Autorizan viaje de personal militar de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en misión de estudios
Resolución Ministerial
N° 00892-2026-DE
Lima, 24 de julio del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 6018/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 01842-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01426-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, a través del Oficio N° 0287/MILGRP/NAVSEC, el Sub-Jefe del Grupo Militar de los Estados Unidos de América (GRUMIL) informó al Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa del Ministerio de Defensa que se han programado los cursos “Entrenamiento de Familiarización de Pilotos” y “Entrenamiento de Familiarización de Mantenedores” para la aeronave KA360ER (Beechcraft 360), a realizarse durante el año 2025; precisando que los dos (2) cursos de “Entrenamiento Inicial de Aviónica” aún no han sido programados;
Que, por medio del Acta N° 01, la Junta de Selección para los cursos programados para la aeronave Beechcraft King Air 360 de la Marina de Guerra del Perú recomienda la designación del Técnico 1° Eco. Rigoberto GONZALES GABRIEL, identificado con CIP. 02902503 y DNI. 43275996, y del Técnico 1° Eco. Alberto Eugenio GARCIA MONTERREY, identificado con CIP. 02991500 y DNI. 43340296, como personal titular; y, del Técnico 2° Ele. Martin Alcides ROJAS NAPA, identificado con CIP. 01064125 y DNI. 43366371, como personal suplente, para participar en el curso de Familiarización para aviónicos de la aeronave Beechcraft King Air 360, de forma presencial;
Que, con Oficio N° 0186/MILGP/NAVSEC-ENT, la Jefatura del Grupo Militar de los Estados Unidos de América informa al Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa sobra las fechas actualizadas para el “Entrenamiento de Técnicos en Aviónica (Avionics Technician Training) para el sistema King Air Beechcraft 360ER” bajo los Casos BPC PB-B-WNS y PB-B-OAG, considerando como nuevas fechas del 3 al 7 de agosto de 2026; asimismo, se precisa que “la referida capacitación es financiada por el Caso BPC “PB-B-WNS” (Línea 002) de AMCOM SAMD. Los gastos de viaje y estadía (TLA) están cubiertos por el CASO BPC “PB-B-OAG”;
Que, mediante Memorándum N° 191, la Jefatura del Departamento de Planeamiento Educativo de la Dirección General de Educación de la Marina informa que, de acuerdo a las coordinaciones efectuadas con el Grupo Militar, se recibió el correo electrónico a través del cual se señala que los gastos por los conceptos de capacitación técnica, pasajes aéreos internacionales (ida y vuelta), alojamiento y alimentación, serán financiados por los Casos BPC “PB-B-WNS” y “PB-B-OAG”, con excepción del transporte interno;
Que, mediante Informe Legal N° 052-2026-OAJ-DIREDUMAR, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú opina que resulta legalmente viable y conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en misión de estudios; por lo que, recomienda continuar con el trámite de aprobación correspondiente;
Que, de acuerdo a lo señalado en el Oficio N° 0186/MILGP/NAVSEC-ENT de la Jefatura del Grupo Militar de los Estados Unidos de América y el Memorándum N° 191 de la Jefatura del Departamento de Planeamiento Educativo de la Dirección General de Educación de la Marina, los gastos por los conceptos de capacitación técnica, pasajes aéreos internacionales (ida y vuelta), alojamiento y alimentación, serán financiados por los Casos BPC “PB-B-WNS” y “PB-B-OAG”, con excepción del transporte interno; por lo que, debe otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfica, conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y su modificatoria;
Que, a través del Oficio N° 6018/52, complementado con el correo electróico del 21 de julio de 2026, la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior en misión de estudios, del Técnico 1° Eco. Rigoberto GONZALES GABRIEL, identificado con CIP. 02902503 y DNI. 43275996, y del Técnico 1° Eco. Alberto Eugenio GARCIA MONTERREY, identificado con CIP. 02991500 y DNI. 43340296, como personal titular; así como, del Técnico 2° Ele. Martin Alcides ROJAS NAPA, identificado con CIP. 01064125 y DNI. 43366371, como personal suplente, para participar en el “Entrenamiento de Técnicos en Aviónica (Avionics Technician Training) para el sistema King Air Beechcraft 360ER”, a realizarse en la ciudad de Wichita, estado de Kansas, Estados Unidos de América, del 3 al 7 de agosto de 2026; así como, autorizar su salida del país el 2 de agosto y su retorno el 8 de agosto de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, a través del citado documento, la institución armada remite la Hoja de Gastos N° 164-2026, la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 179-2026; así como, la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000003, que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, de acuerdo con lo señalado en la Exposición de Motivos de la Dirección de Educación de Marina, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en misión de estudios; por cuanto, permitirá al personal naval participante familiarizarse con las capacidades del sistema King Air Beechcraft 360ER, lo cual fomentará el acceso a nuevos conocimientos y experiencias que contribuyan a elevar su nivel técnico profesional a fin que posteriormente sean vertidos en provecho de la institución armada, debiéndose garantizar una eficiente transmisión, diseminación y explotación de los mismos;
Que, mediante Oficio N° 01842-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 426-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del viaje al exterior, referida en los considerandos precedentes;
Que, con Informe Legal N° 01426-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Técnico 1° Eco. Rigoberto GONZALES GABRIEL y del Técnico 1° Eco. Alberto Eugenio GARCIA MONTERREY, como personal titular; así como, del Técnico 2° Ele. Martin Alcides ROJAS NAPA, como personal suplente, para participar en el “Entrenamiento de Técnicos en Aviónica (Avionics Technician Training) para el sistema King Air Beechcraft 360ER”, a realizarse en la ciudad de Wichita, estado de Kansas, Estados Unidos de América, del 3 al 7 de agosto de 2026; así como, autorizar su salida del país el 2 de agosto y su retorno el 8 de agosto de 2026.
Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular.
Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa el pago que corresponda con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo al siguiente concepto:
Viáticos:
US$ 440.00 x 2 personas x 5 días x 20% US$ 880.00
Total a pagar: US$ 880.00
Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El personal naval más antiguo autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- El personal naval autorizado revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el periodo que dure la misión de estudios en el extranjero.
Artículo 7.- El personal naval designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 8.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduanas de cualquier clase o denominación a favor del personal militar cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO
Ministro de Defensa
2538167-1