, fiscal adjunta superior titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en la referida fiscalía; previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0186-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 20 de julio de 2026.
De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Marlleny Paola Morales Yataco, como fiscal superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2956-2024-MP-FN, 163-2025-MP-FN y 270-2026-MP-FN, de fechas 30 de diciembre de 2024, 22 de enero de 2025 y 29 de enero de 2026, respectivamente.
Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Rafael Ernesto Vela Barba, fiscal superior titular especializado en delitos de lavado de activos y pérdida de dominio (Sede Lima), en la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 825-2024-MP-FN, de fecha 26 de marzo de 2024.
Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación del abogado Raffael Leonardo Flores Mego, fiscal adjunto superior titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 3339-2015-MP-FN, 1947-2019-MP-FN y 304-2022-MP-FN, de fechas 9 de julio de 2015, 25 de julio de 2019 y 10 de marzo de 2022, respectivamente.
Artículo Cuarto.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Angélica María Ccallo Carazas, como fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2956-2024-MP-FN y 1881-2025-MP-FN, de fechas 30 de diciembre de 2024 y 20 de junio de 2025, respectivamente.
Artículo Quinto.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Rosa Elvira Rosales Zaragoza, como fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 236-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 27 de enero de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.
Artículo Sexto.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Raúl Antonio Carbajal Sedano, como fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 831-2021-MP-FN, 1416-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 8 de junio y 25 de octubre de 2021, 30 de diciembre de 2024, respectivamente.
Artículo Séptimo.- Designar a la abogada Marlleny Paola Morales Yataco, fiscal adjunta superior titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos.
Artículo Octavo.- Designar al abogado Rafael Ernesto Vela Barba, fiscal superior titular especializado en delitos de lavado de activos y pérdida de dominio (Sede Lima), en la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos.
Artículo Noveno.- Designar al abogado Raffael Leonardo Flores Mego, fiscal adjunto superior titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos.
Artículo Décimo.- Designar a la abogada Angélica María Ccallo Carazas, fiscal adjunta provincial titular especializada contra la criminalidad organizada (supraprovincial – corporativa), con competencia nacional, en la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada.
Artículo Décimo Primero.- Designar a la abogada Rosa Elvira Rosales Zaragoza, fiscal adjunta provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 1º Despacho Provincial Penal de la Octava Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María.
Artículo Décimo Segundo.- Designar al abogado Raúl Antonio Carbajal Sedano, fiscal adjunto provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 2º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro - Lince.
Artículo Décimo Tercero.- Encargar, en adición a sus funciones, la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos a la abogada Elssie Salette Garavito Chang, fiscal adjunta superior titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en la referida fiscalía, a partir de la fecha de notificación de la presente resolución hasta otra disposición.
Artículo Décimo Cuarto.- Hacer de conocimiento a los abogados Rafael Ernesto Vela Barba, Raffael Leonardo Flores Mego, Marlleny Paola Morales Yataco, Angélica María Ccallo Carazas, Rosa Elvira Rosales Zaragoza y Raúl Antonio Carbajal Sedano que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Décimo Quinto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado Activos, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a los fiscales mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
2538185-1